B) Autoridades y Personal - VICEPRESIDENCIA, CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN Y UNIVERSIDADES (BOCM-20221118-1)
Convocatoria proceso selectivo –  Resolución de 10 de noviembre de 2022, del Director General de Recursos Humanos, por la que se convoca proceso selectivo de ingreso en el Cuerpo de Maestros, por el sistema excepcional de Concurso de Méritos, a plazas del ámbito de gestión de la Administración de la Comunidad de Madrid
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BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
VIERNES 18 DE NOVIEMBRE DE 2022

B.O.C.M. Núm. 275

cación Docente de Oposiciones (ADO), a la que se puede acceder siguiendo la secuencia
que se indica en el apartado 4.1 de esta convocatoria, en aplicación de lo establecido en el
artículo 3 del Decreto 188/2021, de 21 de julio, del Consejo de Gobierno, por el que se regula la obligación de relacionarse por medios electrónicos con la Administración de la Comunidad de Madrid, del personal a su servicio y de los participantes en procesos selectivos.
Para ello, deberán seleccionar la solicitud que figure en la aplicación ADO como registrada, para proceder, a continuación, a cumplimentar la alegación y adjuntar documentación, en su caso. Por último, deberá ser registrada a través de dicha aplicación para que la
alegación se considere válidamente presentada.
Para poder presentar la solicitud por medios electrónicos, es necesario disponer de uno
de los Certificados Electrónicos reconocidos o cualificados de firma electrónica, que sean
operativos en la Comunidad de Madrid y expedidos por prestadores incluidos en la “Lista
de confianza de prestadores de servicios de certificación”, estar dado de alta en alguno de
los sistemas de identificación y autenticación Cl@ve de la Administración General del Estado o cualquier otro sistema de firma electrónica que la Comunidad de Madrid, considere válido en los términos y condiciones que se establezcan específicamente para
cada tipo de firma. Dicha información se encuentra en el portal “personal+educación”
( comunidad.madrid/servicios/personal-educación ), en la sección “Tramitación electrónica”.
8.2. Lista de publicación de las puntuaciones definitivas del baremo de méritos de
los aspirantes: una vez resueltas las alegaciones presentadas, por los Tribunales de Selección, mediante resolución de la Dirección General de Recursos Humanos, que se publicará
en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, se elevarán a definitivas las puntuaciones de la fase de concurso, declarándose desestimadas las alegaciones no recogidas
en la misma. Estas listas se podrán consultar en las mismas rutas indicadas para las listas de
las puntuaciones provisionales.
El trámite de notificación a la contestación de las alegaciones se entenderá efectuado
mediante la publicación de la citada resolución.
A efectos meramente informativos, el Ministerio de Educación y Formación
Profesional publicará en su página
https://www.eduacionyfp.gob.es/contenidos/profesorado/no-universitarios/oposiciones-yofertas-trabajo/oposiciones.html , el listado general de las puntuaciones definitivas de
todos los participantes, de acuerdo con la información facilitada por las
Administraciones educativas señaladas en el Anexo I, distribuidos por cuerpo,
especialidad y, en su caso, turno de ingreso. En el citado listado se señalará el orden de
peticiones realizado por cada uno de ellos a las plazas convocadas en las
Administraciones educativas antes citadas.
Dicha información estará disponible también en la página web de cada una de las Administraciones educativas participantes, respecto a las especialidades que en cada caso hayan convocado.
Novena
9.1. Aspirantes seleccionados: superarán este procedimiento selectivo y, por tanto,
se declarará que han superado el proceso selectivo en la Comunidad de Madrid, aquellos
aspirantes que, ordenados según la puntuación definitiva asignada les corresponda un número de orden igual o inferior al número de plazas asignadas para cada uno de los cuerpos,
especialidad y turno.
De conformidad con lo dispuesto en el artículo 15 del Real Decreto 276/2007, de 23
de febrero, no se podrá concurrir a plazas de la misma especialidad de una convocatoria por
distintos turnos. Cuando se haya concursado a plazas de una especialidad por el turno de reserva de discapacidad, se podrán obtener las plazas correspondientes a la misma especialidad del turno libre de ingreso que hayan sido convocadas por las administraciones educativas cuyas plazas hayan sido solicitadas por el referido turno de reserva, siempre que no se
obtuviera plaza por dicho turno y su puntuación fuera superior a la obtenida por otros aspirantes del sistema de ingreso libre que hayan solicitado las plazas de esas administraciones.
En este caso la persona aspirante, deberá ser incluido en cada una de las administraciones
educativas en las que participa por su orden de puntuación en el sistema de acceso general.

BOCM-20221118-1

Superación del procedimiento selectivo