B) Autoridades y Personal - VICEPRESIDENCIA, CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN Y UNIVERSIDADES (BOCM-20221118-1)
Convocatoria proceso selectivo –  Resolución de 10 de noviembre de 2022, del Director General de Recursos Humanos, por la que se convoca proceso selectivo de ingreso en el Cuerpo de Maestros, por el sistema excepcional de Concurso de Méritos, a plazas del ámbito de gestión de la Administración de la Comunidad de Madrid
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BOCM

VIERNES 18 DE NOVIEMBRE DE 2022

B.O.C.M. Núm. 275

El nombramiento como funcionario de carrera se efectuará con efectos del día de comienzo del curso escolar siguiente a aquel en que haya finalizado el procedimiento selectivo convocado.
Duodécima
Destino provisional del personal aspirante seleccionado
Hasta su nombramiento como funcionarios de carrera, las personas aspirantes que superen el procedimiento selectivo tanto por el turno libre como por el de reserva para personas con discapacidad, quedan obligadas a incorporarse a los destinos que le sean adjudicados en la Administración educativa por la que hayan sido seleccionados.
En el supuesto de que la finalización del procedimiento, a través de la resolución por
la que se adjudiquen de manera definitiva las plazas convocadas, se produzca antes de la
conclusión del curso académico 2022-2023, las personas aspirantes que resulten seleccionadas, hasta la formalización de su nombramiento como personal funcionario de carrera por
el Ministerio de Educación y Formación Profesional, quedan obligadas a incorporarse con
fecha de 1 de septiembre de 2023 a los destinos que le sean adjudicados de acuerdo con lo
que determine esta Administración educativa.
Para la adjudicación del destino de carácter provisional, el personal aspirante que supere el procedimiento selectivo deberá efectuar la solicitud, conforme al procedimiento establecido en la Administración educativa en la que haya superado el procedimiento selectivo, dentro del plazo que en cada caso se establezca. En el caso de no incorporarse a los
citados destinos en el plazo que se establezca, de no mediar causa justificada, se entenderá
que renuncian a los efectos derivados de la superación del proceso selectivo.
En el supuesto de que la finalización del procedimiento, a través de la resolución por
la que se adjudiquen de manera definitiva las plazas convocadas, se produzca una vez iniciado el curso académico 2023-2024, los aspirantes seleccionados se incorporarán con fecha de 1 de septiembre de 2024, conforme al procedimiento que establezca esta Administración educativa.
Decimotercera
Obtención de destino definitivo como funcionarios de carrera
De conformidad con lo dispuesto en el artículo 10 del Real Decreto 276/2007, de 23
de febrero, los aspirantes que superen el procedimiento selectivo y sean nombrados personal funcionario de carrera, deberán obtener su primer destino definitivo en el ámbito de la
administración educativa en la que haya superado el procedimiento selectivo, estando obligado, a estos efectos, a participar en los sucesivos concursos ordinarios de traslados que las
citadas administraciones educativas convoquen, en la forma que se determinen en sus respectivas convocatorias.
Decimocuarta
No inclusión en las listas de interinos
Del procedimiento selectivo convocado por la presente resolución, al tratarse de un
Concurso de Méritos en el que no se ha realizado ninguna prueba selectiva, no se derivará
ningún derecho para el personal aspirante respecto a la integración en las listas de interinos
de las administraciones educativas convocantes.
Decimoquinta
Acceso a la información a través de Internet y Protección de datos personales
De acuerdo con la Recomendación 2/2008, de 25 de abril (BOLETÍN OFICIAL DE LA
COMUNIDAD DE MADRID de 8 de septiembre), de la Agencia de Protección de Datos de la
Comunidad de Madrid, todos los listados y actuaciones a los que se dé publicidad de
acuerdo con las bases de esta convocatoria podrán consultarse, a título informativo, en el
portal “personal+educación”, al que se podrá acceder desde la dirección de internet
www.comunidad.madrid/servicios/personal-educacion
Los listados pueden consultarse en este portal y se ajustan a la legislación de protección de datos, no constituyen fuente de acceso público y no podrán ser reproducidos ni en
todo ni en parte, ni transmitidos ni registrados por ningún sistema de recuperación de información, sin consentimiento de los propios afectados.
Para poder acceder a determinados datos de su interés, conforme se establezca en las
resoluciones que desarrollen esta convocatoria, es necesario disponer de uno de los certifi-

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