D) Anuncios - CONSEJERÍA DE FAMILIA, JUVENTUD Y POLÍTICA SOCIAL (BOCM-20221129-23)
Convenio –  Convenio de 7 de julio de 2022, entre la Comunidad de Madrid (Consejería de Familia, Juventud y Política Social) y la Asociación Movimiento contra la Intolerancia, en virtud del cual se instrumenta la concesión directa de una subvención por un importe de cincuenta mil euros (50.000 euros), para la financiación, durante la anualidad 2022, de actuaciones destinadas a promover la convivencia democrática y pacífica en la sociedad madrileña
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BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MARTES 29 DE NOVIEMBRE DE 2022

B.O.C.M. Núm. 284

diciembre de 2022, la siguiente documentación acreditativa del cumplimiento del
objeto de la subvención:
1. Un informe final de carácter técnico y económico en el que se expresen los
objetivos y resultados alcanzados, y las actividades desarrolladas, así como
una evaluación global del impacto.
En el citado informe se reflejarán todas y cada una de las actuaciones realizadas en el desarrollo del objeto de la subvención de forma cuantificada y detallada, con su coste estimado, su coste final y la correspondiente documentación justificativa de los gastos y pagos.
2. Una relación numerada de las facturas o documentos justificativos del gasto
imputado a la subvención concedida.
3. Las facturas y demás documentos que acrediten el gasto, de acuerdo con las
actividades del Convenio. Los pagos realizados se acreditarán mediante justificantes bancarios.
4. Los gastos de personal se justificarán con la presentación de las nóminas
acompañadas de la documentación acreditativa de su pago, así como de los
boletines de cotización a la Seguridad Social (TC1 y TC2), debidamente sellados por la oficina recaudadora. Esta información irá preferentemente seudonimizada.
5. Una certificación del representante legal de la Asociación “Movimiento contra la Intolerancia” en la que se hagan constar los gastos y pagos realizados en
el desarrollo de las actividades subvencionadas. Que todos ellos se corresponden con pagos efectivamente realizados y derivados de la finalidad para la que
fue concedida la subvención; que la entidad los asume como propios y que la
documentación original queda depositada en la sede de la entidad, a disposición de la Dirección General de Integración de la Consejería de Familia, Juventud y Política Social, para cualquier inspección, no habiendo sido presentados ante otras entidades públicas o privadas como justificantes de ayudas
concedidas por las mismas.
Todo ello de conformidad con lo establecido en el artículo 30 de la Ley 38/2003,
de 17 de noviembre, General de Subvenciones.
B) Comprobación material de la subvención: de conformidad con el artículo 32.1 de
la ley 38/2003, la Dirección General llevará a cabo la comprobación de la subvención, a cuyos fines suscribirá la correspondiente certificación de conformidad,
ajustada al artículo 25.7.b) del Decreto 45/1997, de 20 de marzo, por el que se desarrolla el Régimen de Control Interno y Contable ejercido por la Intervención
General de la Comunidad de Madrid.
En particular, dicha certificación expresará que la documentación justificativa se
ha presentado en el tiempo y la forma previstos en el presente convenio; que los
gastos efectivamente realizados se adecuan en su naturaleza a la finalidad de la
subvención y que se acredita la aplicación del total importe concedido.
La presentación de la documentación prevista en este apartado, se realizará en el registro electrónico de la Comunidad de Madrid o en cualquiera de las oficinas de asistencia en materia de registro a las que se refiere el artículo 16.4.a) de la Ley 39/2015,
de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Octava
La Dirección General de Integración de la Consejería de Familia, Juventud y Política
Social, a través de las personas que designe su titular, podrá llevar a cabo actuaciones de
verificación de la ejecución y gestión de las actuaciones previstas en el Convenio. Para ello,
los representantes y responsables de su ejecución deberán facilitar, durante la vigencia del
mismo el acceso de dichas personas al lugar de la acción y a sus inmuebles, así como a los
libros, cuentas y documentos justificativos correspondientes.
Asimismo, la Asociación “Movimiento contra la Intolerancia” queda sometida al control financiero de la Intervención General de la Comunidad de Madrid y a la fiscalización
del Tribunal de Cuentas, de la Cámara de Cuentas de la Comunidad de Madrid y cualesquiera otros órganos competentes, debiendo facilitar cuanta información le sea requerida
por aquellos.

BOCM-20221129-23

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