Alcobendas (BOCM-20221123-62)
Organización y funcionamiento. Ordenanza reguladora Movilidad
92 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
B.O.C.M. Núm. 279
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MIÉRCOLES 23 DE NOVIEMBRE DE 2022
b) Residentes con distintivo (Verde para Residentes, y Verde para Colectivos Cualificados) y titulares de distintivo/tarjeta Naranja.
Para estacionar con distintivo en las zonas reguladas deberá exhibirse en el interior del parabrisas, totalmente visible desde la vía pública, la tarjeta o dispositivo
expedido por el Ayuntamiento que acredita la condición de vehículo autorizado
para la zona en cuestión, por su anverso, y en condiciones válidas de uso y vigencia para el año en curso.
La expedición por el Ayuntamiento de este distintivo confiere a su titular una opción de aparcamiento disponible en las siguientes zonas:
Zona Centro-Norte.
Los residentes de las calles comprendidas en dicha zona con distintivo podrán
aparcar en las plazas de color verde de todas las zonas sujetas a regulación, incluyendo las de Urbanizaciones.
Zona Urbanizaciones.
Los residentes del Distrito Urbanizaciones que posean distintivo, solo podrán hacer uso de él en las calles señalizadas en Verde dentro del propio Distrito, a saber,
en la Moraleja, Soto de la Moraleja, Arroyo de la Vega, Fuente Hito y Juncal; quedando excluidas las calles reguladas en Verde del Distrito Centro-Norte.
c) Comerciantes.
Los comerciantes cuyos epígrafes de actividad comercial estén tipificados en la
Ordenanza Fiscal Reguladora del Servicio ORA podrán obtener una tarjeta anual
que les permita estacionar en los aparcamientos delimitados con doble línea azul.
La obtención, pago y demás requisitos se contemplarán en la citada Ordenanza Fiscal.
d) Excepciones.
Personas de movilidad reducida.
La tarjeta de autorización de personas con movilidad reducida constituye título válido para estacionar en las zonas de residentes, siendo por tanto válida para estacionar en dichas zonas, si bien los discapacitados con plaza reservada nominativamente en vía pública habrán de aparcar obligatoriamente en la misma, y no en
las restantes plazas de residentes próximas.
Para el estacionamiento en Zona Azul, tendrán dos horas gratis.
2. Distintivos.—Se distinguen tres tipos de distintivos y/o autorizaciones:
a) Residentes (Verde de cualquier Distrito).
b) Colectivos Cualificados (Verde para Urbanizaciones).
c) Distintivos-Tarjetas Anuales para Zona Naranja.
d) Comerciantes.
Las autorizaciones se otorgarán previa solicitud de la persona interesada, acreditando
el cumplimiento de los requisitos y el abono de la tasa fijada en la correspondiente ordenanza fiscal. Se autorizarán para vehículos turismos, Pick-Up, derivados de turismo, vehículo
mixto adaptable o furgonetas de hasta 3500 kg. de MMA.
Podrán solicitar la tarjeta de autorización para Residentes todas aquellas personas físicas cuyo domicilio se sitúe en el tramo de vía pública afectado por la regulación (ya sea
Verde o Azul), y esté delimitada con señalización vertical y horizontal al efecto, ya sea de
los números pares como de los impares.
Será requisito formal indispensable para la concesión de tarjeta de residente que el domicilio que figure en el padrón de habitantes coincida con el que se exhiba en el permiso de
circulación del vehículo, salvo en los supuestos en que la disponibilidad del vehículo fuera
mediante contrato de renting, leasing, y otro similar, suscrito a nombre del residente. Asimismo, será necesario estar al día respecto a las obligaciones tributarias del Impuesto de
Vehículos de Tracción Mecánica.
También se tendrá en cuenta a los Residentes con vehículos sin alta en IVTM que justifiquen su condición de residente con contrato de alquiler, certificado de la autoridad diplomática, etc., o cualquier otro documento que acredite la residencia del solicitante.
2.1. Residentes (Verde).
Se distinguen los Residentes según el Distrito donde vivan, pudiendo pertenecer a dos
Zonas diferenciadas, a saber Distrito Centro-Norte y Distrito Urbanizaciones.
