C) Otras Disposiciones - CONSEJERÍA DE ECONOMÍA, HACIENDA Y EMPLEO (BOCM-20221128-15)
Plan estratégico subvenciones –  Orden de 18 de noviembre de 2022, del Consejero de Economía, Hacienda y Empleo, por la que se aprueba el Plan Estratégico de Subvenciones, gestionadas por la Dirección General del Servicio Público de Empleo de la Comunidad de Madrid, para el año 2023
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BOCM

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID

B.O.C.M. Núm. 283

LUNES 28 DE NOVIEMBRE DE 2022

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7. Contribución al cumplimiento de los Objetivos de Desarrollo Sostenible
El programa contribuirá al cumplimiento de los siguientes ODS:
4. Educación de calidad.
5. Igualdad de género.
8. Trabajo decente y crecimiento económico.
10. Reducción de las desigualdades.
8. Procedimiento de concesión
Concesión directa.
9. Indicadores específicos
— Número de contratos de formación en alternancia, desagregado por sexo y grupo
de edad.
INCENTIVOS PARA EL FOMENTO DE LA CONTRATACIÓN DE PERSONAS
CON DISCAPACIDAD Y OTROS COLECTIVOS ESPECIALMENTE VULNERABLES
Medidas 6 y 15 de la Estrategia Madrid por el Empleo.
1. Objetivos que se pretenden alcanzar
La finalidad es facilitar la incorporación al mercado ordinario de trabajo de personas con
discapacidad y aquellas otras que se encuentran en una especial situación de vulnerabilidad.
Para lograr este objetivo se concederán incentivos por cada contratación indefinida inicial realizada, graduando la intensidad de la ayuda en función del colectivo al que pertenezca la persona contratada y por las transformaciones de contratos temporales a indefinidos
de personas con discapacidad y de personas con capacidad intelectual límite.
Por su parte, los autónomos que contraten, en los casos que se establecen en las normas reguladoras del programa, a su primer empleado de manera indefinida recibirán una
ayuda adicional de 2.000 euros que se sumará a la cuantía del incentivo que le corresponda
en función del perfil de la persona contratada.
2. Beneficiarios
Podrán ser beneficiarios de las ayudas reguladas en esta línea de subvención los trabajadores autónomos, empresas y entidades de carácter privado que no tengan ánimo de lucro, que reúnan los requisitos y condiciones que se establecen en las normas reguladoras
del Programa de Incentivos a la Contratación.
Además, aun careciendo de personalidad jurídica, podrán ser beneficiarias de las ayudas las comunidades de bienes y comunidades de propietarios que contraten personas con
discapacidad.

Podrán ser destinatarias finales de las ayudas las personas desempleadas demandantes
de empleo inscritas en las Oficinas de Empleo de la Comunidad de Madrid, que pertenezcan a alguno de los siguientes colectivos:
— Personas con discapacidad.
— Personas con capacidad intelectual límite.
— Mujeres víctimas de violencia de género.
— Víctimas de trata de seres humanos.
— Víctimas de terrorismo.
— Personas en situación o riesgo de exclusión.
La inscripción en la oficina de empleo no será exigible cuando las personas trabajadoras con discapacidad procedan directamente de Centros Especiales de Empleo, siempre y
cuando acrediten una antigüedad en los mismos de, al menos, seis meses o de un enclave
laboral, siempre que en ambos casos no haya transcurrido más de tres meses desde que causaran baja en el Centro Especial de Empleo, cualquiera que fuera la causa de la misma.
Igualmente, quedan exentos del requisito de inscripción como personas desempleadas
demandantes de empleo las mujeres víctimas de violencia de género, las víctimas de trata
de seres humanos y víctimas de terrorismo, además de las personas con discapacidad y las
personas con capacidad intelectual límite, cuando se trate de transformaciones de contratos
temporales en indefinidos.

BOCM-20221128-15

3. Personas destinatarias