B) Autoridades y Personal - VICEPRESIDENCIA, CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN Y UNIVERSIDADES (BOCM-20221118-1)
Convocatoria proceso selectivo –  Resolución de 10 de noviembre de 2022, del Director General de Recursos Humanos, por la que se convoca proceso selectivo de ingreso en el Cuerpo de Maestros, por el sistema excepcional de Concurso de Méritos, a plazas del ámbito de gestión de la Administración de la Comunidad de Madrid
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 275

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
VIERNES 18 DE NOVIEMBRE DE 2022

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d) Los aspirantes cuya nacionalidad no sea la española, deberán presentar declaración responsable de no estar sometidos a sanción disciplinara o condena penal,
que impida en su Estado, el acceso a la Función Pública.
e) Todos los aspirantes que no autorizaron a la Dirección General de Recursos Humanos, la consulta al Registro Central de Delincuentes Sexuales, deberán aportar
el certificado personal de dicho Registro.
Los aspirantes cuya nacionalidad sea distinta de la española deberán acreditar,
además de la certificación negativa del Registro Central de Delincuentes Sexuales, la certificación negativa de condenas penales expedido por las autoridades de
su país de origen o de donde sean nacionales, respecto de los delitos relacionados
en el apartado 1 del artículo 3 del Real Decreto 1110/2015, de 11 de diciembre,
por el que se regula el Registro Central de Delincuentes Sexuales. Si el citado certificado no se encontrara redactado en lengua castellana, deberá acompañarse de
su traducción oficial o jurada (realizada por traductor jurado o validada por el consulado u oficina diplomática correspondiente).
f) Aquellos seleccionados que hayan obtenido plaza por el turno de reserva para personas con discapacidad, deberán adjuntar el Dictamen vinculante, actualizado, de
las condiciones psíquicas, físicas y sensoriales, expedido por el equipo multiprofesional competente. Dicho dictamen vinculante deberá contener los aspectos siguientes:
— Que el grado de discapacidad sea igual o superior al 33 por 100.
— Carácter permanente o revisable de la misma con indicación de la fecha de la
revisión en su caso.
— Cumplimiento de las condiciones de aptitud personal o capacidad funcional
en relación con el puesto de trabajo.
Los seleccionados por este turno, que tengan reconocido su grado de discapacidad
a través de los Centros Base de Atención a personas con discapacidad de la Consejería de Familia, Juventud y Política Social de la Comunidad de Madrid, no deberán aportar ninguna documentación. El Dictamen será solicitado de oficio por
la Dirección General de Recursos Humanos.
De conformidad con el artículo 28.3 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, no deberán
aportar la citada documentación en aquellos casos en los que ya haya sido aportada junto
con la solicitud, o con anterioridad en procedimientos selectivos de cualquier Administración educativa. A estos efectos, el interesado deberá indicar en qué momento y ante qué órgano administrativo presentó los citados documentos, debiendo las Administraciones Públicas recabarlos electrónicamente a través de sus redes corporativas o de una consulta a las
plataformas de intermediación de datos u otros sistemas electrónicos habilitados al efecto,
salvo que conste en el procedimiento la oposición expresa del interesado.
Excepcionalmente, cuando la relevancia del documento en el procedimiento lo exija o
existan dudas derivadas de la calidad de la copia aportada, se podrá solicitar de manera motivada y otorgando un plazo de 20 días hábiles, la nueva aportación de la documentación
por la persona interesada, o la exhibición del documento o de la información original.
10.1. Efectos de la no presentación de la documentación o de la carencia de requisitos: quienes, dentro del plazo fijado, y salvo los casos de fuerza mayor, no presenten la documentación, o del examen de la misma se desprendiera que carecen de alguno de los requisitos señalados en la base tercera de esta convocatoria y quedarán anuladas sus
actuaciones, sin perjuicio de la responsabilidad en que hubieran podido incurrir por falsedad en la solicitud de participación.
Undécima

Las personas que superen el procedimiento selectivo convocado no tendrán que realizar una fase de prácticas. Una vez comprobado que reúnen los requisitos generales y específicos de participación establecidos en la presente convocatoria, y aprobado el expediente
del presente procedimiento, la Dirección General de Recursos Humanos, remitirá la lista de
seleccionados en el Cuerpo de Maestros al Ministerio de Educación y Formación Profesional, con indicación del cuerpo y especialidad, a efectos de su nombramiento y de la expedición de los títulos de funcionarios de carrera.

BOCM-20221118-1

Nombramiento de funcionarios de carrera