Alcobendas (BOCM-20221123-62)
Organización y funcionamiento. Ordenanza reguladora Movilidad
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 279

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MIÉRCOLES 23 DE NOVIEMBRE DE 2022

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nar sobre aceras siempre que esté debidamente señalizada la autorización de estacionamiento para dichos vehículos que será siempre en alguna de las siguientes condiciones:
a) Se respete en todo caso un ancho libre de paso de tres metros, así como una distancia
mínima de dos metros a los pavimentos tacto-visuales colocados en vados peatonales y encaminamientos, incluyendo los vinculados a paradas de transporte público.
b) El estacionamiento se realice en una única línea situada junto al bordillo y lo más
próximo posible al mismo, con la siguiente disposición:
1. Paralelamente al bordillo en aceras de menos de 6 metros de ancho.
2. En semi-batería o en ángulo, si la acera tiene más de 6 metros de ancho. Cuando exista acera-bici el ancho de acera disponible se contará desde el límite interior de la acera bici a la fachada.
5. Las personas usuarias de motocicletas y ciclomotores que excepcionalmente
y en los casos contemplados en el punto 4 accedan a la acera para estacionar
su vehículo, únicamente podrán emplear la fuerza del motor para salvar el
desnivel de la acera, debiendo realizar este acceso con diligencia, respetando
la seguridad vial, la accesibilidad y la prioridad de tránsito de los peatones.
Las personas usuarias de bicicletas, ciclos y VMP de tipo A y B que deseen
acceder a la acera para estacionar en los aparca-bicicletas instalados al efecto
deberán desmontar del vehículo una vez abandonada la calzada y transitar a
pie con él a su lado hasta el elemento de anclaje.
6. Los vehículos citados en el apartado 1 de este artículo no podrán ser estacionados en los siguientes espacios:
a) En el ámbito peatonal de las paradas de transporte público;
b) En el ámbito peatonal de las reservas de personas con movilidad reducida;
c) En el ámbito peatonal de las paradas de taxi;
d) Sobre tapas de registro o de servicios.
7. Los vehículos citados en el apartado 1 de este artículo no podrán ser anclados a
elementos de señalización, elementos vegetales, bancos, marquesinas ni a otros elementos
de mobiliario urbano.
Excepcionalmente, además de a las horquillas y elementos aparca-bicicletas de las reservas habilitadas al efecto, las bicicletas y VMP de tipo A y B podrán anclarse a vallas o elementos de mobiliario delimitadores de espacios u otros elementos de mobiliario cuando el estacionamiento se ajuste a lo previsto en el presente artículo y el anclaje cumpla todos estos
requisitos:
a) no afecte a la funcionalidad o al acceso necesario a los mismos y se cumplan las
condiciones descritas en los puntos anteriores,
b) no implique deterioro del patrimonio público,
c) no dificulte ni impida la realización por los servicios municipales de tareas de mantenimiento o reparación de tales elementos delimitadores y de mobiliario urbano.
Capítulo III

Art. 48. Motivación y objetivos de la Zona Regulada.—1. Motivación.
Tras la aprobación de la Ordenanza Municipal de Tráfico y Circulación de Alcobendas, mediante acuerdo plenario de fecha 27 de enero de 1998, se aprobó la Ordenanza reguladora de la zona azul, mediante acuerdo plenario de 30 de noviembre de 1999, presentándose posteriormente una modificación mediante aprobación plenaria de 29 de
noviembre de 2005, que ampliaba el servicio a nuevas calles de Alcobendas donde se demandaba el mismo, y recogiendo a su vez la posibilidad de que los residentes, en las condiciones señaladas en la misma, pudieran disfrutar de autorizaciones especiales de aparcamiento, todo ello como mecanismo de reparto de espacio en la vía pública previsto ya en el
art. 31 de aquella norma.
La modificación de la ordenanza que se presenta hoy viene a recoger las nuevas necesidades de regulación de aparcamiento, fundamentalmente en el Distrito de Urbanizaciones.
Como consecuencia del uso del vehículo privado como transporte para el centro de trabajo en los polígonos empresariales e industriales de Alcobendas, muchas zonas residenciales aledañas a los mismos se encuentran asfixiadas por una ingente cantidad de vehículos que

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Ordenación y Regulación del Estacionamiento, ORA