Torrejón de Ardoz (BOCM-20221118-85)
Urbanismo. Plan especial
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 275

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
VIERNES 18 DE NOVIEMBRE DE 2022

Pág. 531

Edificabilidad asignada por el PEMU a la AD-III.1: 1.669,36 m2 c.
Defecto de cabida en la AD III.1 según diseño del PEMU: 1.669,36 m2 c.
Corregido el error.
Superficie de suelo del AOS II2-4 según levantamiento topográfico: 1.116,88 m2 s.
Superficie neta para ubicación de edificabilidad: 1.116,88 m2 s.
Superficie de espacio libre de red viaria: 0,00 m2 s.
Superficie de suelo del AD III-1 según levantamiento topográfico 1.014,29 m2 s.
Superficie total (AOS II2-4 y AD III-1) según levantamiento topográfico 2.131,17 m2 s.
Edificabilidad edificable en el AOS II2-4, según Plan General: 3.021,80 m2 c.
Edificabilidad total materializable en el AOS II2-4 según diseño del PEMU: 4.788,10 m2.
Exceso de cabida en propuesta volumétrica del PEMU: 1.766,30 m2 c.
Edificabilidad asignada por el PEMU a la AD-III.1: 1.766,30 m2 c.
Defecto de cabida en la AD III.1 según diseño del PEMU: 1.766,30 m2 c.
Superficie de suelo dotacional a calificar en exceso: 164,44 m2 s < 2.269,21 m2 s.
Ámbito.
El ámbito tal como ha quedado dicho se reduce al AOS II2-4 y a la AD-III. Incluyen
una única Finca Registral de Suelo Urbano Consolidado. Con una superficie de 2.131,17 m2.
Determinaciones y alternativas contempladas.
Alternativa cero.
La alternativa cero supondría la no corrección del error lo cual carecería de sentido.
Resto de alternativas contempladas.
Una vez corregido el error, los datos de edificabilidad son los siguientes:
Superficie de la parcela inicial: 2.131,17 m2 s.
Coeficiente de edificabilidad medio sobre parcela neta edificable: 2,8413 m2 c/m2 s.
Coeficiente de edificabilidad medio sobre parcelas iniciales: 2,2467 m2 c/m2 s.
Superficie de la dotación de acuerdo con el levantamiento topográfico. 1.014,29 m2 s.
Edificabilidad total de la parcela inicial (AOS II2-4.–AD III-1): 4.788,10 m2 c.
Edificabilidad asignada por el Plan General al AOS II2-4: 3.021,80 m2 c.
Edificabilidad de la zona dotacional AD III-1: 1.766,30 m2 c.
Para ubicar esta nueva edificabilidad se han contemplado exclusivamente dos alternativas de diseño:
— El mantenimiento del diseño del Plan Especial.
— La recuperación del diseño deducido de las determinaciones del Plan General.
Criterios seguidos para la elección.
Edificabilidad total de la parcela inicial (AOS II2-4–AD III-1): 4.788,10 m2 c.
Edificabilidad a localizar en el AOS2-4: 4.788,10 m2 c.
El criterio seguido es la facilidad de gestión, que se decanta claramente por la segunda
alternativa ya que el excedente de aprovechamiento no materializable que en el diseño del
PEMU ascendía a 1.421,38 m2 c desaparece en el diseño derivado de la Ordenanza ZU-R6.
Exceso de cabida en el AOS II2-4: 1.766,30 m2 c.
Aprovechamiento a inscribir en finca registral desligada del suelo: 0,00 m2 c.

Objeto.—El objeto de este documento es subsanar la deficiencia del PEMU de Esponjamiento aprobado por acuerdo del Pleno Municipal, de fecha 26 de mayo de 2010, publicado en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID número 145, de 19 de junio
de 2010, consistente en la falta de explicitación de la posibilidad de utilizar el subsuelo de
las vías públicas de cesión, necesaria para el cumplimiento de las determinaciones de la Ordenanza ZUR-1, añadiendo el siguiente párrafo, en la página 12:
“Asimismo, cuando en un Ámbito de Ordenación, por el reducido tamaño de las parcelas edificables resultante de las cesiones de viario añadidas respecto a las previstas en el
Plan General, no sea posible el cumplimiento el estándar de aparcamiento establecido en la
Ordenanza ZUR-1 de aplicación, podrá situarse la totalidad o parte de los aparcamientos en

BOCM-20221118-85

DOCUMENTO DE MODIFICACIÓN PARA SUBSANACIÓN DE
DEFICIENCIAS DEL PLAN DE ESPONJAMIENTO DEL CASCO ANTIGUO