D) Anuncios - CONSEJERÍA DE MEDIO AMBIENTE, VIVIENDA Y AGRICULTURA (BOCM-20221214-36)
Convenio –  Convenio de 17 de noviembre de 2022, entre la Comunidad de Madrid, a través de la Consejería de Medio Ambiente, Vivienda y Agricultura, Ecoembalajes España, S. A., y la Federación de Municipios de Madrid, por el que se establece la regulación de los compromisos relativos al Sistema Integrado de Gestión de Residuos (SIG)
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BOCM

MIÉRCOLES 14 DE DICIEMBRE DE 2022

B.O.C.M. Núm. 297

Asimismo, la Entidad Local se compromete a poner todos los medios necesarios para
la aplicación de los procedimientos operativos de seguimiento descritos en el Anexo
IV, así como a facilitar a Ecoembes, o a la empresa contratada por ésta, el desarrollo
de las operaciones necesarias para ello.
Decimocuarta: Protección de datos.
Las partes se comprometen a cumplir con la legislación vigente en materia de
protección de datos y cada una de las partes asumirá la responsabilidad en que, por
este concepto, pueda incurrir.
En particular, si la colaboración objeto del presente convenio implicase el tratamiento
de datos personales, las partes declaran expresamente que conocen y quedan
obligadas a cumplir en su integridad el Reglamento (UE) 2016/679, del Parlamento
Europeo y del Consejo, de 27 de abril de 2016, relativo a la protección de las personas
físicas en lo que respecta al tratamiento de datos personales y a la libre circulación de
estos datos, la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos
Personales y garantía de los derechos digitales, y cualquier otra normativa que pueda
sustituir, modificar o complementar a la mencionada en materia de protección de
datos de carácter personal durante la vigencia del presente convenio.
Especialmente, las partes se comprometen al cumplimiento de las obligaciones
relacionadas con el deber de información a los titulares de los datos personales, con
el deber de confidencialidad, con las medidas de seguridad, y con la notificación de
brechas de seguridad que pudieran producirse, así como al cumplimiento de las que
se contengan en el correspondiente acuerdo de encargo de tratamiento a firmar
entre el responsable del tratamiento y el encargado del mismo, si lo hubiera.
Estas obligaciones deberán ser conocidas por todos aquellos que pudieran participar
en las actuaciones derivadas del presente convenio, comprometiéndose las partes a
informar a los mismos.
Decimoquinta: Vigencia.
El presente convenio de adhesión tendrá vigencia desde la fecha de su firma , hasta
la fecha en la que expire el convenio de colaboración entre la Comunidad de Madrid,
la FMM y ECOEMBES identificado en el Expositivo primero y adjunto como Anexo I.
En el caso de prórroga del convenio de colaboración antes citado se entenderá
prorrogado el presente Convenio, salvo que en el plazo de un mes la Entidad
manifieste lo contrario por escrito a ECOEMBES.

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