Valdemoro (BOCM-20221118-110)
Ofertas de empleo. Bases proceso selectivos
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BOCM

VIERNES 18 DE NOVIEMBRE DE 2022

B.O.C.M. Núm. 275

rio/a en el que hubiese sido separado/a o inhabilitado/a. Los/las nacionales de otros
Estados deberán acreditar igualmente no hallarse inhabilitados/as o en situación
equivalente ni haber sido sometidos/as a sanción disciplinaria o equivalente que impida, en su Estado, en los mismos términos, el acceso a la función pública.
d) Declaración de no estar incursos/as en incompatibilidad, de acuerdo con la
Ley 53/1984, de 26 de diciembre, y demás normativa de aplicación.
e) Declaración de poseer la capacidad funcional para el desempeño de las tareas de la
categoría a la que se solicita acceder.
f) Original de la documentación acreditativa de los méritos que se han incluido en el
autobaremo para su compulsa.
g) Certificación negativa del Registro Central de delincuentes sexuales, únicamente
para aquellas convocatorias en las que así se establezca en el anexo I, emitido en
el plazo establecido en la presente base.
10.2. Conforme a lo dispuesto en el artículo 23.2 del Real Decreto 364/1995, de 10
de marzo, quienes dentro del plazo indicado en el apartado 10.1, y salvo los casos de fuerza
mayor, no presentasen la documentación exigida en estas bases o del examen de la misma
se dedujese que carecen de alguno de los requisitos exigidos por las mismas no podrán diligenciarse los contratos del personal laboral fijo, quedando anuladas todas sus actuaciones,
sin perjuicio de la responsabilidad en la que pudieran haber incurrido por falsedad en sus
solicitudes de participación.
Undécima. Adjudicación de destinos
11.1. Con el fin de garantizar el funcionamiento de esta administración, el personal
que viniera prestando servicios en plazas incluidas en el presente proceso de estabilización
mantendrá su adscripción siempre que la plaza obtenida sea aquella que ocupaba de forma
temporal y que ha sido objeto de estabilización.
11.2. La adjudicación de las plazas no recogidas en el punto anterior se efectuará de
oficio por la administración.
Duodécima. Formalización de los contratos del personal laboral fijo
12.1. La formalización del contrato de trabajo del personal laboral fijo, por los/las
aspirantes que hubiesen aprobado el proceso selectivo se efectuará en el plazo de un
mes, contado a partir del día siguiente a la fecha de publicación de la lista de aprobados
(base 9.1). Posteriormente se hará pública la declaración de la condición de personal laboral fijo en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
Decimotercera. Comunicaciones e incidencias
13.1. La publicación de todos los actos y acuerdos que se dicten en desarrollo de
cada proceso selectivo se realizará a través de la publicación en el tablón municipal y en la
sede electrónica. Esta publicación será vinculante a efectos de la convocatoria, así como la
que determine el inicio del cómputo de cualquiera de los plazos que estén establecidos y
sean de aplicación según las bases.
13.2. Los/las aspirantes se relacionarán con el órgano competente por los medios
previstos en la convocatoria en relación con las incidencias relativas a la actuación del Tribunal de selección, así como las reclamaciones, quejas, peticiones o sugerencias sobre el
proceso selectivo.
Decimocuarta. Bolsa de Trabajo
14.1. Finalizado el proceso selectivo aquellos aspirantes que no hubieran podido
ocupar la plaza a la que aspiraban, y que figuran relacionados en el listado elaborado conforme a lo establecido en la base 7.3, formarán parte de una Bolsa de Trabajo, para sustituciones, cubrir un puesto ofertado en una oferta de empleo público hasta que dicha convocatoria sea resuelta o para cubrir plazas con carácter urgente e inaplazables.
14.2. El ofrecimiento de contratación a las personas que se encuentran en la Bolsa de
Trabajo se efectuará siguiendo rigurosamente el orden de esta, de tal manera que se ofrezca el nombramiento al/a primer/a candidato/a de dicha bolsa.
La pertenencia a la Bolsa de Trabajo en ningún caso generará una expectativa de incorporación al Ayuntamiento, si no existiera necesidad de cubrir el puesto.
Las separaciones del servicio o el rechazo injustificado del nombramiento motivarán
la exclusión automática de la Bolsa de Trabajo.

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