A) Disposiciones Generales - Consejería de Presidencia, Justicia e Interior (BOCM-20221212-1)
Regulación edición electrónica y sede BOCM –  Decreto 126/2022, de 7 de diciembre, del Consejo de Gobierno, por el que se regula la edición electrónica y la sede electrónica del BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
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BOCM
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BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
LUNES 12 DE DICIEMBRE DE 2022

B.O.C.M. Núm. 295

También se adecua al principio de eficiencia porque no impone cargas administrativas
innecesarias o accesorias y racionaliza en su aplicación la gestión de los recursos públicos
facilitando servicios digitales eficientes y accesibles al conjunto de los ciudadanos.
Asimismo, responde al principio de seguridad jurídica, pues se incardina en el ordenamiento jurídico nacional y de la Unión Europea, formando parte del mismo, y al principio
de transparencia, al haberse realizado el trámite de audiencia e información públicas.
En la tramitación del decreto se ha seguido el procedimiento previsto en el Decreto 52/2021,
de 24 de marzo, del Consejo de Gobierno, por el que se regula y simplifica el procedimiento de
elaboración de las disposiciones normativas de carácter general en la Comunidad de Madrid y en
el Acuerdo de 5 de marzo de 2019, del Consejo de Gobierno, por el que se aprueban las instrucciones generales para la aplicación del procedimiento para el ejercicio de la iniciativa legislativa
y de la potestad reglamentaria del Consejo de Gobierno.
Para la elaboración de este decreto se han solicitado los informes preceptivos de coordinación y calidad normativa, los de la Consejería de Familia, Juventud y Política Social
sobre los impactos de carácter social, de las secretarias generales técnicas de las consejerías, de la Secretaría General Técnica de la Consejería de Presidencia, Justicia e Interior, el
informe de la Abogacía General, el dictamen de la Comisión Jurídica Asesora, así como los
informes de carácter facultativo, de la Agencia para la Administración Digital de la Comunidad de Madrid, de la Dirección General de Transparencia y Atención al Ciudadano, del
Consejo Regional de mayores y del Consejo Asesor de Personas con Discapacidad.
El Estatuto de Autonomía, aprobado por Ley Orgánica 3/1983, de 25 de febrero, otorga a la Comunidad de Madrid, en su artículo 26, apartado 1.1, la competencia exclusiva en
materia de “organización, régimen y funcionamiento de sus instituciones de autogobierno”.
Por otra parte, el artículo 27, apartado 2, dispone que en el marco de la legislación básica
del Estado y, en su caso, en los términos que la misma establezca, corresponde a la Comunidad de Madrid el desarrollo legislativo, la potestad reglamentaria y la ejecución en materia de "régimen jurídico y sistema de responsabilidad de la Administración pública de la
Comunidad de Madrid y los entes públicos dependientes de ella, así como el régimen estatutario de sus funcionarios (...)".
De acuerdo con lo que precede, el presente decreto se dicta en ejercicio de la potestad
reglamentaria conferida por el artículo 21.g) de la Ley 1/1983, de 13 de diciembre, de Gobierno y Administración de la Comunidad de Madrid.
En su virtud, a propuesta del Consejero de Presidencia, Justicia e Interior, de acuerdo
con la Comisión Jurídica Asesora de la Comunidad de Madrid y previa deliberación del
Consejo de Gobierno en su reunión del día 7 de diciembre de 2022,
DISPONE
Capítulo I
Disposiciones generales
Artículo 1
Objeto
El presente decreto tiene por objeto la regulación de la edición electrónica y de la sede
electrónica del BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
Artículo 2
El BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID se publicará en edición electrónica con arreglo a las condiciones que se establecen en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del
Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, en la Ley 40/2015,
de 1 octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, en el presente decreto, y demás normativa aplicable.
Artículo 3
Características de la edición electrónica
1. En la cabecera del ejemplar diario, de cada disposición, acto o anuncio, y en cada
una de sus páginas figurará:
a) El símbolo de la Comunidad de Madrid.

BOCM-20221212-1

Edición electrónica