Villa del Prado (BOCM-20221123-88)
Ofertas de empleo. Bases procesos selectivos
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 279

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MIÉRCOLES 23 DE NOVIEMBRE DE 2022

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A tal efecto, el Tribunal podrá recabar informe y, en su caso, colaboración de los órganos competentes de los Servicios del Ayuntamiento de Villa del Prado. El Tribunal Calificador adoptará las medidas precisas en aquellos casos que resulte necesario, de forma
que los aspirantes que hubieran solicitado adaptaciones de tiempo y/o medios en la forma
prevista en el apartado anterior, gocen de similares condiciones para la realización de los
ejercicios que el resto de los participantes.
La adaptación de tiempos se llevará a cabo de conformidad con lo dispuesto en la Orden PRE/1822/2006, de 9 de junio, por la que se establecen criterios generales para la adaptación de tiempos adicionales en los procesos selectivos para el acceso al empleo público
de personas con discapacidad.

4.1. Para ser admitido al proceso selectivo bastará con que los aspirantes manifiesten en sus solicitudes que reúnen todos y cada uno de los requisitos exigidos en las bases
generales y específicas, referidos a la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes de participación. El cumplimiento de estos requisitos será acreditado mediante la
presentación de los documentos correspondientes en la forma previstas en presentes las bases generales y en las específicas.
4.2. Relación provisional de aspirantes admitidos y excluidos: Transcurrido el plazo
de presentación de solicitudes, la autoridad convocante dictará resolución, en el plazo máximo de un mes, declarando aprobada la relación provisional de admitidos y excluidos. En dicha resolución, que deberá publicarse en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE
MADRID, contendrá, como anexo único, la relación nominal de aspirantes excluidos provisionalmente, con su correspondiente documento nacional de identidad o análogo para los
de nacionalidad extranjera, y con indicación de las causas de inadmisión, así como los lugares en que se encuentren expuestas al público las relaciones provisionales, certificadas y
completas, de aspirantes admitidos y excluidos, que se harán públicas mediante su exposición en el Tablón de Edictos y Anuncios Digital del Ayuntamiento de Villa del Prado.
Asimismo, en la citada resolución, se hará pública la designación de los miembros titulares y suplentes que componen el Tribunal Calificador.
4.3. Reclamaciones: Los aspirantes excluidos expresamente, así como los que no figuren en la relación provisional de admitidos ni en la de excluidos, dispondrán de un plazo
único e improrrogable de diez días hábiles, contados a partir del siguiente al de la publicación de dicha resolución, a fin de subsanar el defecto que haya motivado su exclusión o su
no inclusión expresa. Quienes dentro del plazo señalado no subsanen los defectos justificando su derecho a ser admitidos, serán definitivamente excluidos del proceso selectivo.
Asimismo, aquellos aspirantes que hayan detectado errores en la consignación de sus
datos personales podrán manifestarlo en el plazo señalado. Quienes dentro de dicho plazo
no subsanen los defectos, justificando su derecho a ser admitidos, serán definitivamente excluidos del proceso de selección.
En caso de no existir reclamaciones, se entenderá elevada la relación provisional de
admitidos y excluidos, automáticamente a definitiva.
4.4. Relación definitiva de aspirantes admitidos y excluidos: Finalizado el plazo de
subsanación, se dictará resolución declarando aprobada la relación definitiva de admitidos
y excluidos. Dicha resolución, que deberá publicarse en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, contendrá la relación nominal de los aspirantes excluidos definitivamente, con su correspondiente identificación, así como la de los lugares en que se encuentren expuestas al público las relaciones definitivas, certificadas y completas, de aspirantes
admitidos y excluidos.
Asimismo, y a propuesta del Tribunal Calificador, se indicará en la citada resolución,
la fecha, lugar y hora de realización de la primera prueba que hubiera de realizarse de la fase
de oposición.
El Tribunal Calificador hará pública en el Tablón de Edictos del Ayuntamiento de Villa
del Prado, la relación de aspirantes que han solicitado adaptación, indicando para cada uno de
ellos la adaptación concedida o, en su caso, las razones de la denegación.
Los aspirantes que, habiendo concurrido por el cupo de discapacidad, no cumplan alguno de los requisitos exigidos para el acceso a dichas plazas de reserva, serán incluidos,
de oficio, en la relación definitiva de aspirantes admitidos y excluidos por el turno libre,
siempre que la Administración tenga conocimiento de tal circunstancia con anterioridad a
la resolución que apruebe las citadas relaciones definitivas de aspirantes admitidos y exclui-

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4. Admisión de aspirantes