Tres Cantos (BOCM-20221116-98)
Ofertas de empleo. Convocatoria proceso selectivo
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 273

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MIÉRCOLES 16 DE NOVIEMBRE DE 2022

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d) Declaración de actividades ajenas al empleo municipal a efectos de incompatibilidad según Ley 53/1984, de 26 de diciembre, de Incompatibilidades del Personal
al servicio de las Administraciones Públicas y demás normativa de aplicación,
mediante el ejemplar normalizado que será formalizado en el Departamento de
Recursos Humanos.
e) Certificado médico que acredite la posesión de la capacidad funcional para el desempeño de las tareas propias de la categoría. En el caso de personas aspirantes
con discapacidad deberán aportar certificado vigente, expedido por el órgano
competente que acredite la condición, el grado de discapacidad y en el que conste su capacidad funcional para el desempeño de las tareas y funciones propias de
la categoría convocada.
El plazo de presentación de los documentos será como máximo de 20 días hábiles contados a partir del siguiente a la publicación del candidato propuesto por el Tribunal en el
Tablón de anuncios de la Sede electrónica del Ayuntamiento de Tres Cantos.
Si dentro del plazo indicado, y salvo los casos de fuerza mayor, no presentase su documentación o no reuniese los requisitos y condiciones exigidos en la convocatoria, no podrá ser nombrado y quedarán anuladas todas sus actuaciones, sin perjuicio de la responsabilidad en que hubiera podido incurrir por falsedad en la instancia solicitando tomar parte
en el proceso selectivo.
Trascurrido el plazo de presentación de documentos y aportados por el aspirante los
documentos procederá, por el órgano competente, de conformidad con la propuesta efectuada por el Tribunal calificador, a efectuar el nombramiento como funcionario de carrera.
La resolución del proceso selectivo tendrá carácter vinculante sin que, en ningún caso,
pueda aprobarse ni declararse que han superado las pruebas selectivas un número de aspirantes superior al de las plazas convocadas.
La toma de posesión se efectuará en el plazo de un mes, contado desde la fecha de publicación de su nombramiento como funcionario de carrera en el BOLETÍN OFICIAL DE LA
COMUNIDAD DE MADRID.
Décimo segunda. Impugnación.—Las bases, su convocatoria y cuantos actos administrativos se deriven de ellas y de la actuación del Tribunal calificador, podrán ser impugnadas en los casos y en la forma establecida en la Ley 39/2015, de 1 de octubre del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
ANEXO

1. La Constitución española de 1978 (1): estructura y contenido. Derechos y deberes
fundamentales. Su garantía y suspensión.
2. La Constitución española de 1978 (2): el Gobierno y la Administración. Relaciones entre el gobierno y las Cortes Generales. El Poder Judicial.
3. La elaboración de las leyes en la Constitución Española de 1978. Tipos de Leyes.
Disposiciones del Ejecutivo con fuerza de Ley. El Reglamento.
4. La Organización territorial del Estado en la Constitución: principios generales. La
Administración Local. Las comunidades autónomas: Los Estatutos de Autonomía.
5. La Comunidad de Madrid. Competencias. Organización institucional: La Asamblea de Madrid, el Presidente, el Gobierno.
6. El Municipio. Competencias. La organización de los municipios de régimen común. La organización de los municipios de gran población.
7. La organización política y administrativa del Ayuntamiento de Tres Cantos: el
Gobierno municipal. El Pleno.
8. La organización política y administrativa del Ayuntamiento de Tres Cantos: el alcalde. Los tenientes de alcalde. La Junta de Gobierno.
9. Reglamento Orgánico del Ayuntamiento de Tres Cantos.
10. El personal al servicio de la Administración Pública (1) según el Texto Refundido de
la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, aprobado por Real Decreto Legislativo 5/2015,
de 30 de octubre: Clases. Adquisición y pérdida de la condición de funcionario.
11. El personal al servicio de la Administración Pública (2). Situaciones administrativas. Derechos de los empleados públicos. Derecho a la carrera profesional y a la promoción interna. La evaluación del desempeño. Derechos retributivos. Derechos a la jornada de
trabajo, permisos y vacaciones. Régimen disciplinario.

BOCM-20221116-98

Grupo I