C) Otras Disposiciones - CONSEJERÍA DE ECONOMÍA, HACIENDA Y EMPLEO (BOCM-20221128-15)
Plan estratégico subvenciones –  Orden de 18 de noviembre de 2022, del Consejero de Economía, Hacienda y Empleo, por la que se aprueba el Plan Estratégico de Subvenciones, gestionadas por la Dirección General del Servicio Público de Empleo de la Comunidad de Madrid, para el año 2023
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BOCM

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID

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LUNES 28 DE NOVIEMBRE DE 2022

B.O.C.M. Núm. 283

8. Procedimiento de concesión
Concesión directa.
9. Indicadores específicos
— Número de contratos para la obtención de la práctica profesional, desagregado por
sexo y grupo de edad.
— Número de contratos para la obtención de la práctica profesional a tiempo completo, desagregado por sexo y grupo de edad.
— Número de contratos para la obtención de la práctica profesional a tiempo parcial,
desagregado por sexo y grupo de edad.
IMPULSO AL CONTRATO DE FORMACIÓN EN ALTERNANCIA
PARA PERSONAS JÓVENES
Medidas 6 y 14 de la Estrategia Madrid por el Empleo.
1. Objetivos que se pretenden alcanzar
Mejorar la empleabilidad y favorecer la contratación de los jóvenes de la Comunidad
de Madrid mediante el impulso del contrato de formación en alternancia, con el fin de fomentar la inserción laboral y la cualificación profesional, en un régimen de alternancia de
actividad laboral retribuida en una empresa, con actividad formativa recibida en el marco
del sistema de formación profesional para el empleo o del sistema educativo, mediante el
establecimiento de incentivos a la formalización del contrato de formación en alternancia a
jornada completa.
2. Beneficiarios
Podrán ser beneficiarios de las ayudas reguladas en esta línea de subvención los trabajadores autónomos, empresas y entidades de carácter privado que no tengan ánimo de lucro, que reúnan los requisitos y condiciones que se establecen en las normas reguladoras
del Programa de Incentivos a la Contratación.
3. Personas destinatarias
Podrán ser destinatarias finales de las ayudas las personas jóvenes menores de 30 años
que figuren como inscritas, el día inmediatamente anterior a su contratación, en situación de
beneficiaria en el Fichero del Sistema Nacional de Garantía Juvenil y que se encuentren, asimismo, inscritas, el día inmediatamente anterior a su contratación, como persona desempleada demandante de empleo en alguna de las oficinas de empleo de la Comunidad de Madrid.
Las personas jóvenes contratadas deberán carecer de la cualificación profesional reconocida por las titulaciones o certificados requeridos para concertar un contrato formativo
para la obtención de práctica profesional regulada en el artículo 11.3 del texto refundido de
la Ley del Estatuto de los Trabajadores, aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2015,
de 23 de octubre.
Estas ayudas se intensifican en el caso de que el joven contratado sea mujer o perteneciente al colectivo trans.
4. Fuentes de financiación y coste previsible
La financiación de las subvenciones se efectuará con fondos de empleo de ámbito nacional, distribuidos para su gestión por la Comunidad de Madrid, de conformidad con la
Conferencia Sectorial de Empleo y Asuntos Laborales.
El presupuesto estimado que será destinado a esta medida es de 1.000.000 euros.

Anual.
6. Efectos y resultados perseguidos
Con este incentivo se pretende fomentar la cualificación mediante la formalización de
contratos de formación en alternancia de aquellos jóvenes que carezcan de titulación profesional para el desempeño de una ocupación.
Con el presupuesto asignado está previsto incentivar un número de 188 destinatarios.

BOCM-20221128-15

5. Plazo de ejecución