D) Anuncios - CONSEJERÍA DE SANIDAD (BOCM-20221209-30)
Convenio –  Convenio de 10 de noviembre de 2022, entre la Comunidad de Madrid, a través de la Consejería de Sanidad, y Cruz Roja Española, por el que se regirá la subvención nominativa para financiar el desarrollo de actuaciones específicas de prevención de la enfermedad y promoción de la salud y de prevención y control de la infección por el VIH, dirigidas a grupos de población desfavorecida. Año 2022
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 293

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
VIERNES 9 DE DICIEMBRE DE 2022

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pendientes. Cada unidad móvil deberá contar, al menos, con los medios personales y materiales siguientes:
— Personal: una persona diplomada o graduada en enfermería y una persona auxiliar
de clínica.
— Infraestructura: teléfono y equipamiento de despacho.
— Un vehículo de Cruz Roja Española, si fuera necesario.
5. Proporcionar los medios materiales necesarios para cumplir con los objetivos propuestos en este convenio y para el incentivo al tratamiento TDO o TS de la población objeto
del mismo, que serán considerados gastos subvencionables si así es establecido en la cláusula cuarta del presente convenio. Se entienden como incentivos al tratamiento TDO o TS las
tarjetas para el transporte público.
Los medios materiales necesarios quedan definidos en la cláusula segunda, punto 4,
del presente convenio.
6. No encontrarse incursa en alguna de las circunstancias a las que hace referencia el
artículo 13.2 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.
7. Mantener confidencialidad respecto a la información y material facilitados por la
Consejería de Sanidad de la Comunidad de Madrid de forma indefinida, tras la finalización
del Convenio de Referencia. Para ello deberá suscribir y observar el Acuerdo de Encargo
de tratamiento que figura como anexo I y a garantizar que su personal observa su cumplimiento y suscribe el documento de compromiso que figura como anexo II.
8. Someterse a las funciones de inspección sobre los aspectos sanitarios, administrativos y económicos respecto a las actividades desarrolladas de acuerdo con lo previsto en
el Artículo 140 de la Ley 12/2001, de 21 de diciembre, de Ordenación Sanitaria de la Comunidad de Madrid.
9. Garantizar que su personal cumple con el requisito previsto en el artículo 57.1 de
la Ley Orgánica 8/2021, de 4 de junio, de protección integral a la infancia y la adolescencia frente a la violencia.
10. Aportar una declaración responsable relativa a que todo el personal al que corresponde la realización de las actividades objeto del convenio cumple el requisito previsto en
el artículo 57.1 de la Ley Orgánica 8/2021, de 4 de junio, de protección integral a la infancia y la adolescencia frente a la violencia (Según el modelo del anexo III).
Asimismo, Cruz Roja Española queda obligada por el presente convenio a:
— Desarrollar las actividades objeto de este convenio.
— Presentar, en el momento de la justificación, una memoria de las actividades realizadas que coincida con el informe previsto en la cláusula sexta, c) del presente
convenio.
— Colaborar con la Subdirección General de Vigilancia en Salud Pública, perteneciente al órgano con competencia en la materia, facilitando a la misma los datos y
aclaraciones que, con referencia a las actividades que incluye el presente convenio, le sean requeridas.
— Hacer constar la colaboración de la Comunidad de Madrid, a través de la Dirección General de Salud Pública, en las actividades realizadas, informando en los
medios de difusión de sus actividades de la financiación de las mismas por la dicha administración.
Tercera
La Comunidad de Madrid, a través de la Consejería de Sanidad, se compromete a:
1. Prestar asesoramiento técnico en aquellas áreas de interés común objeto del presente convenio.
2. Poner a su disposición los materiales de prevención, formación e información elaborados por la Consejería de Sanidad en relación a la prevención de la infección por el VIH
que sean necesarios y útiles para la realización de las actuaciones de prevención (folletos,
vídeos, preservativos, etc.).
3. Facilitar una imagen unificada de carácter institucional a incluir en todo el material utilizado en la difusión y gestión de las actuaciones objeto de este convenio.
4. Permitir el acceso a la información de los recursos que la Comunidad de Madrid
tiene disponibles para la atención a colectivos desfavorecidos.

BOCM-20221209-30

Compromisos de la Comunidad de Madrid