Tres Cantos (BOCM-20221126-8)
Urbanismo. Plan especial infraestructuras
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BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
SÁBADO 26 DE NOVIEMBRE DE 2022

B.O.C.M. Núm. 282

urbanización Soto de Viñuelas a la red general de saneamiento que finaliza en la EDAR
Tres Cantos, gestionada por Canal de Isabel II”. Como consecuencia de esta resolución devino inexigible la obligación de remodelación de la EDAR de Soto de Viñuelas que había
sido prevista en el Plan Especial antes citado.
Con fecha 29 de febrero de 2012 se suscribió el “Convenio para la prestación del servicio de Alcantarillado en el municipio de Tres Cantos, entre la Comunidad de Madrid, Canal de Isabel II y el Ayuntamiento de Tres Cantos”, en el que se incluye la Urbanización de
Soto de Viñuelas dentro del ámbito de aplicación del mismo, publicado en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID n.o 97, de 24 de abril de 2012.
El saneamiento de la urbanización de Soto de Viñuelas es recogido por una red de colectores que llegan a una EDAR existente, la cual se encuentra en la parcela de referencia
catastral: 2162111VK4926S0001HB, cuya titularidad corresponde a la Comunidad de Propietarios Urbanización Soto de Viñuelas. La depuradora cuenta con un pretratamiento y dos
líneas de tratamiento biológico. Con el convenio suscrito se consideraba que se obtendrían
los documentos necesarios de compromiso entre las partes para poder afrontar la actuación
y el desarrollo de las obras previstas, y para que finalmente el Canal de Isabel II Gestión,
S.A. se hiciera cargo de la gestión del servicio, dándose cumplimiento al objetivo prioritario de integrar la estación depuradora de aguas residuales EDAR de Soto de Viñuelas en el
sistema de gestión de aguas residuales que tiene encomendado el Canal de Isabel II dentro
de la Comunidad de Madrid.
Tras el proceso de negociación llevado a cabo entre el Ayuntamiento de Tres Cantos
y el Canal de Isabel II, finalmente se instrumentó un acuerdo entre las partes suscribiéndose con fecha 4 de marzo de 2015, el “Acuerdo de colaboración para la redacción del proyecto de ejecución de obras de saneamiento en la Urbanización de Soto de Viñuelas, entre
el Ayuntamiento de Tres Cantos y el Canal de Isabel II Gestión, S. A.”. En el expositivo
sexto y en el párrafo final de la estipulación tercera se acordaba literalmente:
«Sexto: Que Canal Gestión ha estudiado el volumen de aguas residuales que corresponden a la Urbanización, en base al número de habitantes equivalentes, y ha determinado
que esta empresa pública puede depurar las aguas residuales procedentes de la Urbanización, siempre y cuando se lleven a cabo las siguientes obras:
— Sustitución de la Estación Depuradora de Aguas Residuales (EDAR) de Soto de
Viñuelas, por una Estación de Bombeo (EBAR) con su equipamiento correspondiente.
— Instalación de una tubería de impulsión desde la nueva EBAR hasta la EDAR de
Tres Cantos (…).
Tercera: (...) El Ayuntamiento se compromete a impulsar y aprobar las modificaciones del planeamiento urbanístico que fuesen necesarias para permitir la implantación de las
infraestructuras de saneamiento enumeradas en el Expositivo Sexto del presente Acuerdo».
La EDAR, inicialmente gestionada por la Comunidad de Soto de Viñuelas, es gestionada actualmente por el Ayuntamiento de Tres Cantos que adquirió el compromiso, conforme al acuerdo de Pleno de 16 de julio de 2015, de hacer efectiva la competencia municipal sobre la depuración de las aguas residuales asumiendo el Servicio de Mantenimiento
y Explotación de las Instalaciones de Depuración de Aguas Residuales de la Urbanización
de Soto de Viñuelas, previa evaluación de los informes correspondientes, una vez concluyan las obras y se preste el servicio por Canal de Isabel II.
La autorización de vertido de aguas residuales se concedió al Ayuntamiento de Tres
Cantos tras solicitar al Organismo de Cuenca el cambio de titularidad (resolución de fecha 30 de enero de 2017).
La depuradora actual esta dimensionada para el tratamiento de un caudal máximo de
diseño de 35,88 l/s (3.099,85 m.3/día).
Por razones de eficiencia, seguridad y mejora de la depuración de las aguas residuales
el Ayuntamiento ha manifestado su interés en que, en el futuro, sea el Canal de Isabel II
quien asuma la prestación del servicio de depuración de las aguas residuales procedentes de
la Urbanización de Soto de Viñuelas. El Canal de Isabel II acepta esa propuesta, siempre y
cuando acepte llevar a cabo:
— Sustitución de la Estación Depuradora de Aguas Residuales (EDAR) de Soto de
Viñuelas, por una Estación de Bombeo de (EBAR), con su equipamiento correspondiente.
— Instalación de una tubería de impulsión desde la nueva EBAR hasta la EDAR de
Tres Cantos.

BOCM-20221126-8

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