D) Anuncios - CONSEJERÍA DE CULTURA, TURISMO Y DEPORTE (BOCM-20221112-8)
Convenio – Convenio de 19 de octubre de 2022, entre la Comunidad de Madrid, a través de la Consejería de Cultura, Turismo y Deporte, y la Federación Madrileña de Natación para colaboración en la utilización de espacios deportivos y gestión del centro especializado de tecnificación deportiva en el Centro de Natación Mundial 86
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOCM
Pág. 102
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
SÁBADO 12 DE NOVIEMBRE DE 2022
B.O.C.M. Núm. 270
Tercera
Campaña de Natación
La Campaña de Natación incluirá al menos las siguientes actividades:
— Natación infantil.
— Escuelas deportivas de piscina.
— Natación para centros escolares.
— Natación para grupos organizados.
— Natación aprendizaje de adultos.
— Natación de mantenimiento.
— Gimnasia.
La Federación desarrollará técnica y administrativamente, a su riesgo y ventura, las actividades que se deriven de la Campaña de Natación, con los medios y recursos necesarios.
Cuarta
Conforme al presente convenio la Federación se compromete a:
1. Destinar las instalaciones a:
a) La tecnificación de deportistas.
b) La promoción de este deporte mediante la impartición de clases de aprendizaje
adecuadas a las demandas y requerimientos del público madrileño, incluidas actividades combinadas de mantenimiento físico (Campaña de Natación).
c) La celebración de campeonatos, torneos y exhibiciones.
d) La celebración de cursos de formación deportiva de técnicos de las disciplinas
acuáticas.
La Dirección General de Deportes se reserva expresamente, en los espacios cedidos
en el presente convenio, la autorización de actividades no incluidas en los tres apartados
anteriores.
2. Definir los objetivos y los programas deportivos que desarrollará la Federación mediante la utilización de los locales y espacios deportivos previstos en la cláusula segunda.
3. Colaborar con la Dirección General de Deportes en la ejecución de programas
deportivos propios de la Comunidad de Madrid mediante su apoyo logístico y técnico. La
valoración de este servicio será de un máximo anual de 10.000 euros.
4. Dar cuenta a la Comisión de seguimiento, vigilancia y control de la ejecución del
convenio de las actividades, los programas de trabajo y los proyectos de participación deportiva desarrollados por la Federación en las instalaciones a través de una memoria anual.
El programa de trabajo deberá contemplar una adecuada distribución de los usos en las
piscinas que permita el cumplimiento de los objetivos enumerados en el apartado primero.
Además, la Federación deberá aportar los socorristas precisos para el desarrollo de las actividades de acuerdo con lo establecido en la normativa vigente.
5. Elaborar y remitir anualmente a la Dirección General de Deportes la programación
deportiva de temporada con las fechas y usos previstos para las instalaciones.
6. Elaborar y remitir a la Dirección General de Deportes un informe mensual detallado sobre las actividades deportivas y usos realizados en las instalaciones.
Dicho informe deberá incluir los resultados de la Campaña de Natación y del programa de tecnificación. Deben figurar los deportistas en período de entrenamiento, así como
su especialidad, marcas más destacadas y resultados de la participación en los diferentes
campeonatos, si los hubiere.
7. Utilizar adecuadamente las instalaciones incluidas en el presente convenio y
destinar las mismas a sus fines propios, quedando totalmente prohibidas la cesión o subarriendo total o parcial de las instalaciones, salvo autorización expresa de la Dirección
General de Deportes.
8. Mantener en perfectas condiciones de uso todas las instalaciones incluidas en el
presente convenio, siendo responsable frente a la Comunidad de Madrid de los daños o deterioros que, como consecuencia de su mal uso, pudieran sufrir, aun cuando tengan su origen en la actuación de terceros; comprometiéndose, igualmente, a entregar a la Comunidad
de Madrid en perfecto estado de uso todas las instalaciones previstas en el presente convenio a la finalización de la vigencia del mismo.
BOCM-20221112-8
Obligaciones de la Federación
Pág. 102
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
SÁBADO 12 DE NOVIEMBRE DE 2022
B.O.C.M. Núm. 270
Tercera
Campaña de Natación
La Campaña de Natación incluirá al menos las siguientes actividades:
— Natación infantil.
— Escuelas deportivas de piscina.
— Natación para centros escolares.
— Natación para grupos organizados.
— Natación aprendizaje de adultos.
— Natación de mantenimiento.
— Gimnasia.
La Federación desarrollará técnica y administrativamente, a su riesgo y ventura, las actividades que se deriven de la Campaña de Natación, con los medios y recursos necesarios.
Cuarta
Conforme al presente convenio la Federación se compromete a:
1. Destinar las instalaciones a:
a) La tecnificación de deportistas.
b) La promoción de este deporte mediante la impartición de clases de aprendizaje
adecuadas a las demandas y requerimientos del público madrileño, incluidas actividades combinadas de mantenimiento físico (Campaña de Natación).
c) La celebración de campeonatos, torneos y exhibiciones.
d) La celebración de cursos de formación deportiva de técnicos de las disciplinas
acuáticas.
La Dirección General de Deportes se reserva expresamente, en los espacios cedidos
en el presente convenio, la autorización de actividades no incluidas en los tres apartados
anteriores.
2. Definir los objetivos y los programas deportivos que desarrollará la Federación mediante la utilización de los locales y espacios deportivos previstos en la cláusula segunda.
3. Colaborar con la Dirección General de Deportes en la ejecución de programas
deportivos propios de la Comunidad de Madrid mediante su apoyo logístico y técnico. La
valoración de este servicio será de un máximo anual de 10.000 euros.
4. Dar cuenta a la Comisión de seguimiento, vigilancia y control de la ejecución del
convenio de las actividades, los programas de trabajo y los proyectos de participación deportiva desarrollados por la Federación en las instalaciones a través de una memoria anual.
El programa de trabajo deberá contemplar una adecuada distribución de los usos en las
piscinas que permita el cumplimiento de los objetivos enumerados en el apartado primero.
Además, la Federación deberá aportar los socorristas precisos para el desarrollo de las actividades de acuerdo con lo establecido en la normativa vigente.
5. Elaborar y remitir anualmente a la Dirección General de Deportes la programación
deportiva de temporada con las fechas y usos previstos para las instalaciones.
6. Elaborar y remitir a la Dirección General de Deportes un informe mensual detallado sobre las actividades deportivas y usos realizados en las instalaciones.
Dicho informe deberá incluir los resultados de la Campaña de Natación y del programa de tecnificación. Deben figurar los deportistas en período de entrenamiento, así como
su especialidad, marcas más destacadas y resultados de la participación en los diferentes
campeonatos, si los hubiere.
7. Utilizar adecuadamente las instalaciones incluidas en el presente convenio y
destinar las mismas a sus fines propios, quedando totalmente prohibidas la cesión o subarriendo total o parcial de las instalaciones, salvo autorización expresa de la Dirección
General de Deportes.
8. Mantener en perfectas condiciones de uso todas las instalaciones incluidas en el
presente convenio, siendo responsable frente a la Comunidad de Madrid de los daños o deterioros que, como consecuencia de su mal uso, pudieran sufrir, aun cuando tengan su origen en la actuación de terceros; comprometiéndose, igualmente, a entregar a la Comunidad
de Madrid en perfecto estado de uso todas las instalaciones previstas en el presente convenio a la finalización de la vigencia del mismo.
BOCM-20221112-8
Obligaciones de la Federación