D) Anuncios - CONSEJERÍA DE MEDIO AMBIENTE, VIVIENDA Y AGRICULTURA (BOCM-20221214-36)
Convenio –  Convenio de 17 de noviembre de 2022, entre la Comunidad de Madrid, a través de la Consejería de Medio Ambiente, Vivienda y Agricultura, Ecoembalajes España, S. A., y la Federación de Municipios de Madrid, por el que se establece la regulación de los compromisos relativos al Sistema Integrado de Gestión de Residuos (SIG)
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BOCM

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID

B.O.C.M. Núm. 297

MIÉRCOLES 14 DE DICIEMBRE DE 2022

Pág. 637

A la vista de este problema se realiza el siguiente planteamiento: Establecer un
número mínimo de lavados al año, basado en la experiencia considerado como
“adecuado”.
Municipios

Municipios

Municipios

Urbanos

Semiurbanos

rurales

Iglú

7

6,5

4

Soterrado

7

6,5

4

C. Lateral

8

7

4

C. Trasera

8

6,5

4

Sistema
C. Superior

Éste número se consideraría como un ratio promedio de aplicación a todo el parque
de contenedores, pudiendo ser necesario diferenciar los periodos de lavado para
incrementar el número de lavados en verano frente a invierno, o más en aquellos
contenedores que por su ubicación se vacíen con mayor frecuencia y por tanto
tengan un mayor uso y sean susceptibles por ello de estar más sucios.
Si una vez realizados los lavados totales aplicables a todo el parque, se considerara
necesario realizar lavados adicionales, se articularía un procedimiento por el que a
solicitud de los municipios posibilite realizar un pago adicional de manera individual
siempre que se justifique la necesidad del lavado y la ejecución de todos los lavados
definidos como básicos.
Otros aspectos relacionados con la Infraestructura:
Movimientos no productivos: Se reconoce la existencia de costes asociados a la
necesidad de retirada transitoria o reubicación de algunos contenedores, como
consecuencia de obras, fiestas, seguridad etc.
El Vaciado de los contenedores: La Recogida.
El residuo de envase ligero por su densidad (es un residuo en torno a los 25 – 30 kg/m3)
precisa de medios de compactación para optimizar su recogida y transporte.

BOCM-20221214-36

El volumen de la caja, por el bajo coste marginal de cada metro cúbico adicional de
carga (la diferencia de coste entre una caja de 18 y una de 20 m3 es debida sólo a
chapa, siendo el mismo elevador y sistema de compactación), la mayor que permita
el chasis elegido en función de las características urbanísticas y de tráfico del
municipio. No es previsible para este residuo un problema de sobretarado.