D) Anuncios - VICEPRESIDENCIA, CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN Y UNIVERSIDADES (BOCM-20221111-24)
Convenio –  Convenio de 18 de octubre de 2022, entre la Comunidad de Madrid (Vicepresidencia, Consejería de Educación y Universidades) y la Universidad Politécnica de Madrid para la concesión directa de una subvención para el apoyo al desarrollo del Nodo Ellis (European Laboratory For Learning and Intelligent Systems-Laboratorio Europeo de Inteligencia Artificial), mediante la implantación de una unidad ELLIS en la Comunidad de Madrid (ELLIS Unit Madrid), por importe de 300.000 euros, correspondiente a los ejercicios económicos de 2022 y 2023
10 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
BOCM
Pág. 94

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
VIERNES 11 DE NOVIEMBRE DE 2022

B.O.C.M. Núm. 269

ejecución del proyecto, cuando participe en la ejecución de las actuaciones
objeto de subvención siempre que ello no contravenga la normativa legal correspondiente.
4.o Gastos derivados del asesoramiento y apoyo al sistema madrileño de ciencia,
universidades e innovación, tales como consultoría de gestión, asistencia tecnológica, jurídica, financiera y empresarial, servicios de transferencia tecnológica, entre otros, preparación de la presentación de proyectos en foros regionales, nacionales y europeos, formación, consultoría para la adquisición,
protección y comercio de derechos de propiedad industrial e intelectual y
acuerdos de licencias, consultoría sobre el empleo de normas, locales para
oficinas, bancos de datos, bibliotecas técnicas, gestión empresarial, marketing y comercialización, investigación de mercados, y servicios de etiquetado
de calidad, ensayo y certificación.
d) Subcontratación. El beneficiario podrá subcontratar totalmente la actividad que
constituye el objeto de la subvención, entendiéndose como tal el concierto con terceros la ejecución total o parcial de la actividad que constituye el objeto de la subvención.
No podrá subcontratarse en ninguno de los casos especificados en el artículo 29.7
de la Ley General de Subvenciones.
e) Auditoría de Cuentas. Se financiará el informe realizado por un auditor inscrito en
el Registro Oficial de Auditores de Cuentas, que conforme a lo establecido en la
disposición octava deberá presentarse en la justificación.
f) De acuerdo con lo establecido en el artículo 31.8 de la Ley 38/2003, General de
Subvenciones, el IVA y demás tributos solo serán gastos subvencionables cuando
el beneficiario los abone efectivamente y no sean susceptibles de recuperación o
compensación.
Séptima
Ejecución de las actividades
1. El plazo de ejecución de los proyectos puede comenzar desde el 1 de enero de 2022
hasta el 31 de diciembre de 2023 y de justificación hasta el 30 de junio de 2024.
2. Para ello, la Universidad Politécnica de Madrid presentará anualmente, en el primer semestre del año, a la Dirección General de Investigación e Innovación Tecnológica,
un estado del avance de la ejecución del Proyecto con datos relativos al desglose de gastos
efectuados; así como indicadores de resultados científicos. Este informe anual contendrá la
información mínima incluida en el anexo I.
3. En el anexo II de este convenio se incluye el presupuesto estimativo de gastos para
el año 2022 y 2023 de la Universidad Politécnica de Madrid. Se podrá admitir que, por causas sobrevenidas que no pudieron contemplarse en la elaboración y aprobación de este presupuesto estimativo, se modifiquen las diferentes partidas de ingresos y gastos o las cantidades totales del presupuesto, con la autorización previa de la Dirección General de
Investigación e Innovación Tecnológica.
Octava
1. La financiación de este Convenio se hará, en su anualidad de 2022, con cargo al
subconcepto 45990 “A Universidades Públicas y Privadas” de los Presupuestos Generales
de la Comunidad de Madrid en el año 2022 aprobados por la Ley 4/2021, de 23 de diciembre, habiendo crédito adecuado y suficiente en la partida.
Así mismo, la financiación de la anualidad de 2023, se hará con cargo al subconcepto
45990 “A Universidades Públicas y Privadas” de los Presupuestos Generales de la Comunidad de Madrid en el año 2023, habiendo crédito adecuado y suficiente en la partida, en el
anteproyecto de los Presupuestos Generales de la Comunidad de Madrid para el año 2023.
En consecuencia, se realizará en el 2022 un libramiento de 150.000 euros a favor de la
Universidad Politécnica de Madrid tras la formalización del convenio, y se realizará en el
año 2023 un libramiento de 150.000 euros, en el primer semestre del año, tras la presentación de la cuenta justificativa anual.
2. En virtud de lo establecido en el artículo 34 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, la Universidad Politécnica de Madrid deberá acreditar, en el

BOCM-20221111-24

Pago de la subvención