Valdemaqueda (BOCM-20221125-93)
Ofertas de empleo. Convocatoria proceso selectivo
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 281

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
VIERNES 25 DE NOVIEMBRE DE 2022

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c) Tener cumplidos dieciséis años y no exceder, en su caso, de la edad máxima de jubilación forzosa. Sólo por ley podrá establecerse otra edad máxima, distinta de la
edad de jubilación forzosa, para el acceso al empleo público.
d) No haber sido separado mediante expediente disciplinario del servicio de cualquiera de las Administraciones Públicas o de los órganos constitucionales o estatutarios de las Comunidades Autónomas, ni hallarse en inhabilitación absoluta o
especial para empleos o cargos públicos por resolución judicial, para el acceso al
cuerpo o escala de funcionario, o para ejercer funciones similares a las que desempeñaban en el caso del personal laboral, en el que hubiese sido separado o inhabilitado. En el caso de ser nacional de otro Estado, no hallarse inhabilitado o en situación equivalente ni haber sido sometido a sanción disciplinaria equivalente que
impida, en su Estado, en los mismos términos el acceso al empleado público.
e) Poseer la titulación exigida: certificado de escolaridad carnet de conducir C. Capacitación para el transporte CAP y para el uso de la grúa de camión.
Cuarta. Turno de reserva
No es posible aplicarlo en esta convocatoria.
Quinta. Forma y plazo de presentación de instancias
Las solicitudes (Anexo I) requiriendo tomar parte en las correspondientes pruebas de
acceso, en las que los aspirantes harán constar que reúnen las condiciones exigidas en las
presentes bases, se dirigirán a Alcalde del Ayuntamiento, se presentarán en el Registro
Electrónico General de este Ayuntamiento o en alguno de los lugares previstos en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las
Administraciones Públicas, en el plazo de veinte días hábiles contados a partir del día siguiente al de la publicación del anuncio de la convocatoria en el “Boletín Oficial del Estado” Asimismo, las bases de la convocatoria se publicarán en el BOLETÍN OFICIAL DE LA
COMUNIDAD DE MADRID y en la sede electrónica de este Ayuntamiento http://aytovaldemaqueda.sedelectronica.es
Los datos personales incluidos en la solicitud de participación serán tratados únicamente para la gestión del proceso selectivo, es decir para la práctica de las pruebas de selección y las comunicaciones que deban realizarse. Cuando sea necesario publicar un acto
administrativo que contenga datos personales se publicará de la forma que determina la disposición adicional séptima de la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de
Datos Personales y garantía de los derechos digitales. El Ayuntamiento será el responsable
del tratamiento de estos datos.

Expirado el plazo de presentación de instancias, la Alcaldía dictará resolución en el
plazo máximo de un mes, declarando aprobada la lista provisional de admitidos y excluidos indicando las causas de exclusión. En dicha resolución, que se publicará en la sede electrónica de este Ayuntamiento http://aytovaldemaqueda.sedelectronica.es , tablón de anuncios y que será notificada a los interesados, se concederá un plazo de diez días hábiles para
la subsanación de deficiencias. Trascurrido el plazo anterior sin reclamaciones, quedará
aquélla elevada a definitiva.
Las alegaciones presentadas serán resultas en el plazo de 30 días desde la finalización
del plazo para presentación. Transcurrido dicho plazo sin que se hubiera dictado resolución
alguna, las alegaciones se entenderán desestimadas.
Vistas las alegaciones presentadas, en su caso, en el anterior trámite, por Resolución
de Alcaldía se procederá a la aprobación definitiva de la lista de admitidos y excluidos, que,
igualmente será objeto de publicación en la sede electrónica de este Ayuntamiento
http://aytovaldemaqueda.sedelectronica.es , tablón de anuncios y notificada a los interesados para mayor difusión. En esta misma publicación se hará constar el día, hora y lugar en
que habrán de realizarse todas las pruebas.
Igualmente, en la misma resolución, se hará constar la designación nominal del Tribunal.
Séptima. Tribunal calificador
Los órganos de selección serán colegiados y su composición deberá ajustarse a los
principios de imparcialidad y profesionalidad de sus miembros, y se tenderá, asimismo, a
la paridad entre mujer y hombre.

BOCM-20221125-93

Sexta. Admisión de aspirantes