Navas del Rey (BOCM-20221111-92)
Ofertas de empleo. Convocatoria proceso selectivo
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Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 269
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
VIERNES 11 DE NOVIEMBRE DE 2022
Pág. 391
5. Solicitudes
5.1. Forma. Las instancias solicitando tomar parte en el proceso selectivo se dirigirán a la Alcaldía-Presidencia de esta Corporación, y se presentarán de forma electrónica en
la sede municipal ( https://www.navasdelrey.es/ ). En su caso, y de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 5.2 de la Ley 11/2007, de 22 de junio, de Acceso Electrónico de los Ciudadanos a los Servicios Públicos, podrán realizar dicha presentación electrónica a través de
las Oficinas de Atención al Ciudadano del Ayuntamiento, sin perjuicio de optar por alguno
BOCM-20221111-92
4. Licenciatura o título de grado de, al menos, 300 créditos ECTS: 0,50 puntos.
5. Grado universitario de 240 créditos ECTS: 0,40 puntos.
6. Diplomatura o grado universitario de 180 créditos ECTS: 0,30 puntos.
7. Técnico Superior o Técnico Especialista de Formación Profesional: 0,20 puntos.
Cuando alguna de las titulaciones anteriores verse sobre Derecho o Criminología,
se otorgará una puntuación adicional de 0,10 puntos.
En caso de presentación de varias titulaciones, cuando alguna de ellas sea necesaria para obtener otra o quede subsumida en la misma, solo se valorará la superior,
excepto para los títulos de máster, que sumarán de manera complementaria.
c) Títulos oficiales que acrediten estar en posesión de conocimientos de idiomas extranjeros, conforme al Marco Común Europeo de Referencia, con una puntuación
máxima de 0,40 puntos:
1. Nivel C2: 0,40 puntos.
2. Nivel C1: 0,30 puntos.
3. Nivel B2: 0,20 puntos.
4. Nivel B1: 0,10 puntos.
Cuando se trate del mismo idioma y se posean varios niveles del mismo, únicamente se puntuará el título de grado superior. Respecto al idioma de la correspondiente convocatoria, solo puntuarán los niveles superiores al exigido.
d) Cursos de interés policial, con una puntuación máxima de 0,30 puntos, impartidos
por universidades u otros centros oficiales reconocidos por el ministerio competente en materia de Educación, por administraciones públicas u organizaciones
sindicales acogidas a los diferentes planes de formación continua de las administraciones públicas, por entidades públicas o privadas en colaboración con las entidades locales, así como los homologados por el Consejo Académico del Centro
de Formación Integral de Seguridad de la Comunidad de Madrid:
1. Cursos en los que no conste el número de horas lectivas: 0,002 puntos.
2. Cursos en los que conste el número de horas lectivas: 0,002 puntos por el número de horas lectivas realizadas.
La documentación acreditativa de los méritos será la siguiente:
1. Carrera profesional: Certificación de servicios prestados en la administración
correspondiente, en la que conste la naturaleza del vínculo funcionarial, categoría, denominación y nivel de complemento de destino de los puestos ocupados, subgrupo de clasificación profesional y fecha de toma de posesión
como funcionario de carrera en las categorías ostentadas.
2. Titulaciones oficiales: Títulos expedidos u homologados por el ministerio
competente en materia de Educación o resguardo acreditativo de haber abonado el correspondiente derecho de expedición, indicando, en caso de títulos
universitarios y de postgrado, el número de créditos ECTS obtenidos con cada
título.
3. Conocimiento de idiomas extranjeros: Títulos oficiales que acrediten estar en
posesión de los correspondientes niveles, conforme al Marco Común Europeo
de Referencia.
4. Cursos de interés policial: Diplomas, títulos o certificados expedidos por los
organismos a los que se refiere el apartado 4.3.d).
4.4. Curso selectivo de formación. Los aspirantes deberán superar, un curso selectivo conforme se indica en la base 12.
4.5. Período de prácticas. Los aspirantes que hayan aprobado el curso selectivo de
formación deberán superar, en una única convocatoria, un período de prácticas conforme
se indica en la base 13.
