B) Autoridades y Personal - VICEPRESIDENCIA, CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN Y UNIVERSIDADES (BOCM-20221118-1)
Convocatoria proceso selectivo –  Resolución de 10 de noviembre de 2022, del Director General de Recursos Humanos, por la que se convoca proceso selectivo de ingreso en el Cuerpo de Maestros, por el sistema excepcional de Concurso de Méritos, a plazas del ámbito de gestión de la Administración de la Comunidad de Madrid
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BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
VIERNES 18 DE NOVIEMBRE DE 2022

B.O.C.M. Núm. 275

— Verificar que la valoración del baremo de méritos por parte de las Comisiones de
baremación se ajusta a lo dispuesto en el Anexo II de la presente convocatoria y
resolver las dudas que les pudieran surgir.
— Agregar las puntuaciones asignadas a las personas participantes en los distintos
apartados del baremo de méritos, para su remisión a la Dirección General de Recursos Humanos, a efectos de la resolución coordinada del concurso excepcional.
— Resolver las alegaciones que se produzcan en el procedimiento, así como emitir
los informe motivados ante posibles recursos de alzada derivados del mismo, previo informe de la Comisión de baremación.
— La conformación del expediente administrativo mediante la cumplimentación de
los modelos que se faciliten por la Dirección General de Recursos Humanos.
— Establecer, en la sesión de constitución, las normas de funcionamiento del Tribunal de selección y de las Comisiones de baremación
— Cualquier otra función que determine la Dirección General de Recursos Humanos.
6.3. Funciones de las Comisiones de baremación
Serán funciones de las comisiones de baremación las siguientes:
— La baremación de los méritos acreditados por los aspirantes, de conformidad con
lo establecido en el Anexo II de esta convocatoria, por delegación de los tribunales de selección.
— Las Comisiones asistirán a los tribunales de selección en cuantas cuestiones relativas a la baremación se estimen oportunas.
— La emisión de informes a los efectos de poder resolver posibles alegaciones y recursos de alzada.
— Grabación, en el aplicativo habilitado al efecto, de las puntuaciones obtenidas por
los aspirantes en cada uno de los apartados del baremo.
6.4. Designación de los miembros de los Tribunales de Selección y Comisiones de
baremación.
6.4.1. Designación mediante participación voluntaria. Plazo de presentación de solicitudes: de conformidad con lo establecido en el artículo 7, apartado 7, del Real Decreto 276/2007,
de 23 de febrero, la Dirección General de Recursos Humanos de la Vicepresidencia, Consejería de Educación y Universidades, promoverá la participación voluntaria en dichos órganos, entre los funcionarios de carrera en activo, del Cuerpo de Maestros, titulares de las
especialidades correspondientes o Profesores de Enseñanza Secundaria para la especialidad
de Lengua extranjera: Inglés.
Los funcionarios de carrera que, cumpliendo los requisitos recogidos en esta base,
voluntariamente quieran formar parte de un tribunal o comisión, tendrán que formalizar
la solicitud de participación según el Anexo V de esta convocatoria, al que se puede acceder
a través del portal de la Comunidad de Madrid, en https://tramita.comunidad.madrid/ofertaempleo/concurso-excepcional-maestros . También se podrá acceder, con carácter meramente informativo y, sin efectos administrativos, a través del portal “personal +educación” ( www.comunidad.madrid/servicios/personal-educacion ), siguiendo la secuencia
“Funcionarios Docentes”, “Procesos selectivos”, “Estabilización”, “Concurso de Méritos excepcional de Maestros”.
Las solicitudes se dirigirán a la Subdirección General de Gestión del Profesorado de
Educación Infantil, Primaria y Especial de la Dirección General de Recursos Humanos.
No se admitirá más de una solicitud por participante. Asimismo, se indicará solo una
especialidad por la que desee intervenir, siempre que sea titular o esté habilitado para la
misma.
Los interesados marcarán la casilla correspondiente según deseen participar en calidad
de miembro del Tribunal o como miembro de la Comisión de baremación. Pueden señalar
una o varias opciones, entendiéndose que se comprometen a participar indistintamente según lo reseñado.
No podrán solicitar la participación voluntaria en los citados órganos, las personas que
disfruten de un permiso de reducción de jornada u otras incidencias que no permitan su actuación como miembros de Tribunal y las que hayan sido sancionadas con suspensión de
funciones mediante expediente disciplinario.
El plazo de presentación de solicitudes de participación será de 20 días hábiles a contar desde el siguiente a la publicación de esta Resolución.
Para poder presentar la solicitud por medios electrónicos, es necesario disponer de uno
de los certificados electrónicos reconocidos o cualificados de firma electrónica, que sean

BOCM-20221118-1

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