San Lorenzo de El Escorial (BOCM-20221124-71)
Ofertas de empleo. Bases procesos selectivos
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BOCM

JUEVES 24 DE NOVIEMBRE DE 2022

B.O.C.M. Núm. 280

en la fase de oposición y la correspondiente a la fase de concurso, estableciéndose la siguiente ponderación:
— Calificación de la fase de concurso: la puntuación de esta fase será el resultado de
sumar las puntuaciones obtenidas en base a los diferentes méritos valorables.
— Calificación de la fase de oposición. El tribunal queda facultado para la determinación del nivel mínimo exigido para la calificación de los ejercicios, de acuerdo con
el sistema de valoración que se adopte.
6.2. Los procesos selectivos a través del sistema de concurso se valorarán de forma
que la calificación definitiva vendrá dada por la calificación obtenida de la suma de las puntuaciones en base a los méritos valorables.
6.3. En caso de empate, se aplicarán los siguientes criterios:
— Procesos selectivos por concurso-oposición: En caso de empate en la puntuación
final, el orden de desempate se establecerá atendiendo en primer lugar, a la mayor
puntuación obtenida en el apartado de experiencia profesional, en segundo lugar,
a la mayor puntuación obtenida en el apartado de formación específica, en tercer
lugar, a la mayor puntuación obtenida en el apartado de formación general y, en
cuarto lugar, a la calificación obtenida en el ejercicio de la fase de oposición.
De persistir el empate, este se solventará por orden alfabético del primer apellido
de los aspirantes empatados, de conformidad con la letra que se determine en el
sorteo público anual realizado por la Secretaría de Estado para la Administración
Pública a que se refiere el artículo 17 del RGI, que se publicará en el “Boletín Oficial del Estado”.
— Procesos selectivos por concurso: En caso de empate en la puntuación final, el orden de desempate se establecerá atendiendo en primer lugar a la mayor puntuación obtenida en el apartado de experiencia profesional en el Ayuntamiento de
San Lorenzo de El Escorial, en segundo lugar, a la mayor puntuación obtenida en
el apartado de formación específica y en tercer lugar a la mayor puntuación obtenida en el apartado de formación general.
De persistir el empate, este se solventará por orden alfabético del primer apellido
de los aspirantes empatados, de conformidad con la letra que se determine en el
sorteo público anual realizado por la Secretaría de Estado para la Administración
Pública a que se refiere el artículo 17 del RGI, que se publicará en el “Boletín Oficial del Estado”.
7. Desarrollo del proceso selectivo
7.1. El orden de actuación de los opositores será el que resulte del sorteo a que se refiere el artículo 17 del Reglamento General de Ingreso del personal al servicio de la Administración General del Estado y de Provisión de puestos de trabajo y promoción profesional de los funcionarios civiles de la Administración General del Estado, y que se reflejará
en cada convocatoria.
7.2. Los aspirantes serán convocados para cada ejercicio en llamamiento único, siendo excluidos de la oposición quienes no comparezcan. Salvo casos de fuerza mayor invocados con anterioridad y debidamente justificados y apreciados por el Tribunal de Selección
con absoluta libertad de criterio, la no presentación de un aspirante al ejercicio en el momento de efectuarse el llamamiento determinará automáticamente el decaimiento de su derecho
a participar en el mismo, quedando excluido en consecuencia del proceso selectivo.
7.3. Los anuncios de celebración de los restantes ejercicios se harán públicos con setenta y dos horas de antelación, al menos, a la señalada para su inicio. Estos anuncios se
efectuarán, al menos, en el tablón de edictos y en la web municipal.
7.4. Concluido cada uno de los ejercicios de la fase de oposición, el Tribunal Calificador hará públicas las calificaciones, en el Tablón de Edictos y en la web municipal.
7.5. En los casos de concurso, los/as aspirantes, una vez presentada toda la documentación que acredita sus méritos, estarán a disposición del Tribunal para cualquier aclaración
y/o especificación que pueda surgir a lo largo del proceso.
8. Resolución del proceso selectivo y lista de aprobados
8.1. Finalizado el proceso de selección, el Tribunal Calificador elevará la relación de
aprobados, por el orden de puntuación alcanzado, con indicación del documento nacional
de identidad en la forma prevista legalmente para la protección de los datos de carácter personal, así como las notas parciales de todas y cada una de las fases del proceso selectivo, al

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