D) Anuncios - CONSEJERÍA DE MEDIO AMBIENTE, VIVIENDA Y AGRICULTURA (BOCM-20221117-33)
Convenio –  Convenio de 27 de octubre de 2022, entre la Comunidad de Madrid, a través de la Consejería de Medio Ambiente, Vivienda y Agricultura, y el Consejo Superior de los Colegios de Arquitectos de España (CSCAE) para la concesión directa de una subvención destinada al apoyo en la organización del foro de la Unión Internacional de Arquitectos sobre vivienda asequible, “UIA Affordable Housing Activation. Removing Barriers (AHA)”, que se ha celebrado en Madrid en el mes de mayo de 2022
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BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
JUEVES 17 DE NOVIEMBRE DE 2022

B.O.C.M. Núm. 274

Por lo anterior, las partes acuerdan suscribir el presente Convenio con sujeción a las
siguientes
CLÁUSULAS
Primera
Objeto
Constituye el objeto del presente Convenio instrumentar la concesión directa de una
subvención al beneficiario en el año 2022, con carácter excepcional por razones de interés
público y que dificultan su convocatoria pública, dirigida a financiar las actuaciones orientadas a la celebración en la ciudad de Madrid del Foro de la Unión Internacional de Arquitectos sobre vivienda asequible, “UIA International Forum on Affordable Housing Activation. Removing Barriers (AHA)” que tuvo lugar del 18 al 20 de mayo de 2022.
Segunda
Serán gastos subvencionables aquellos que de manera indubitada respondan a la naturaleza de la actividad subvencionada.
El beneficiario destinará la cantidad recibida a los siguientes fines exclusivos de la organización y celebración del Foro:
— Gastos de dirección, gestión y coordinación de equipos y comités: gastos relativos
a la contratación de personal para el desarrollo de las acciones de coordinación de
consejos UIA y reuniones, elaboración de actas de comités, informes y documentos operativos, gestión de BB DD y de archivos, gestión de enlace con las Secretaría UIA, gestión de enlace con los equipos de Data Science de la herramienta de
datos del Foro, gestión y coordinación de los eventos AHA a nivel local, nacional
e internacional, gestión de interesados y stakeholders, así como la dirección de acciones paralelas.
— Gastos de personal necesario para gestión y organización.
— Gastos de comunicación: gastos relativos a la estrategia y posicionamiento de comunicación, la identidad corporativa, la aplicación de la identidad corporativa del
Foro y el diseño del front web del evento. Con respecto a la comunicación web,
gastos por el desarrollo de la plataforma digital que alberga los contenidos y herramientas del Foro. Asimismo, gastos de estrategia con los medios de comunicación y canales propios, la estrategia digital, la estrategia de contenidos, las acciones de difusión y seguimiento, la gestión de la oficina de prensa, la gestión de
issues reputacionales, la gestión de redes sociales y community management.
— Gastos de contratación de servicios: logísticos (cesión e identificación de espacios, apoyo en la identificación de partners, gestión de invitaciones, apoyo en la
organización de los debates regionales), así como de difusión y promoción, tecnológicos, de desarrollo y de interpretación simultánea.
— Gastos de producción: relativos a la producción audiovisual del acto presencial y
a su retransmisión en streaming durante los tres días de celebración presencial
(18-19-20 de mayo). Estos gastos contemplan tanto el alquiler del Gran Teatro
Príncipe Pío de Madrid como la organización, producción técnica y creativa, producción audiovisual, escenografía del evento y asistencia técnica y personal.
En ningún caso, el coste de los gastos subvencionables podrá ser superior al mercado.
Se considerará gasto realizado el que haya sido efectivamente pagado con anterioridad a la
finalización del período de justificación.
Cuando el importe del gasto subvencionable supere las cuantías establecidas en la
Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público, el beneficiario deberá
solicitar como mínimo tres ofertas de diferentes proveedores, con carácter previo a la contracción del compromiso, salvo que por las especiales características del gasto subvencionable no exista en el mercado suficiente número de proveedores. La elección de las ofertas presentadas deberá aportarse en la justificación conforme a lo dispuesto en el presente
convenio.
El IVA será subvencionable solo en el caso de que no sea susceptible de recuperación
o compensación por el beneficiario previa acreditación de tal circunstancia.

BOCM-20221117-33

Gastos subvencionables