C) Otras Disposiciones - CONSEJERÍA DE MEDIO AMBIENTE, VIVIENDA Y AGRICULTURA (BOCM-20221118-21)
Bases ayudas –  Orden 3706/2022, de 2 de noviembre, de la Consejería de Medio Ambiente, Vivienda y Agricultura, por la que se establecen las bases reguladoras de las ayudas para la modernización de las estructuras agrarias, cofinanciadas por el Fondo Europeo Agrícola de Desarrollo Rural (FEADER) y por la Administración General del Estado y se aprueba la convocatoria para el año 2022 de la ayuda a las inversiones no productivas vinculadas al cumplimiento de objetivos agroambientales y climáticos
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 275

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
VIERNES 18 DE NOVIEMBRE DE 2022

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3. Igualmente, podrán aportarse documentos durante la tramitación del expediente,
a través de la opción "Aportación de Documentos", disponible en el apartado de Gestiones
y Trámites del portal www.comunidad.madrid.
4. Los sujetos relacionados en el artículo 14.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre,
del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, están obligados a relacionarse a través de medios electrónicos con la Comunidad de Madrid, para la realización de cualquier trámite en este procedimiento administrativo.
5. Para la presentación de la solicitud por medios electrónicos, es necesario disponer
de uno de los Certificados Electrónicos reconocidos o cualificados de firma electrónica, que
sean operativos en la Comunidad de Madrid y expedidos por prestadores incluidos en la
"Lista de confianza de prestadores de servicios de certificación" o cualquier otro sistema de
firma electrónica que la Comunidad de Madrid considere válido en los términos y condiciones que se establezcan específicamente para cada tipo de firma.
Artículo 32
Plazo de presentación de solicitudes
El plazo de presentación de solicitudes será de diez días hábiles contado a partir del
día siguiente al de la publicación de la respectiva convocatoria en forma de extracto en el
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
Artículo 33
Documentación a aportar

a) Si el solicitante es una persona física:
1. NIF/NIE del solicitante. El NIF/NIE podrá ser obtenido de oficio por la Comunidad de Madrid si el solicitante no se opone a la consulta.
2. Acreditación de la cualificación profesional, bien con formación lectiva o justificando experiencia profesional.
La formación lectiva se acreditará mediante alguna de las siguientes formas:
(i) Título académico de la rama agraria.
(ii) Diploma de capataz de especialidad agraria de primer grado al menos.
(iii) Certificado de asistencia al curso de incorporación a la empresa agraria.
(iv) Certificados de cursos de cualificación agraria o de actividades complementarias, expedidos por el organismo administrativo competente o por entidades privadas, en cuya organización y/o financiación haya participado algún
organismo oficial.
La experiencia profesional, se acreditará mediante Informe de Vida Laboral emitido por la Tesorería Territorial de la Seguridad Social; o 3 declaraciones de IRPF
con ingresos agrarios de los últimos 5 años, siendo obligatoria la del último año,
o cualquier otra documentación que acredite el ejercicio de la actividad agraria durante 3 años.
En el caso de incorporación de jóvenes que no hayan completado su cualificación
profesional deberán acreditar, al menos, el 50% de las horas lectivas exigidas y
presentar un compromiso de adquirirlas.
b) Si el solicitante es una persona jurídica:
1. NIF de la persona jurídica y el NIF/NIE de su representante. El NIF/NIE podrá ser obtenido de oficio por la Comunidad de Madrid si el solicitante no se
opone a la consulta.
2. Listado actualizado del número de socios, cuando proceda.
3. Escrituras de constitución.
4. Certificado de la Agencia Estatal de Administración Tributaria en el que se
indique que ejerce la actividad agraria.
5. Certificado actualizado del registro que le corresponda.
6. Certificación del acuerdo válidamente tomado en junta o asamblea general haciendo constar la aprobación del proyecto presentado y las ayudas que se solicitan.

BOCM-20221118-21

1. Junto a la solicitud se deberá aportar la siguiente documentación:
A. Con carácter general para todas las ayudas