Tres Cantos (BOCM-20221116-98)
Ofertas de empleo. Convocatoria proceso selectivo
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BOCM

MIÉRCOLES 16 DE NOVIEMBRE DE 2022

B.O.C.M. Núm. 273

Los miembros del Tribunal deberán abstenerse de intervenir, notificándolo a la autoridad
convocante, cuando concurran las circunstancias previstas en el artículo 23 de la Ley 40/2015,
de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.
La actuación del Tribunal habrá de ajustarse estrictamente a las presentes bases de la
convocatoria.
Las personas aspirantes tendrán el DNI o pasaporte vigente y a disposición del Tribunal para cuando este solicite su identificación durante el proceso selectivo.
Novena. Finalización del proceso selectivo.—Una vez terminada la calificación de
las personas aspirantes, el Tribunal hará pública, a través del tablón de anuncios de la sede
electrónica, la relación de aspirantes que hubieran superado el proceso selectivo por orden
de puntuación, no pudiendo rebasar éstos el número de plazas convocadas.
No obstante, con el fin de asegurar la cobertura de las plazas, cuando se produzcan renuncia de los aspirantes seleccionados antes de su nombramiento como funcionario de carrera, el órgano convocante podrá requerir del órgano de selección relación complementaria de los aspirantes que sigan al propuesto para su posible nombramiento.
Simultáneamente a su publicación, el Tribunal calificador elevará al órgano competente la propuesta de nombramiento como personal funcionario de carrera al candidato que hubiera obtenido la calificación definitiva más elevada.
Se creará una Bolsa de empleo con las personas candidatas que hubieran superado los
dos ejercicios del proceso selectivo, y que hayan obtenido una puntuación igual o superior
a 5 puntos. El orden de colocación será de mayor a menor puntuación. Las personas candidatas que no deseen formar parte de la misma deberán comunicarlo expresamente al Departamento de Recursos Humanos del Ayuntamiento de Tres Cantos.
Por razones de urgencia u oportunidad el Ayuntamiento podrá, previa negociación con
las organizaciones sindicales, en el supuesto de que no existan suficientes aspirantes disponibles para ser nombrados funcionarios interinos, se podrá ampliar la bolsa de trabajo derivada del proceso selectivo incorporando a la misma a aquellos aspirantes, que habiendo
concurrido al primer ejercicio eliminatorio, obtuvieron una puntuación igual o superior a
cinco puntos.
Décima. Calificación definitiva y nombramiento como funcionario de carrera.—La
calificación definitiva del proceso de selección vendrá dada por la suma de la calificación
de la fase de oposición y la correspondiente a la fase de concurso.
Una vez efectuada la calificación definitiva, el Tribunal calificador publicará en el tablón de anuncios de la sede electrónica del Ayuntamiento de Tres Cantos la relación de personas aprobadas por orden de puntuación y elevará dicha relación al órgano competente con
la propuesta de nombramiento como funcionario de carrera del aspirante que hubiera obtenido la calificación definitiva más alta.
Décimo primera. Presentación de documentos.—Una vez concluido el proceso selectivo, el aspirante propuesto, con carácter previo a su nombramiento e incorporación quedará obligado a presentar en el Departamento de Recursos Humanos, todos los documentos acreditativos de las condiciones de capacidad y requisitos exigidos en la base tercera.
a) Original y copia del DNI en vigor. Para los nacionales de otros Estados, el Pasaporte o el número de identidad extranjero en vigor, y en su caso, la documentación
que fuera precisa a efectos de acreditar el cumplimiento del requisito de nacionalidad en los términos establecidos en la base tercera de la presente convocatoria.
b) Original y copia del título académico oficial exigido para el ingreso en la base tercera
o de la justificación acreditativa de haberlo solicitada y abonado los correspondientes derechos para su expedición, en cuyo caso deberá aportar además, certificación
académica comprensiva de todas las materias cursadas donde conste expresamente
que se han finalizado los estudios conducentes a la obtención del título.
En caso de titulaciones obtenidas en el extranjero deberá presentarse la correspondiente credencial de homologación.
c) Declaración jurada o promesa de no haber sido separado mediante expediente disciplinario del servicio de cualquiera de las Administraciones Públicas o de los Órganos Constitucionales o Estatutarios de las Comunidades autónomas, ni hallarse
en inhabilitación absoluta o especial para empleos o cargos públicos por resolución judicial. En el caso de ser nacional de otro Estado, deberá presentar, además,
declaración jurada o promesa de no hallarse inhabilitado o en situación equivalente ni haber sido sometido a sanción disciplinaria o equivalente que impida, en su
Estado, en los mismos términos el acceso al empleo público.

BOCM-20221116-98

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