Loeches (BOCM-20221201-80)
Ofertas de empleo. Convocatoria procesos selectivos
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 286

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
JUEVES 1 DE DICIEMBRE DE 2022

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un máximo de 35 puntos. Los servicios prestados, deberán justificarse a través de certificado original expedido por el fedatario público de la Entidad,
con un período de validez no superior a seis meses.
En caso de empate en la fase de concurso, se estará a lo dispuesto en el artículo 44 del
Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo.
Fase de oposición:
Para el acceso a las plazas de personal laboral fijo que no cumplan con lo recogido en
la disposición adicional sexta de la Ley 20/2021, la fase de oposición consistirá en la realización de un ejercicio práctico al objeto de determinar la aptitud de los aspirantes para el
puesto a desempeñar.
Para el acceso a las plazas de personal funcionario que no cumplan con lo recogido en
la disposición adicional sexta de la Ley 20/2021, la oposición constará de una prueba teórica y de una prueba práctica obligatorias de conformidad con lo establecido en los artículos 8 del Real Decreto 896/1991 de 7 de junio, así como los artículos 61.2 del TRLEBEP
y 133.2 TRRL).
Las personas aspirantes serán convocadas en llamamiento único, siendo excluidas de
la oposición quienes no comparezcan, salvo causa de fuerza mayor debidamente acreditada y libremente apreciada por el Tribunal.
En cualquier momento el Tribunal podrá requerir a los opositores para que acrediten
su personalidad. Para ello, los candidatos deberán acudir provistos del DNI o, en su defecto, pasaporte o carné de conducir.
El ejercicio de las pruebas será obligatorio y eliminatorio. La puntuación de cada uno de
los ejercicios se hallará calculando la media aritmética de las puntuaciones otorgadas por cada
uno de los miembros del Tribunal que considerará a las personas aspirantes aptas o no aptas.
El orden de actuación de las personas aspirantes será el que se establezca en el resultado del sorteo al que se refiere el Reglamento General de Ingreso del Personal al Servicio
de las Administración del Estado (artículo 17 del Real Decreto 364/1995) que en la actualidad y tras sorteo, establece que el orden de actuación de los aspirantes en todas las pruebas selectivas se iniciará por aquellas personas aspirantes cuyo primer apellido comience
por la letra “U”, de conformidad con la Resolución de 9 de mayo de 2022, de la Secretaria
de Estado de Función Pública, por la que se hace público el resultado del sorteo efectuado
con objeto de determinar el orden de actuación de los aspirantes en los procesos selectivos.
Los ejercicios de la oposición serán los siguientes:
— Para el acceso a plazas de personal laboral: primer y único ejercicio: Consistirá en
un ejercicio práctico que versará sobre las actividades propias del puesto a desempeñar, conforme al programa de la convocatoria específica, cuyo desarrollo se establecerá en cada convocatoria, valorado con un máximo de 60 puntos, siendo necesario superar un mínimo de 30 puntos para considerarse apto.
— Para el acceso a plazas de personal funcionario:
• Primer ejercicio: Consistirá en la realización de un examen tipo test que versará
sobre temas comunes y específicos del programa de la convocatoria específica,
valorado con un máximo de 20 puntos.
• Segundo ejercicio: Consistirá en un ejercicio práctico que versará sobre los temas específicos del programa de la convocatoria valorado con un máximo
de 40 puntos.
La calificación de la fase de oposición será la suma de las puntuaciones obtenidas
en los ejercicios práctico y teórico.

La puntuación máxima de todos los ejercicios será la establecida en la base anterior.
Al finalizar cada uno de los ejercicios o pruebas de la fase de oposición, se entenderá
que han superado el ejercicio o prueba únicamente quienes hayan obtenido la puntuación
mínima exigida para superar cada uno de los ejercicios o pruebas.
Posteriormente, el Tribunal publicará en el Tablón de Edictos y en la página web del
Ayuntamiento la lista de personas aspirantes con la puntuación obtenida en la fase de concurso, desglosada en los distintos apartados del baremo, concediéndoles un plazo de 10 días
hábiles para que formulen las reclamaciones y subsanaciones que estimen pertinentes en relación con la baremación.

BOCM-20221201-80

Séptima. Calificación