B.O.C.M. Núm. 269
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
VIERNES 11 DE NOVIEMBRE DE 2022
Pág. 391
5. Solicitudes
5.1. Forma. Las instancias solicitando tomar parte en el proceso selectivo se dirigirán a la Alcaldía-Presidencia de esta Corporación, y se presentarán de forma electrónica en
la sede municipal ( https://www.navasdelrey.es/ ). En su caso, y de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 5.2 de la Ley 11/2007, de 22 de junio, de Acceso Electrónico de los Ciudadanos a los Servicios Públicos, podrán realizar dicha presentación electrónica a través de
las Oficinas de Atención al Ciudadano del Ayuntamiento, sin perjuicio de optar por alguno
BOCM-20221111-92
4. Licenciatura o título de grado de, al menos, 300 créditos ECTS: 0,50 puntos.
5. Grado universitario de 240 créditos ECTS: 0,40 puntos.
6. Diplomatura o grado universitario de 180 créditos ECTS: 0,30 puntos.
7. Técnico Superior o Técnico Especialista de Formación Profesional: 0,20 puntos.
Cuando alguna de las titulaciones anteriores verse sobre Derecho o Criminología,
se otorgará una puntuación adicional de 0,10 puntos.
En caso de presentación de varias titulaciones, cuando alguna de ellas sea necesaria para obtener otra o quede subsumida en la misma, solo se valorará la superior,
excepto para los títulos de máster, que sumarán de manera complementaria.
c) Títulos oficiales que acrediten estar en posesión de conocimientos de idiomas extranjeros, conforme al Marco Común Europeo de Referencia, con una puntuación
máxima de 0,40 puntos:
1. Nivel C2: 0,40 puntos.
2. Nivel C1: 0,30 puntos.
3. Nivel B2: 0,20 puntos.
4. Nivel B1: 0,10 puntos.
Cuando se trate del mismo idioma y se posean varios niveles del mismo, únicamente se puntuará el título de grado superior. Respecto al idioma de la correspondiente convocatoria, solo puntuarán los niveles superiores al exigido.
d) Cursos de interés policial, con una puntuación máxima de 0,30 puntos, impartidos
por universidades u otros centros oficiales reconocidos por el ministerio competente en materia de Educación, por administraciones públicas u organizaciones
sindicales acogidas a los diferentes planes de formación continua de las administraciones públicas, por entidades públicas o privadas en colaboración con las entidades locales, así como los homologados por el Consejo Académico del Centro
de Formación Integral de Seguridad de la Comunidad de Madrid:
1. Cursos en los que no conste el número de horas lectivas: 0,002 puntos.
2. Cursos en los que conste el número de horas lectivas: 0,002 puntos por el número de horas lectivas realizadas.
La documentación acreditativa de los méritos será la siguiente:
1. Carrera profesional: Certificación de servicios prestados en la administración
correspondiente, en la que conste la naturaleza del vínculo funcionarial, categoría, denominación y nivel de complemento de destino de los puestos ocupados, subgrupo de clasificación profesional y fecha de toma de posesión
como funcionario de carrera en las categorías ostentadas.
2. Titulaciones oficiales: Títulos expedidos u homologados por el ministerio
competente en materia de Educación o resguardo acreditativo de haber abonado el correspondiente derecho de expedición, indicando, en caso de títulos
universitarios y de postgrado, el número de créditos ECTS obtenidos con cada
título.
3. Conocimiento de idiomas extranjeros: Títulos oficiales que acrediten estar en
posesión de los correspondientes niveles, conforme al Marco Común Europeo
de Referencia.
4. Cursos de interés policial: Diplomas, títulos o certificados expedidos por los
organismos a los que se refiere el apartado 4.3.d).
4.4. Curso selectivo de formación. Los aspirantes deberán superar, un curso selectivo conforme se indica en la base 12.
4.5. Período de prácticas. Los aspirantes que hayan aprobado el curso selectivo de
formación deberán superar, en una única convocatoria, un período de prácticas conforme
se indica en la base 13.