Villar del Olmo (BOCM-20221125-95)
Ofertas de empleo. Bases generales procesos estabilización
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 281
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
VIERNES 25 DE NOVIEMBRE DE 2022
Pág. 517
BOCM-20221125-95
a contar desde el día siguiente al de la publicación del presente anuncio, de conformidad
con los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, o recurso contencioso-administrativo
de Madrid, o a su elección, el que corresponda a su domicilio en conformidad con el artículo 14.1 regla segunda de la Ley 29/1998, de 13 de julio de la Jurisdicción ContenciosaAdministrativa, en el plazo de dos meses, a contar desde el día siguiente al de la recepción
de la presente notificación, de conformidad con el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de
julio. Si se optara por interponer el recurso de reposición potestativo no podrá interponer
recurso contencioso-administrativo hasta que aquel sea resuelto expresamente o se haya
producido su desestimación por silencio.
Todo ello sin perjuicio de que pueda interponer usted cualquier otro recurso que
pudiera estimar más conveniente a su derecho.
Villar del Olmo, a 15 de noviembre de 2022.—La alcaldesa-presidenta, Lucila Toledo
Moreno.
(03/22.210/22)
http://www.bocm.es
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
D. L.: M. 19.462-1983
ISSN 1989-4791
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a contar desde el día siguiente al de la publicación del presente anuncio, de conformidad
con los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, o recurso contencioso-administrativo
de Madrid, o a su elección, el que corresponda a su domicilio en conformidad con el artículo 14.1 regla segunda de la Ley 29/1998, de 13 de julio de la Jurisdicción ContenciosaAdministrativa, en el plazo de dos meses, a contar desde el día siguiente al de la recepción
de la presente notificación, de conformidad con el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de
julio. Si se optara por interponer el recurso de reposición potestativo no podrá interponer
recurso contencioso-administrativo hasta que aquel sea resuelto expresamente o se haya
producido su desestimación por silencio.
Todo ello sin perjuicio de que pueda interponer usted cualquier otro recurso que
pudiera estimar más conveniente a su derecho.
Villar del Olmo, a 15 de noviembre de 2022.—La alcaldesa-presidenta, Lucila Toledo
Moreno.
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