A) Disposiciones Generales - Consejería de Presidencia, Justicia e Interior (BOCM-20221212-2)
Regulación servicios electrónicos y portal internet –  Decreto 127/2022, de 7 de diciembre, del Consejo de Gobierno, por el que se regulan aspectos relativos a los servicios electrónicos y a la comisión de redacción, coordinación y seguimiento del portal de internet de la Comunidad de Madrid
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BOCM

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID

B.O.C.M. Núm. 295

LUNES 12 DE DICIEMBRE DE 2022

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la estructura de la información, contenidos e imagen gráfica del Portal de Internet de la Comunidad de Madrid, susceptibles de incrementar su nivel de calidad, eficacia y accesibilidad.
8. El órgano competente en materia de Administración electrónica impulsará las actuaciones relacionadas con la mejora, tanto de la gestión interna como de los contenidos
ofrecidos en el portal institucional, y velará porque se mantengan las actuaciones de acuerdo con las directrices establecidas por la Comisión.
9. El órgano competente en materia de Administración electrónica podrá constituir
grupos de trabajo para tratar cuestiones de interés general en las materias previstas en el presente artículo.
DISPOSICIÓN ADICIONAL ÚNICA
Sedes y portales excluidos
1. La sede electrónica del BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID queda
excluida del ámbito de aplicación de este decreto, rigiéndose por lo establecido en su norma específica de creación.
2. El Portal de Contratación Pública de la Comunidad de Madrid se someterá a la regulación específica que se contiene en el Decreto 69/2017, de 18 de julio, del Consejo de
Gobierno, de impulso y generalización del uso de medios electrónicos, informáticos y telemáticos en la contratación pública de la Comunidad de Madrid.
DISPOSICIÓN DEROGATORIA ÚNICA
Derogación normativa
1. Quedan derogadas todas las normas de igual o inferior rango en lo que contradigan o se opongan a lo dispuesto en el presente decreto.
2. Quedan derogadas expresamente las siguientes disposiciones:
a) Decreto 94/2006, de 8 de noviembre, del Consejo de Gobierno, de utilización de la
firma electrónica en las relaciones con la Administración de la Comunidad de
Madrid por medios electrónicos, informáticos y telemáticos.
b) Decreto 175/2002, de 14 de noviembre, por el que se regula la utilización de las
técnicas electrónicas, informáticas y telemáticas por la Administración de la Comunidad de Madrid.
c) Decreto 107/1994, de 27 de octubre, del Consejo de Gobierno, por el que se regula
la adquisición e instalación de programas de ordenador en las estaciones de trabajo de la Comunidad de Madrid.
d) Orden 66/2020, de 26 de febrero, de la Vicepresidencia, Consejería de Deportes,
Transparencia y Portavocía del Gobierno, que regula en la actualidad la organización y funcionamiento de la Comisión Redacción, Coordinación y Seguimiento
del Portal de Internet “comunidad.madrid”.
DISPOSICIÓN FINAL PRIMERA

Se modifica el criterio 14.h) de Decreto 85/2002, de 23 de mayo, por el que se regulan
los sistemas de evaluación de la calidad de los servicios públicos y se aprueban los Criterios de Calidad de la Actuación Administrativa en la Comunidad de Madrid, que queda redactado de la siguiente manera:
“Los sistemas normalizados de solicitud se publicarán en la sede electrónica de la Comunidad de Madrid, previo informe del órgano competente en materia de Administración
electrónica”.

BOCM-20221212-2

Modificación del Decreto 85/2002, de 23 de mayo, por el que se regulan
los sistemas de evaluación de la calidad de los servicios públicos y se aprueban
los Criterios de Calidad de la Actuación Administrativa en la Comunidad de Madrid