C) Otras Disposiciones - CONSEJERÍA DE MEDIO AMBIENTE, VIVIENDA Y AGRICULTURA - O. A. Agencia de la Vivienda Social (BOCM-20221209-7)
Precio venta inmuebles a arrendatarios –  Resolución 2645/2022, de 20 de octubre, por la que se determinan las condiciones y precios de venta a ofertar a los arrendatarios de inmuebles titularidad de la Agencia de Vivienda Social de la Comunidad de Madrid
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BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
VIERNES 9 DE DICIEMBRE DE 2022

B.O.C.M. Núm. 293

— Las viviendas que hayan sido objeto de regularización al amparo de lo previsto en
el artículo 14 de la Ley 9/2015, de 28 de diciembre, de Medidas Fiscales y Administrativas, durante el período de carencia de cinco años recogido en el apartado
6.5 del artículo 14 de la Ley 9/2015.
— Las viviendas que hayan sido objeto de regularización en virtud del artículo 17 de
la Ley 18/2000, de 27 de diciembre de Medidas Fiscales y Administrativas.
2. Únicamente se podrá transmitir la vivienda a los titulares del contrato de arrendamiento o aquellos que se hayan subrogado en la titularidad del contrato, y cuando concurran los siguientes requisitos:
— Residir en la vivienda como domicilio habitual y permanente y haber transcurrido
al menos 2 años desde la formalización del contrato de arrendamiento o desde la
obtención de la subrogación en la titularidad del mismo.
— Encontrarse al corriente de pago de los recibos de arrendamiento, gastos de comunidad, y cualquier otro gasto relativo a la vivienda, repercutible o no en los recibos mensuales.
— Que no exista constancia por cualquier medio de prueba admisible en derecho, de
conflictividad vecinal.
— No ser titular, ninguno de los miembros de la unidad familiar del solicitante, del
pleno dominio o de un derecho real de uso o disfrute sobre otra vivienda en todo el
territorio nacional. A estos efectos, no se considerará que se es titular del pleno dominio o de un derecho real de uso o disfrute cuando recaiga únicamente sobre una
parte alícuota de la vivienda no superior al 50 por 100 y se haya adquirido la misma a título de herencia. Tampoco será de aplicación este requisito en los casos de
sentencia judicial de separación o divorcio cuando, como consecuencia de esta, no
se le haya adjudicado el uso de la vivienda que constituía la residencia familiar.
3. El precio se establecerá en función de los siguientes módulos y parámetros, y en
virtud de los criterios siguientes:
A) El módulo para el cálculo del precio de venta a ofertar a los arrendatarios de las viviendas será, de acuerdo con la zonificación establecida en la Orden 116/2008, de 1 de abril
(BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de 4 de abril de 2008), de la Consejería
de Vivienda, por la que se adecuan y adaptan los precios máximos de venta y arrendamiento de las viviendas con protección pública a lo dispuesto en el Real Decreto 801/2005, de 1
de julio, y su modificación por Real Decreto 14/2008, de 11 de enero, o normativa que la
sustituya:
PROMOCIÓN PÚBLICA CALIFICADAS ANTES Y DESPUES DE 1978
Precio máximo de venta por metro
cuadrado de superficie útil

VIVIENDA
GARAJE Y TRASTERO

ZONA A

ZONA B

ZONA C

ZONA D

1.455,36 €

1.182,48 €

1.046,04 €

909,60 €

873,22 €

709,49 €

627,62 €

545,76 €

PROMOCIÓN PRIVADA VPO RÉGIMEN GENERAL, VPP Y VPPB
Precio máximo de venta por metro
cuadrado de superficie útil

ZONA A

ZONA B

ZONA C

ZONA D

VIVIENDA

1.940,48 €

1.576,64 €

1.394,72 €

1.212,80 €

GARAJE Y TRASTERO

1.164,29 €

945,98 €

836,83 €

727,68 €

PROMOCIÓN PRIVADA VPO RÉGIMEN ESPECIAL
Precio máximo de venta por metro
cuadrado de superficie útil

ZONA A

ZONA B

ZONA C

ZONA D

VIVIENDA

1.819,20 €

1.478,10 €

1.307,55 €

1.137,00 €

GARAJE Y TRASTERO

1.091,52 €

886,86 €

784,53 €

682,20 €

ZONA A

ZONA B

ZONA C

ZONA D

VIVIENDA

2.425,60 €

1.970,80 €

1.743,40 €

1.516,00 €

GARAJE Y TRASTERO

1.455,36 €

1.182,48 €

1.046,04 €

909,60 €

Zona A: Alcobendas, Las Rozas de Madrid, Madrid, Majadahonda, Pozuelo de Alarcón, San Sebastián de los Reyes.
Zona B: Ajalvir, Alcalá de Henares, Alcorcón, Algete, Aranjuez, Arganda del Rey,
Arroyomolinos, Boadilla del Monte, Brunete, Ciempozuelos, Cobeña, Collado Villalba,
Colmenarejo, Colmenar Viejo, Coslada, El Escorial, Fuenlabrada, Fuente el Saz del Jarama, Galapagar, Getafe, Humanes de Madrid, Leganés, Mejorada del Campo, Moraleja de

BOCM-20221209-7

PROMOCIÓN PRIVADA VPP DE PRECIO LIMITADO (VPPL)
Precio máximo de venta por metro
cuadrado de superficie útil