Pág. 411
BOCM-20221123-62
BOCM
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MIÉRCOLES 23 DE NOVIEMBRE DE 2022
b) Residentes con distintivo (Verde para Residentes, y Verde para Colectivos Cualificados) y titulares de distintivo/tarjeta Naranja.
Para estacionar con distintivo en las zonas reguladas deberá exhibirse en el interior del parabrisas, totalmente visible desde la vía pública, la tarjeta o dispositivo
expedido por el Ayuntamiento que acredita la condición de vehículo autorizado
para la zona en cuestión, por su anverso, y en condiciones válidas de uso y vigencia para el año en curso.
La expedición por el Ayuntamiento de este distintivo confiere a su titular una opción de aparcamiento disponible en las siguientes zonas:
Zona Centro-Norte.
Los residentes de las calles comprendidas en dicha zona con distintivo podrán
aparcar en las plazas de color verde de todas las zonas sujetas a regulación, incluyendo las de Urbanizaciones.
Zona Urbanizaciones.
Los residentes del Distrito Urbanizaciones que posean distintivo, solo podrán hacer uso de él en las calles señalizadas en Verde dentro del propio Distrito, a saber,
en la Moraleja, Soto de la Moraleja, Arroyo de la Vega, Fuente Hito y Juncal; quedando excluidas las calles reguladas en Verde del Distrito Centro-Norte.
c) Comerciantes.
Los comerciantes cuyos epígrafes de actividad comercial estén tipificados en la
Ordenanza Fiscal Reguladora del Servicio ORA podrán obtener una tarjeta anual
que les permita estacionar en los aparcamientos delimitados con doble línea azul.
La obtención, pago y demás requisitos se contemplarán en la citada Ordenanza Fiscal.
d) Excepciones.
Personas de movilidad reducida.
La tarjeta de autorización de personas con movilidad reducida constituye título válido para estacionar en las zonas de residentes, siendo por tanto válida para estacionar en dichas zonas, si bien los discapacitados con plaza reservada nominativamente en vía pública habrán de aparcar obligatoriamente en la misma, y no en
las restantes plazas de residentes próximas.
Para el estacionamiento en Zona Azul, tendrán dos horas gratis.
2. Distintivos.—Se distinguen tres tipos de distintivos y/o autorizaciones:
a) Residentes (Verde de cualquier Distrito).
b) Colectivos Cualificados (Verde para Urbanizaciones).
c) Distintivos-Tarjetas Anuales para Zona Naranja.
d) Comerciantes.
Las autorizaciones se otorgarán previa solicitud de la persona interesada, acreditando
el cumplimiento de los requisitos y el abono de la tasa fijada en la correspondiente ordenanza fiscal. Se autorizarán para vehículos turismos, Pick-Up, derivados de turismo, vehículo
mixto adaptable o furgonetas de hasta 3500 kg. de MMA.
Podrán solicitar la tarjeta de autorización para Residentes todas aquellas personas físicas cuyo domicilio se sitúe en el tramo de vía pública afectado por la regulación (ya sea
Verde o Azul), y esté delimitada con señalización vertical y horizontal al efecto, ya sea de
los números pares como de los impares.
Será requisito formal indispensable para la concesión de tarjeta de residente que el domicilio que figure en el padrón de habitantes coincida con el que se exhiba en el permiso de
circulación del vehículo, salvo en los supuestos en que la disponibilidad del vehículo fuera
mediante contrato de renting, leasing, y otro similar, suscrito a nombre del residente. Asimismo, será necesario estar al día respecto a las obligaciones tributarias del Impuesto de
Vehículos de Tracción Mecánica.
También se tendrá en cuenta a los Residentes con vehículos sin alta en IVTM que justifiquen su condición de residente con contrato de alquiler, certificado de la autoridad diplomática, etc., o cualquier otro documento que acredite la residencia del solicitante.
2.1. Residentes (Verde).
Se distinguen los Residentes según el Distrito donde vivan, pudiendo pertenecer a dos
Zonas diferenciadas, a saber Distrito Centro-Norte y Distrito Urbanizaciones.
Pág. 411
BOCM-20221123-62
BOCM