D) Anuncios - CONSEJERÍA DE MEDIO AMBIENTE, VIVIENDA Y AGRICULTURA (BOCM-20221214-36)
Convenio – Convenio de 17 de noviembre de 2022, entre la Comunidad de Madrid, a través de la Consejería de Medio Ambiente, Vivienda y Agricultura, Ecoembalajes España, S. A., y la Federación de Municipios de Madrid, por el que se establece la regulación de los compromisos relativos al Sistema Integrado de Gestión de Residuos (SIG)
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOCM
MIÉRCOLES 14 DE DICIEMBRE DE 2022
B.O.C.M. Núm. 297
recuperador/reciclador propuesto una serie de información básica justificativa. Si en
el plazo de un mes desde la solicitud, el recuperador/reciclador no ha enviado la
información a Ecoembes, ésta lo pondrá en conocimiento de la Entidad para que
proceda a designar a otro recuperador/reciclador.
Ecoembes incorporará en el Sistema Web de Gestión la información sobre los
recuperadores/recicladores designados, a efectos de la facturación.
La Entidad gestora asumirá las posibles incidencias que puedan surgir en su relación
con los recuperadores/recicladores designados.
1.2 Designación del recuperador/reciclador por parte de Ecoembes
Si la Entidad gestora ha elegido esta opción, Ecoembes comunicará a la misma los
datos del recuperador/reciclador designado en un plazo máximo de 20 días hábiles
desde la recepción de la solicitud de la designación, y llevará a cabo en el mismo plazo
la incorporación de información en el Sistema Web de Gestión a efectos de la
facturación.
La designación se llevará a cabo mediante un procedimiento abierto de valoración de
ofertas de recuperadores/recicladores. Se referirá a los residuos de envases de papelcartón entregados en las instalaciones del recuperador/reciclador, que tengan como
referencia la ETMR del Anexo IV, y será válida durante el periodo de vigencia del
Convenio.
Desde el momento de la designación, todas las relaciones con el
recuperador/reciclador designado se establecerán entre éste y la Entidad gestora.
Cualquier incidencia en la recepción del material por parte del recuperador/reciclador
designado será puesta en conocimiento de Ecoembes.
En el caso de que el papel-cartón se entregue a un recuperador/reciclador diferente
del designado en aplicación de cualquiera de las dos opciones anteriores, la Entidad
asumirá las posibles reclamaciones del recuperador/reciclador. Asimismo Ecoembes
podrá retener las facturas presentadas hasta que se formalice la nueva designación.
2. Materiales recuperados procedentes de la recogida multimaterial de envases
ligeros
En un plazo máximo de 30 días desde la puesta en marcha de la planta de selección,
la Entidad gestora comunicará a Ecoembes si opta por designar ella misma a los
recicladores/valorizadores de los materiales seleccionados, o si se delega en
Ecoembes y solicita que esta última designe a los recicladores/valorizadores.
BOCM-20221214-36
Pág. 618
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MIÉRCOLES 14 DE DICIEMBRE DE 2022
B.O.C.M. Núm. 297
recuperador/reciclador propuesto una serie de información básica justificativa. Si en
el plazo de un mes desde la solicitud, el recuperador/reciclador no ha enviado la
información a Ecoembes, ésta lo pondrá en conocimiento de la Entidad para que
proceda a designar a otro recuperador/reciclador.
Ecoembes incorporará en el Sistema Web de Gestión la información sobre los
recuperadores/recicladores designados, a efectos de la facturación.
La Entidad gestora asumirá las posibles incidencias que puedan surgir en su relación
con los recuperadores/recicladores designados.
1.2 Designación del recuperador/reciclador por parte de Ecoembes
Si la Entidad gestora ha elegido esta opción, Ecoembes comunicará a la misma los
datos del recuperador/reciclador designado en un plazo máximo de 20 días hábiles
desde la recepción de la solicitud de la designación, y llevará a cabo en el mismo plazo
la incorporación de información en el Sistema Web de Gestión a efectos de la
facturación.
La designación se llevará a cabo mediante un procedimiento abierto de valoración de
ofertas de recuperadores/recicladores. Se referirá a los residuos de envases de papelcartón entregados en las instalaciones del recuperador/reciclador, que tengan como
referencia la ETMR del Anexo IV, y será válida durante el periodo de vigencia del
Convenio.
Desde el momento de la designación, todas las relaciones con el
recuperador/reciclador designado se establecerán entre éste y la Entidad gestora.
Cualquier incidencia en la recepción del material por parte del recuperador/reciclador
designado será puesta en conocimiento de Ecoembes.
En el caso de que el papel-cartón se entregue a un recuperador/reciclador diferente
del designado en aplicación de cualquiera de las dos opciones anteriores, la Entidad
asumirá las posibles reclamaciones del recuperador/reciclador. Asimismo Ecoembes
podrá retener las facturas presentadas hasta que se formalice la nueva designación.
2. Materiales recuperados procedentes de la recogida multimaterial de envases
ligeros
En un plazo máximo de 30 días desde la puesta en marcha de la planta de selección,
la Entidad gestora comunicará a Ecoembes si opta por designar ella misma a los
recicladores/valorizadores de los materiales seleccionados, o si se delega en
Ecoembes y solicita que esta última designe a los recicladores/valorizadores.
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