Velilla de San Antonio (BOCM-20221207-99)
Ofertas de empleo. Bases generales procesos selectivos
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B.O.C.M. Núm. 291

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MIÉRCOLES 7 DE DICIEMBRE DE 2022

3.3. Plazo de presentación: el plazo de presentación de las solicitudes será de veinte
días hábiles a contar desde el día siguiente a la publicación del extracto de la convocatoria
en el “Boletín Oficial del Estado”. En dicho extracto figurará la oportuna referencia al número y fecha del BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID en el que se hubiesen
publicado íntegramente las presentes bases. Si el último día de presentación de instancias
fuera sábado o inhábil, el plazo se entenderá automáticamente prorrogado al día hábil inmediatamente posterior a la citada fecha.
3.4. Documentos a adjuntar: para ser admitido y, en su caso, tomar parte en las pruebas
selectivas correspondientes, las personas aspirantes manifestarán en sus solicitudes de participación que reúnen todas y cada una de las condiciones exigidas en los anexos I, II y III para
cada puesto, referidas siempre a la fecha de expiración del plazo de presentación de instancias,
debiendo ir acompañadas en su presentación, por los siguientes documentos:
a) Fotocopia del documento nacional de identidad o, en su caso, del pasaporte o de
cualquier otro documento acreditativo de la nacionalidad. El documento que se
presente habrá de encontrarse en vigor.
b) Justificante de haber abonado los Derechos de Examen. El cumplimiento de este
requisito deberá realizarse inexcusablemente a la presentación de instancia. El importe se determinará en función del Subgrupo al que correspondan las plazas a las
que se pretenda acceder, conforme al siguiente desglose:
— Subgrupo A1: 25 euros.
— Subgrupo A2: 21 euros.
— Subgrupo C1: 20 euros.
— Subgrupo C2: 18 euros.
— Agrupaciones profesionales diferentes a las anteriores para cuyo acceso no se
exija estar en posesión de ninguna de las titulaciones previstas en el sistema
educativo: 15 euros.
c) Fotocopia de la titulación exigida o justificante de haber abonado la tasa por los derechos para su expedición junto con el certificado acreditativo de haber finalizado
los estudios correspondientes. Si estos documentos fuesen expedidos con posterioridad a la fecha en que finalizó el plazo de admisión de solicitudes, deberá justificarse el momento en que concluyeron los estudios. En caso de titulaciones que hayan
sido obtenidas en el extranjero, deberá aportarse la credencial acreditativa de su correspondiente homologación.
d) Acreditación de los méritos a valorar en la fase de concurso, para los puestos a cubrir por procesos de selección de Concurso. Los puestos a cubrir por procesos de
selección de Concurso-Oposición deberán presentar los documentos acreditativos
de los méritos a valorar una vez superada la fase de oposición en el plazo estipulado en la cláusula 6.2.1.2 de las presentes bases.
e) Los aspirantes que hayan optado por el turno de discapacidad deberán aportar certificación expedida por los órganos competentes del Ministerio Inclusión, Seguridad
Social y Migraciones, o, en su caso, de la Comunidad Autónoma correspondiente,
en la que se acredite la calificación de la minusvalía, el grado de la misma, así como
la compatibilidad para el desempeño de las tareas y funciones correspondientes.
f) Aquellos otros que, en su caso, pudieran exigirse para cada puesto en los anexos I, II
y III de las presentes bases.
3.5. Los aspirantes que se presenten por el cupo de reserva para personas con discapacidad podrán solicitar las necesidades específicas de adaptación y ajuste de tiempo y medios que consideren oportunas para participar en las pruebas selectivas en condiciones de
igualdad. En este caso, deberán presentar junto a la solicitud de participación, escrito en el
que se especifique el tipo de adaptación que solicitan, así como certificado médico justificativo de la adaptación solicitada.
A tal efecto, el Tribunal podrá recabar informe y, en su caso, colaboración de los órganos competentes de los Servicios Sociales del Ayuntamiento de Velilla de San Antonio.
El Tribunal Calificador adoptará las medidas precisas en aquellos casos que resulte necesario, de forma que los aspirantes que hubieran solicitado adaptaciones de tiempo y/o medios
en la forma prevista en el apartado anterior, gocen de similares condiciones para la realización de los ejercicios que el resto de los participantes.
La adaptación de tiempos se llevará a cabo de conformidad con lo dispuesto en la Orden PRE/1822/2006, de 9 de junio, por la que se establecen criterios generales para la adap-

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