D) Anuncios - CONSEJERÍA DE FAMILIA, JUVENTUD Y POLÍTICA SOCIAL (BOCM-20221129-23)
Convenio – Convenio de 7 de julio de 2022, entre la Comunidad de Madrid (Consejería de Familia, Juventud y Política Social) y la Asociación Movimiento contra la Intolerancia, en virtud del cual se instrumenta la concesión directa de una subvención por un importe de cincuenta mil euros (50.000 euros), para la financiación, durante la anualidad 2022, de actuaciones destinadas a promover la convivencia democrática y pacífica en la sociedad madrileña
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 284
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MARTES 29 DE NOVIEMBRE DE 2022
Pág. 159
Las previsiones de esta cláusula deberán preservar en todo caso la inviolabilidad domiciliaria, cuando ello sea preciso, en orden al acceso a los inmuebles, libros, cuentas y documentos justificativos de la Asociación Movimiento contra la Intolerancia.
Novena
Ambas partes se comprometen a cumplir en su integridad el Reglamento (UE) 2016/679,
del Parlamento Europeo y del Consejo, de 27 de abril de 2016, relativo a la protección de
las personas físicas en lo que respecta al tratamiento de datos personales y a la libre circulación de estos datos, la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos
Personales y garantía de los derechos digitales, y cualquier otra normativa que pueda sustituir, modificar o complementar a la mencionada en materia de protección de datos de carácter personal durante la vigencia del presente convenio.
Las obligaciones en materia de protección de dichos datos tendrán validez durante la
vigencia del presente convenio y una vez terminado este.
La Consejería de Familia, Juventud y Política Social de la Comunidad de Madrid y la
Asociación “Movimiento contra la Intolerancia” se informan recíprocamente de que los datos personales que se recogen en virtud de este convenio, incluidos los datos del personal
al servicio de una de las partes a los que la otra pueda tener acceso durante el desarrollo del
mismo, serán tratados por la Consejería de Familia, Juventud y Política Social de la Comunidad de Madrid o por la Asociación “Movimiento contra la Intolerancia, respectivamente,
como responsables del tratamiento, con la única finalidad de gestionar la relación del presente convenio:
— Por lo que respecta a los datos personales tratados por la Comunidad de Madrid serán tratados e incorporados a la actividad de tratamiento “Gestión Presupuestaria
y Económica”, cuya finalidad es la tramitación de expedientes de gasto e ingresos
derivados de la ejecución del presupuesto de la Consejería de Familia, Juventud y
Política Social de la Comunidad de Madrid, tramitación de subvenciones, de los
ingresos derivados de los precios públicos, y, en su caso, de la actividad sancionadora y cuya base legal es RGPD 6.1.c) el tratamiento es necesario para el cumplimiento de una obligación legal aplicable al responsable del tratamiento.
Los datos personales podrán ser comunicados a órganos de esta administración
para la tramitación y otras administraciones /poderes públicos para el ejercicio de
sus competencias legales. En caso de requerimiento: Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del estado/Autoridades Judiciales. Entidades financieras. En su caso: Agencia Estatal de Administración Tributaria. Tribunal de Cuentas. Autoridades Policiales y/o Judiciales.
— Por lo que respecta a los datos personales tratados por la Asociación “Movimiento
contra la Intolerancia” serán tratados e incorporados a la actividad de tratamiento
“Clientes y Proveedores” cuya finalidad es la gestión de la relación con los usuarios/clientes y cuya base legal es: Consentimiento del interesado (artículo 6.1.a RGPD)
y Ejecución de un contrato (artículo 6.1.b RGPD).
Los datos de carácter personal no serán comunicados a terceros, salvo cuando se
cedan a encargados de tratamiento autorizados o a otros organismos o Administraciones Públicas conforme a lo previsto legalmente.
En ambos casos, la intervención de encargados de tratamiento requerirá el consentimiento de ambas partes y la suscripción del correspondiente acuerdo de encargo
conforme a lo previsto en el artículo 28 del RGPD.
Los datos personales se conservarán mientras sean necesarios para la finalidad
para la que han sido recabados y para determinar las posibles responsabilidades
que se pudieran derivar de dicha finalidad y del tratamiento de los datos.
Cada parte será responsable de atender las solicitudes de ejercicio de derechos establecidos en los artículos 15 a 22, ambos inclusive, del RGPD, y las reclamaciones, en su caso, a las mismas, que correspondan a tratamientos en los que ostenten la consideración de responsable del tratamiento, debiendo colaborar entre sí
para la adecuada atención y satisfacción de los derechos de los interesados.
