D) Anuncios - CONSEJERÍA DE CULTURA, TURISMO Y DEPORTE (BOCM-20221112-8)
Convenio – Convenio de 19 de octubre de 2022, entre la Comunidad de Madrid, a través de la Consejería de Cultura, Turismo y Deporte, y la Federación Madrileña de Natación para colaboración en la utilización de espacios deportivos y gestión del centro especializado de tecnificación deportiva en el Centro de Natación Mundial 86
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 270
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
SÁBADO 12 DE NOVIEMBRE DE 2022
Pág. 103
9. Ejecutar y abonar las reparaciones que se precisen que puedan derivarse del mal
uso de las instalaciones.
10. Solicitar la autorización expresa de la Dirección General de Deportes para la
realización de cualquier modificación o reforma de las instalaciones, sin la cual no podrán
llevarse a cabo.
11. Realizar las inversiones en las instalaciones de la Dirección General de Deportes que se acuerden en la Comisión de seguimiento, vigilancia y control de la ejecución del
convenio.
12. Abonar los suministros de teléfono, energía eléctrica, gas, agua, y cualquier otro,
así como los servicios de limpieza de la sede de la Federación. En caso de que estos suministros estén a nombre de la Dirección General de Deportes esta repercutirá el importe de
los suministros a la Federación a través del abono previsto en la cláusula séptima.
13. Elaborar normas de utilización de las instalaciones que deberán de ser acordes
con las normas de utilización del Centro de Natación M-86 y ser visadas por la Dirección
General de Deportes.
14. Informar a la dirección de la instalación de los horarios de apertura y cierre, usos
y actividades de todas las instalaciones. Dichos horarios, usos y actividades estarán condicionados por las normas de utilización del Centro de Natación M-86.
Para la realización de actividades fuera de los horarios del Centro de Natación, la Federación deberá informar anticipadamente y solicitar autorización expresa a la dirección del
Centro de Natación M-86.
15. Comunicar a la Dirección General de Deportes la identidad de las personas responsables de las edificaciones y espacios deportivos, que serán los interlocutores con la
Dirección de la Instalación.
16. Contratar los seguros previstos en la cláusula décima del presente convenio y
aportar copia de los mismos a la Comunidad de Madrid.
17. Permitir en cualquier momento el acceso del personal de la Dirección General de
Deportes a las instalaciones previstas en el convenio. A tal efecto, y por razones de seguridad, la dirección de la instalación deportiva deberá disponer de llave de acceso a todas las
instalaciones.
18. Incluir los logotipos oficiales de la Comunidad de Madrid en todo el material
publicitario que se utilice para promocionar las actividades que se desarrollen en las
instalaciones.
19. Solicitar la autorización expresa de la Dirección General de Deportes para la
contratación o exhibición de publicidad en las instalaciones, sin la cual no podrán realizarse. En estos casos, la Dirección General de Deportes percibirá el veinte por ciento de los ingresos que la Federación obtenga por este concepto. Dicho importe se acumulará al abono
previsto en la cláusula séptima.
20. La gestión de las piscinas exteriores, correspondiendo a la Comunidad de Madrid
los gastos derivados de su funcionamiento durante la temporada de verano, salvo el personal de control de accesos que corresponderá a la Federación, en las fechas establecidas por
la Dirección General de Deportes. No obstante, la Comunidad de Madrid podrá asumir dicha gestión en el caso de que se considere adecuado.
21. Cumplir con las obligaciones económicas del convenio previstas en la cláusula
séptima.
22. Organizar anualmente un campeonato/torneo “Dirección General de Deportes”.
Las fechas, categorías, modalidad de competición y demás aspectos relacionados con dicho
campeonato/torneo, se fijarán en la Comisión de seguimiento, vigilancia y control de la ejecución del convenio.
Quinta
1. Poner a disposición de la Federación los locales y espacios deportivos previstos
en la cláusula segunda, colaborando con la Federación en la realización de las actuaciones
en la instalación que sean para la celebración de los eventos deportivos programados en los
mismos.
2. Mantener la seguridad de las instalaciones del complejo deportivo Centro de
Natación M-86.
