A) Disposiciones Generales - Consejería de Presidencia, Justicia e Interior (BOCM-20221212-2)
Regulación servicios electrónicos y portal internet –  Decreto 127/2022, de 7 de diciembre, del Consejo de Gobierno, por el que se regulan aspectos relativos a los servicios electrónicos y a la comisión de redacción, coordinación y seguimiento del portal de internet de la Comunidad de Madrid
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BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
LUNES 12 DE DICIEMBRE DE 2022

B.O.C.M. Núm. 295

d) Velar por la rápida puesta en conocimiento del titular de la Presidencia de todos los
asuntos, informes, propuestas y documentos que tengan entrada en la Secretaría.
e) Comunicar a los centros directivos, organismos y entes vinculados a las consejerías de la Comunidad de Madrid, los acuerdos adoptados en la Comisión, que afecten a sus respectivos ámbitos de actuación.
f) Cuantas otras funciones sean inherentes a su condición de titular de la Secretaría.
Artículo 18
Funcionamiento de la Comisión
1. La Comisión se reunirá, preferentemente, con una periodicidad semestral, pudiéndose convocar sesiones extraordinarias con una antelación mínima de cuarenta y ocho horas.
2. Para la válida constitución del órgano, a efectos de la celebración de sesiones, deliberaciones y toma de acuerdos, se requerirá la asistencia, presencial o a distancia, de los
titulares de la Presidencia o, en su defecto, de la Vicepresidencia y de la Secretaría o, en
ambos supuestos, la de quienes les suplan, y la de la mitad, al menos, de sus miembros.
3. Se levantará acta de los acuerdos alcanzados y se hará difusión de la misma entre
todos sus miembros.
Capítulo V
Procedimiento para la publicación, modificación y eliminación de contenidos
Artículo 19

1. Las consejerías de la Comunidad de Madrid, en el ámbito correspondiente de sus
respectivas competencias, y a través de sus secretarías generales técnicas, nombrarán a un
representante que actuará como interlocutor con la Secretaría de la Comisión para hacer llegar las solicitudes y propuestas que estimen necesarias para el correcto funcionamiento de
la actividad de su consejería en el entorno “comunidad.madrid”.
2. Estos representantes se denominarán Comisionados Web y serán nombrados por
los Secretarios Generales Técnicos de las consejerías entre su personal adscrito. Podrán formar parte de los Grupos de Trabajo generales o específicos que, en su caso y si resulta indispensable, puedan establecerse por la Comisión.
3. Los Comisionados Web de cada consejería coordinarán las correspondientes Oficinas Web que se constituirán en cada una de ellas, y estarán formadas por representantes
de los diferentes órganos directivos y organismos autónomos dependientes o adscritos, incluido el Gabinete de Prensa. Estas Oficinas Web tienen como misión servir de conexión
entre los redactores de los órganos directivos y el Comisionado Web, y será el ámbito en el
que se trasladen las decisiones y directrices marcadas por la Comisión, y se eleven las propuestas de mejora que hayan advertido convenientes en el desarrollo de su trabajo relacionado con la gestión de contenidos en el portal.
4. Los Comisionados Web podrán remitir, a través de la Secretaría de la Comisión,
las propuestas que consideren necesarias en materia de gestión de contenidos, diseño, funcionamiento e incorporación de nuevos servicios o herramientas relacionadas con el Portal
de Internet de la Comunidad de Madrid que les afecten en el ámbito de sus Oficinas Web.
5. La Secretaría de la Comisión coordinará el análisis y valoración del contenido de dichas propuestas, con la Agencia para la Administración Digital de la Comunidad de Madrid
y el órgano competente en materia de Medios de Comunicación, con objeto de asegurar la
adaptación de las propuestas a los criterios tecnológicos y de identidad corporativa que correspondan a cada caso teniendo en cuenta las directrices marcadas por la Comisión.
6. Los Comisionados Web deberán elaborar las propuestas que estimen convenientes para la mejora de las necesidades que surjan en la gestión de los contenidos, el desarrollo de nuevas web y aplicaciones, velando por que estas, desde su origen, se configuren y
articulen conforme a la normativa vigente en materia de accesibilidad y protección de datos y se adecúen a unos parámetros de identidad gráfica acordes con el Manual de Identidad Corporativa de esta Administración autonómica.
7. Los Comisionados Web podrán proponer a la Agencia para la Administración Digital de la Comunidad de Madrid, mejoras y/o nuevas funcionalidades que, sin apartarse de los
criterios, directrices y parámetros comunes establecidos por la Comisión, hayan detectado en

BOCM-20221212-2

Procedimiento para la gestión de contenidos en el entorno del portal
de internet de la Comunidad de Madrid “comunidad.madrid”