Las partes mantendrán la confidencialidad en el tratamiento de todos los datos
personales facilitados por cada una de ellas y de la información, de cualquier clase o naturaleza, resultante de la ejecución del presente convenio.
BOCM-20221129-23
Protección de datos personales
B.O.C.M. Núm. 284
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MARTES 29 DE NOVIEMBRE DE 2022
Pág. 159
Las previsiones de esta cláusula deberán preservar en todo caso la inviolabilidad domiciliaria, cuando ello sea preciso, en orden al acceso a los inmuebles, libros, cuentas y documentos justificativos de la Asociación Movimiento contra la Intolerancia.
Novena
Ambas partes se comprometen a cumplir en su integridad el Reglamento (UE) 2016/679,
del Parlamento Europeo y del Consejo, de 27 de abril de 2016, relativo a la protección de
las personas físicas en lo que respecta al tratamiento de datos personales y a la libre circulación de estos datos, la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos
Personales y garantía de los derechos digitales, y cualquier otra normativa que pueda sustituir, modificar o complementar a la mencionada en materia de protección de datos de carácter personal durante la vigencia del presente convenio.
Las obligaciones en materia de protección de dichos datos tendrán validez durante la
vigencia del presente convenio y una vez terminado este.
La Consejería de Familia, Juventud y Política Social de la Comunidad de Madrid y la
Asociación “Movimiento contra la Intolerancia” se informan recíprocamente de que los datos personales que se recogen en virtud de este convenio, incluidos los datos del personal
al servicio de una de las partes a los que la otra pueda tener acceso durante el desarrollo del
mismo, serán tratados por la Consejería de Familia, Juventud y Política Social de la Comunidad de Madrid o por la Asociación “Movimiento contra la Intolerancia, respectivamente,
como responsables del tratamiento, con la única finalidad de gestionar la relación del presente convenio:
— Por lo que respecta a los datos personales tratados por la Comunidad de Madrid serán tratados e incorporados a la actividad de tratamiento “Gestión Presupuestaria
y Económica”, cuya finalidad es la tramitación de expedientes de gasto e ingresos
derivados de la ejecución del presupuesto de la Consejería de Familia, Juventud y
Política Social de la Comunidad de Madrid, tramitación de subvenciones, de los
ingresos derivados de los precios públicos, y, en su caso, de la actividad sancionadora y cuya base legal es RGPD 6.1.c) el tratamiento es necesario para el cumplimiento de una obligación legal aplicable al responsable del tratamiento.
Los datos personales podrán ser comunicados a órganos de esta administración
para la tramitación y otras administraciones /poderes públicos para el ejercicio de
sus competencias legales. En caso de requerimiento: Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del estado/Autoridades Judiciales. Entidades financieras. En su caso: Agencia Estatal de Administración Tributaria. Tribunal de Cuentas. Autoridades Policiales y/o Judiciales.
— Por lo que respecta a los datos personales tratados por la Asociación “Movimiento
contra la Intolerancia” serán tratados e incorporados a la actividad de tratamiento
“Clientes y Proveedores” cuya finalidad es la gestión de la relación con los usuarios/clientes y cuya base legal es: Consentimiento del interesado (artículo 6.1.a RGPD)
y Ejecución de un contrato (artículo 6.1.b RGPD).
Los datos de carácter personal no serán comunicados a terceros, salvo cuando se
cedan a encargados de tratamiento autorizados o a otros organismos o Administraciones Públicas conforme a lo previsto legalmente.
En ambos casos, la intervención de encargados de tratamiento requerirá el consentimiento de ambas partes y la suscripción del correspondiente acuerdo de encargo
conforme a lo previsto en el artículo 28 del RGPD.
Los datos personales se conservarán mientras sean necesarios para la finalidad
para la que han sido recabados y para determinar las posibles responsabilidades
que se pudieran derivar de dicha finalidad y del tratamiento de los datos.
Cada parte será responsable de atender las solicitudes de ejercicio de derechos establecidos en los artículos 15 a 22, ambos inclusive, del RGPD, y las reclamaciones, en su caso, a las mismas, que correspondan a tratamientos en los que ostenten la consideración de responsable del tratamiento, debiendo colaborar entre sí
para la adecuada atención y satisfacción de los derechos de los interesados.
Las partes mantendrán la confidencialidad en el tratamiento de todos los datos
personales facilitados por cada una de ellas y de la información, de cualquier clase o naturaleza, resultante de la ejecución del presente convenio.
BOCM-20221129-23
Protección de datos personales