3. Colaborar con la Federación en el desarrollo de los eventos deportivos que tengan
lugar en los espacios deportivos previstos en la cláusula segunda.
BOCM-20221112-8
Obligaciones de la Comunidad de Madrid
B.O.C.M. Núm. 270
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
SÁBADO 12 DE NOVIEMBRE DE 2022
Pág. 103
9. Ejecutar y abonar las reparaciones que se precisen que puedan derivarse del mal
uso de las instalaciones.
10. Solicitar la autorización expresa de la Dirección General de Deportes para la
realización de cualquier modificación o reforma de las instalaciones, sin la cual no podrán
llevarse a cabo.
11. Realizar las inversiones en las instalaciones de la Dirección General de Deportes que se acuerden en la Comisión de seguimiento, vigilancia y control de la ejecución del
convenio.
12. Abonar los suministros de teléfono, energía eléctrica, gas, agua, y cualquier otro,
así como los servicios de limpieza de la sede de la Federación. En caso de que estos suministros estén a nombre de la Dirección General de Deportes esta repercutirá el importe de
los suministros a la Federación a través del abono previsto en la cláusula séptima.
13. Elaborar normas de utilización de las instalaciones que deberán de ser acordes
con las normas de utilización del Centro de Natación M-86 y ser visadas por la Dirección
General de Deportes.
14. Informar a la dirección de la instalación de los horarios de apertura y cierre, usos
y actividades de todas las instalaciones. Dichos horarios, usos y actividades estarán condicionados por las normas de utilización del Centro de Natación M-86.
Para la realización de actividades fuera de los horarios del Centro de Natación, la Federación deberá informar anticipadamente y solicitar autorización expresa a la dirección del
Centro de Natación M-86.
15. Comunicar a la Dirección General de Deportes la identidad de las personas responsables de las edificaciones y espacios deportivos, que serán los interlocutores con la
Dirección de la Instalación.
16. Contratar los seguros previstos en la cláusula décima del presente convenio y
aportar copia de los mismos a la Comunidad de Madrid.
17. Permitir en cualquier momento el acceso del personal de la Dirección General de
Deportes a las instalaciones previstas en el convenio. A tal efecto, y por razones de seguridad, la dirección de la instalación deportiva deberá disponer de llave de acceso a todas las
instalaciones.
18. Incluir los logotipos oficiales de la Comunidad de Madrid en todo el material
publicitario que se utilice para promocionar las actividades que se desarrollen en las
instalaciones.
19. Solicitar la autorización expresa de la Dirección General de Deportes para la
contratación o exhibición de publicidad en las instalaciones, sin la cual no podrán realizarse. En estos casos, la Dirección General de Deportes percibirá el veinte por ciento de los ingresos que la Federación obtenga por este concepto. Dicho importe se acumulará al abono
previsto en la cláusula séptima.
20. La gestión de las piscinas exteriores, correspondiendo a la Comunidad de Madrid
los gastos derivados de su funcionamiento durante la temporada de verano, salvo el personal de control de accesos que corresponderá a la Federación, en las fechas establecidas por
la Dirección General de Deportes. No obstante, la Comunidad de Madrid podrá asumir dicha gestión en el caso de que se considere adecuado.
21. Cumplir con las obligaciones económicas del convenio previstas en la cláusula
séptima.
22. Organizar anualmente un campeonato/torneo “Dirección General de Deportes”.
Las fechas, categorías, modalidad de competición y demás aspectos relacionados con dicho
campeonato/torneo, se fijarán en la Comisión de seguimiento, vigilancia y control de la ejecución del convenio.
Quinta
1. Poner a disposición de la Federación los locales y espacios deportivos previstos
en la cláusula segunda, colaborando con la Federación en la realización de las actuaciones
en la instalación que sean para la celebración de los eventos deportivos programados en los
mismos.
2. Mantener la seguridad de las instalaciones del complejo deportivo Centro de
Natación M-86.
3. Colaborar con la Federación en el desarrollo de los eventos deportivos que tengan
lugar en los espacios deportivos previstos en la cláusula segunda.
BOCM-20221112-8
Obligaciones de la Comunidad de Madrid