C) Otras Disposiciones - CONSEJERÍA DE ECONOMÍA, HACIENDA Y EMPLEO (BOCM-20221118-25)
Bases ayudas –  Orden de 27 de octubre de 2022, de la Consejería de Economía, Hacienda y Empleo, por la que se aprueban las bases reguladoras de las ayudas a las empresas del Sector Comercio que tengan la consideración de Pyme y a las asociaciones de comerciantes de la Comunidad de Madrid para apoyar e impulsar la competitividad y modernización a través de la transformación digital y sostenible en el comercio, en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, financiado por la Unión Europea, Nextgeneration EU, y se realiza la convocatoria para el año 2022
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BOCM
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BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
VIERNES 18 DE NOVIEMBRE DE 2022

B.O.C.M. Núm. 275

DISPONGO
Capítulo I
Artículo 1
Objeto y finalidad
1. El objeto de la presente Orden es aprobar las bases reguladoras de las subvenciones destinadas a apoyar e impulsar la competitividad y modernización, a través de la transformación digital y sostenible, de las pequeñas y medianas empresas de comercio y de las
asociaciones de comerciantes para los ejercicios 2022 y 2023.
2. La finalidad de estas ayudas es financiar proyectos de inversión de contenido tecnológico, innovador y sostenible que, presentados por las PYMES del sector comercial,
bien de manera individual o a través de sus asociaciones, incidan en la gestión de su actividad comercial y en su modelo de negocio, garantizando su adaptación a los nuevos hábitos
de consumo, modalidades de venta, posicionamiento y distribución.
3. A tal efecto, se establecen dos líneas de ayudas:
a) Línea destinada a las pequeñas y medianas empresas y a las personas titulares de
empresas individuales del sector comercial.
b) Línea destinada a las asociaciones sin ánimo de lucro de comerciantes.
Artículo 2
Financiación
1. Mediante Orden del Consejero de Economía, Hacienda y Empleo, que se publicará en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, se declararán los créditos presupuestarios disponibles en cada anualidad, conforme al artículo 4.5 de la Ley 2/1995, de 8
de marzo, de Subvenciones de la Comunidad de Madrid.
2. La financiación de las subvenciones previstas en estas bases reguladoras se efectuará con cargo al Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, financiado por la
Unión Europea, NextGenerationEU, subconcepto 79000 del programa 431A “Comercio”
de la Dirección General de Comercio y Consumo del presupuesto de gastos de la Consejería de Economía, Hacienda y Empleo para los años 2022 y 2023.
3. El crédito total previsto asciende a 12.000.000 euros en la aplicación presupuestaria 79000, siendo el crédito previsto para los años 2022 y 2023 de 6.000.000 euros, respectivamente, para cada una de las anualidades previstas. No obstante, los créditos no consumidos del año 2022 podrán ser incorporados al ejercicio 2023.
4. A la financiación de los proyectos de la línea descrita en el artículo 1.3.a) de las
presentes bases reguladoras, se destinará la cantidad de 4.500.000 euros.A la financiación
de los proyectos de la línea del artículo 1.3.b), se destinará la cantidad de 1.500.000 euros.
Los créditos no agotados de cada una de las líneas podrán ser incorporados a la financiación, caso de ser necesario, de los proyectos de la otra línea.
5. En el caso de que se produzcan variaciones de las cuantías totales máximas, se procederá, previa la tramitación de los procedimientos de gasto que correspondan, a la modificación de la disponibilidad de los créditos prevista en estas bases, dando publicidad a las nuevas cuantías a través de la Base de Datos Nacional de Subvenciones, así como por cualquier
otro medio que se estime necesario para dar conocimiento a los posibles interesados.
Capítulo II
Bases reguladoras

Régimen jurídico
1. Serán de aplicación a estas subvenciones, además de las presentes bases reguladoras, la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones; el Real Decreto 887/2006,
de 21 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley General de Subvenciones; la
Ley 2/1995, de 8 de marzo, de subvenciones de la Comunidad de Madrid; el Decreto 76/1993,
de 26 de agosto, por el que se aprueba el Reglamento de procedimiento para la concesión de
ayudas y subvenciones Públicas, y el Decreto 222/1998, de 23 de diciembre, de desarrollo
parcial de la Ley 2/1995, de 8 de marzo, de subvenciones de la Comunidad de Madrid y las

BOCM-20221118-25

Artículo 3