D) Anuncios - Consejería de Transportes e Infraestructuras - METRO DE MADRID, S. A. (BOCM-20221205-69)
Convenio –  Anuncio de 26 de octubre de 2022, del convenio de cooperación educativa entre la Universidad Complutense de Madrid y Metro de Madrid, S. A.
14 páginas totales
Página
BOCM
B.O.C.M. Núm. 289

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
LUNES 5 DE DICIEMBRE DE 2022

Pág. 239

la UCM gestionará la incorporación de un nuevo estudiante que iniciará su período de formación a la mayor brevedad posible.
4. Si alguna de las partes firmantes de este convenio o los estudiantes desearan utilizar los resultados parciales o finales de su actividad en la entidad colaboradora, en parte
o en su totalidad para su publicación como artículo, conferencia, tesis, memoria, etc. deberá solicitar la conformidad de la otra parte por escrito, quien deberá responder en un plazo
máximo de 45 días, comunicando su autorización, sus reservas o su disconformidad. Transcurrido dicho plazo sin obtener respuesta, se entenderá que el silencio es la tácita autorización para su difusión.
5. La titularidad de los derechos de propiedad intelectual o industrial que pudieran
derivarse de las actividades desarrollada por los alumnos, para su formación práctica, se determinará conforme a lo establecido en la normativa que resulte de aplicación.
E. Seguro de responsabilidad civil y de accidentes
Todos los estudiantes de la UCM que estén matriculados en alguna de sus enseñanzas,
oficiales o propias, deberán estar cubiertos a lo largo de todo el período de realización de las
prácticas o del TFG/TFM por un seguro de responsabilidad civil concertado por la UCM.
El Seguro Escolar cubre a los menores de 28 años, matriculados en enseñanzas oficiales de los respectivos centros de la UCM y al corriente de la cuota correspondiente. El ámbito temporal de cobertura es el año escolar. El marco de aplicación es el territorio nacional, de acuerdo con el principio de territorialidad recogido en la Ley General de la
Seguridad Social.
En el caso de los estudiantes mayores de 28 años o de aquellos matriculados en enseñanzas propias de la UCM, corresponderá a la Coordinación de Prácticas de la Titulación
asegurarse de que el estudiante esté cubierto por el correspondiente seguro de accidente y
cuantos puedan resultar obligatorios.
Si las prácticas tuvieran lugar fuera del territorio nacional, la UCM, a través del centro correspondiente, se asegurará de que el estudiante disponga de una póliza de seguros de
asistencia sanitaria y repatriación.
F. Ayudas al estudio
Metro de Madrid, S. A., podrá asignar una cantidad mensual en concepto de bolsa o
ayuda al estudio. En ningún caso dicha ayuda tendrá la consideración de remuneración o
nómina por la actividad desarrollada al no existir relación contractual laboral.

De conformidad con el Real Decreto 1493/2011 (“Boletín Oficial del Estado” de 27 de
octubre de 2011), los estudiantes universitarios que realicen prácticas remuneradas quedarán
comprendidos en el Régimen General de la Seguridad Social si bien la Ley 18/2014, de 15 de
octubre, de aprobación de medidas urgentes para el crecimiento, la competitividad y la eficiencia (“Boletín Oficial del Estado” de 17 de octubre de 2014) establece una bonificación
del cien por cien de las cuotas de la Seguridad Social para los estudiantes que realicen prácticas curriculares remuneradas (Disposición Adicional Vigesimosexta).
La participación de Metro de Madrid, S. A., en el programa de prácticas no supone la
adquisición de más compromisos que los estipulados en el presente convenio. Dado el carácter formativo de las prácticas académicas externas, de su realización no se derivarán, en
ningún caso, obligaciones propias de una relación laboral, ni su contenido podrá dar lugar
a la sustitución de la prestación laboral propia de puestos de trabajo.
Asimismo, y en el caso de que al término de los estudios el estudiante se incorporase
a la plantilla de la entidad colaboradora, el tiempo de las prácticas no se computará a efectos de antigüedad ni eximirá del período de prueba, salvo que en el oportuno convenio colectivo aplicable estuviera expresamente estipulado algo distinto.
En el ámbito de las Administraciones Públicas, Entidades de Derecho Público y demás
Organismos Públicos, la realización en los mismos de las prácticas académicas externas no
podrá tener la consideración de mérito para el acceso a la función pública ni será computada a efectos de antigüedad o reconocimiento de servicios previos.

BOCM-20221205-69

G. Régimen jurídico