San Fernando de Henares (BOCM-20221212-104)
Ofertas de empleo. Bases procesos selectivos
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B.O.C.M. Núm. 295

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
LUNES 12 DE DICIEMBRE DE 2022

3. Los requisitos de las personas aspirantes serán los establecidos legalmente y serán
recogidos en las convocatorias de las plazas, requiriéndose la titulación específica del puesto de trabajo a ocupar. Se podrá establecer cualquier otro requisito que se determine previamente en la convocatoria.
4. En cuanto al requisito de titulación, cuando fuera necesario, se deberá presentar
acreditación oficial por organismo competente de Homologación, Equivalencia o Certificado de Profesionalidad, que sustituya a la titulación exigida en la convocatoria, de acuerdo con la legislación vigente.
Con la solicitud se presentará un “Formulario de Autobaremación” donde se alegarán
los méritos, así como las fotocopias de la documentación justificativa de los méritos alegados para hacer valer en el concurso.
5. Para justificar la experiencia profesional en la plaza convocada se presentará certificado de vida laboral, junto con los contratos o nombramientos o certificado de servicios
prestados.
6. Proceso selectivo: concurso-oposición:
6.1. Fase de concurso: en la fase de concurso, que no tendrá carácter eliminatorio, se
valorarán como méritos los siguientes: la experiencia profesional en modo de
tiempo de servicios prestados pudiendo obtenerse una puntuación máxima de 40
puntos, la formación recibida pudiendo obtenerse un máximo de 10 puntos, tal
y como se desglosa a continuación:
6.1.1. Por cada mes de servicios prestados en la Administración convocante,
como laboral temporal/indefinido no fijo/funcionario interino, en la plaza objeto de la convocatoria, independientemente de la jornada, 0,85
puntos, hasta un máximo de 30 puntos. Sin perjuicio de lo establecido
en el punto 7.
6.1.2. Por cada mes completos de servicios prestados en cualquier Administración Pública o como empleado/a público/a del resto del sector público,
en una plaza igual a la de objeto de la convocatoria, 0,30 puntos, hasta
un máximo de 10 puntos. Sin perjuicio de lo establecido en el punto 7.
6.1.3. Por cada mes completo de servicios prestados en otras plazas distintas a la
plaza objeto de la convocatoria en la Administración convocante 0,50 puntos, hasta un máximo de 10 puntos. Sin perjuicio de lo establecido en el
punto 7.
6.1.4. Por cada mes completo de experiencia profesional en la empresa privada en la plaza objeto de la convocatoria, 0,10 puntos, hasta un máximo
de 10 puntos. Sin perjuicio de lo establecido en el punto 7.
Por la suma de estos cuatro apartados relativos a la experiencia profesional se
podrá obtener un máximo de 30 puntos.
6.1.5. Por cursos de formación, jornadas y/o congresos, relacionados con el
puesto de trabajo a cubrir, bien recibidos en el marco de los Planes de
Formación Continua de las Administraciones Publicas, o bien recibidos
e impartidos por Universidades, Colegios Profesionales, Sindicatos o
cualquier organismo público o privado y que se acrediten todos ellos
mediante título, certificado o diploma:
— Grupo A1: 0,05 puntos por hora de formación, hasta un máximo
de 10 puntos (200 h).
— Grupo A2/B: 0,07 puntos por hora de formación, hasta un máximo
de 10 puntos (150 h).
— Grupo C1: 0,10 puntos por hora de formación, hasta un máximo
de 10 puntos (100 h).
— Grupo C2: 0,12 puntos por hora de formación, hasta un máximo
de 10 puntos (85 h).
— Grupo AP: 0,20 puntos por hora de formación, hasta un máximo
de 10 puntos (50 h).
Se computarán como horas de formación los cursos relativos a prevención de riesgos laborales, igualdad de género, violencia de género,

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