Villar del Olmo (BOCM-20221125-95)
Ofertas de empleo. Bases generales procesos estabilización
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BOCM
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BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
VIERNES 25 DE NOVIEMBRE DE 2022

B.O.C.M. Núm. 281

11. Adjudicación de destinos
La adjudicación de puestos de trabajo a los funcionarios de nuevo ingreso o personal
laboral fijo se efectuará de acuerdo con las peticiones de las personas interesadas entre los
puestos ofertados a los mismos, según el orden obtenido en el proceso selectivo.
12. Formación de Lista de Espera
Todas las convocatorias de procesos selectivos de estabilización que se realicen generarán unas listas de espera preferentes para aquellas personas que habiendo participado en el proceso no obtengan plaza y hayan superado la puntuación de 33 puntos en la
convocatoria.
Estas listas tendrán prioridad sobre las que pudieran estar activas de procesos anteriores y estarán vigentes hasta su completa caducidad prorrogándose a su vigencia con cada
nueva bolsa que se incorpore.
Las listas de espera derivadas de posteriores procesos de Oferta de Empleo Público de
carácter ordinario se integrarán también en estas listas preferentes mientras estén vigentes
estas últimas ajustando la puntuación de forma proporcional.
Aquellas personas que formen parte de la lista de espera y obtuviesen posteriormente
una puntuación superior proveniente de otros procesos, figurarán en la lista con la puntuación más alta.
13. Incidencias
El Tribunal Calificador queda facultada para resolver las dudas que se presenten y tomar los acuerdos necesarios para todo lo no previsto en estas bases.
14. Recursos
Contra las presentes bases cabe interponer recurso potestativo de reposición ante el órgano municipal que dictó la resolución, en el plazo de un mes, finalizando el día cuyo número coincida con el de su publicación, de conformidad con lo previsto en los artículos 123
y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, de Procedimiento Administrativo Común. Transcurrido un mes desde la interposición del recurso sin que haya recaído resolución, podrá entenderlo desestimado.
O bien, directamente, recurso contencioso-administrativo ante los Juzgados de lo Contencioso-Administrativo de Madrid, en el plazo de dos meses, computados del modo antes
indicado o, si ha presentado recurso de reposición, desde que este se resuelva expresamente o se haya producido su desestimación por silencio.
Los actos administrativos que se deriven de la aplicación de las mismas indicarán los
recursos administrativos que quepa interponer frente a ellos.
No obstante, se podrá utilizar asimismo cualquier otro recurso que se estime pertinente.
ANEXOS
Anexo I. Solicitud de admisión a proceso selectivo extraordinario de estabilización
de empleo temporal.—Estará a disposición de los/as aspirantes en la página web del
Ayuntamiento de Villar del Olmo: www.villardelolmo.es
Anexo II. Documento de auto baremación.—Proceso selectivo: Concurso de méritos (OEP Estabilización), según disposición adicional sexta y octava de la Ley 20/2021.
Estará a disposición de los/as aspirantes en la página web del Ayuntamiento de Villar del
Olmo: www.villardelolmo.es

Las presentes bases generales serán de aplicación a partir del día siguiente al de su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
En cumplimiento del artículo 91 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, de la Ley Reguladora de las bases de Régimen Local y el artículo 70.2 del texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleo Público aprobado por Real decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, se publica la Oferta de Empleo Público para la estabilización de empleo temporal del
Ayuntamiento de Villar del Olmo, en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
Contra la presente Resolución, que pone fin a la vía administrativa, puede interponer
alternativamente o recurso de reposición potestativo ante el Alcalde, en el plazo de un mes

BOCM-20221125-95

15. Disposición final