Villa del Prado (BOCM-20221123-88)
Ofertas de empleo. Bases procesos selectivos
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BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MIÉRCOLES 23 DE NOVIEMBRE DE 2022

B.O.C.M. Núm. 279

3.3. Lugar de presentación: Las instancias solicitando formar parte en el proceso selectivo deberán presentarse, dirigidas al Presidente de la Corporación de forma telemática
a través del Registro Electrónico del Ayuntamiento de Villa del Prado, según establece el
artículo 14.2 de la Ley 39/2015.
3.4. Plazo de presentación: El plazo de presentación de las solicitudes será de veinte días hábiles a contar desde el día siguiente a la publicación del extracto de la convocatoria en el “Boletín Oficial del Estado”. En dicho extracto figurará la oportuna referencia al
número y fecha del BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID en el que se hubiesen publicado íntegramente, con carácter previo, las correspondientes bases específicas.
Si el último día de presentación de instancias fuera sábado o inhábil, el plazo se entenderá automáticamente prorrogado al día hábil inmediatamente posterior a la citada fecha.
3.5. Documentos a adjuntar: Para ser admitido y, en su caso, tomar parte en las pruebas selectivas correspondientes, las personas aspirantes manifestarán en sus solicitudes de
participación que reúnen todas y cada una de las condiciones exigidas en el apartado anterior, y en las bases específicas de cada convocatoria, referidas siempre a la fecha de expiración del plazo de presentación de instancias, debiendo ir acompañadas en su presentación,
por los siguientes documentos:
a) Documento nacional de identidad o, en su caso, del pasaporte o de cualquier otro
documento acreditativo de la nacionalidad. El documento que se presente habrá
de encontrarse en vigor.
b) Recibo de haber abonado los Derechos de Examen correspondientes según lo dispuesto en la Ordenanza Fiscal Reguladora de la Tasa por Derechos de Examen del
Ayuntamiento de Villa del Prado, que se hará efectivo mediante autoliquidación,
a través de la página web municipal, apartado “Sede Electrónica”. Asimismo, el
Departamento de Personal, y el Registro General, pondrá a disposición de los participantes una copia de la referida documentación.
El cumplimiento de este requisito deberá realizarse inexcusablemente dentro del
plazo de presentación de instancias, no siendo posible la subsanación, ni total ni
parcial del mismo, fuera de dicho plazo, admitiéndose exclusivamente en fase de
subsanación la acreditación de su realización en el plazo indicado.
c) Titulación exigida en las bases específicas o justificante de haber abonado la tasa
por los derechos para su expedición junto con el certificado acreditativo de haber
finalizado los estudios correspondientes. En caso de titulaciones que hayan sido
obtenidas en el extranjero, deberá aportarse la credencial acreditativa de su correspondiente homologación.
d) Acreditación de los méritos a valorar en la fase de concurso, de conformidad con
lo previsto en las bases específicas.
Los méritos relativos a la experiencia profesional se acreditarán, necesariamente,
mediante certificado del órgano correspondiente, en el que se deberán hacer constar los servicios prestados que se pretendan hacer valer como experiencia profesional, con indicación expresa de los períodos de tiempo de prestación de los mismos, la categoría, y el vínculo como funcionario interino o personal laboral
temporal. Este extremo podrá ser comprobado a tal efecto.
e) Las personas aspirantes que en la actualidad prestan servicio en el Ayuntamiento
de Villa del Prado no tendrán que acreditar la experiencia profesional en este
Ayuntamiento pues será justificada de oficio por el departamento oportuno al Tribunal Calificador.
f) Los aspirantes que hayan optado por el turno de discapacidad deberán aportar certificación expedida por los órganos competentes del Ministerio Inclusión, Seguridad Social y Migraciones, o, en su caso, de la Comunidad Autónoma correspondiente, en la que se acredite la calificación de la minusvalía, el grado de la misma,
así como la compatibilidad para el desempeño de las tareas y funciones correspondientes.
g) Aquellos otros que, en su caso, pudieran exigirse en las bases específicas.
3.6. Los aspirantes que se presenten por el cupo de reserva para personas con discapacidad podrán solicitar las necesidades específicas de adaptación y ajuste de tiempo y medios que consideren oportunas para participar en las pruebas selectivas en condiciones de
igualdad. En este caso, deberán presentar junto a la solicitud de participación, escrito en el
que se especifique el tipo de adaptación que solicitan, así como certificado médico justificativo de la adaptación solicitada.

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