D) Anuncios - VICEPRESIDENCIA, CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN Y UNIVERSIDADES (BOCM-20221111-24)
Convenio –  Convenio de 18 de octubre de 2022, entre la Comunidad de Madrid (Vicepresidencia, Consejería de Educación y Universidades) y la Universidad Politécnica de Madrid para la concesión directa de una subvención para el apoyo al desarrollo del Nodo Ellis (European Laboratory For Learning and Intelligent Systems-Laboratorio Europeo de Inteligencia Artificial), mediante la implantación de una unidad ELLIS en la Comunidad de Madrid (ELLIS Unit Madrid), por importe de 300.000 euros, correspondiente a los ejercicios económicos de 2022 y 2023
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 269

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
VIERNES 11 DE NOVIEMBRE DE 2022

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venio, procedente de otra Administración o Entidad pública o privada, nacional o
internacional
— En el caso de que no haya autorizado su consulta, certificado de la Agencia Tributaria y de la Tesorería de la Seguridad Social de estar al corriente de pago de las
obligaciones tributarias y frente a la Seguridad Social
— Certificado de inexistencia de apremio de deudas con la Comunidad de Madrid, el
cual se incorporará de oficio por la Comunidad de Madrid.
Sexta
1. Las ayudas se destinarán a cubrir los gastos relacionados con el desarrollo y ejecución de las actividades para las que hayan sido concedidas. Conforme a lo previsto en el
artículo 31 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, sólo se consideran como gastos subvencionables los que de manera indubitada respondan a la naturaleza de la actividad subvencionada y se realicen en el periodo de ejecución.
En ningún caso el coste de adquisición de los gastos subvencionables podrá ser superior al valor de mercado.
Se incluyen los siguientes tipos de gastos:
a) Gastos de personal, para la contratación laboral de técnicos y personal de apoyo
que, preferentemente, deberán corresponder a nuevas contrataciones.
La contratación laboral podrá realizarse bajo cualquiera de las figuras laborales
existentes, de acuerdo con la naturaleza y procedimientos del beneficiario de la
ayuda.
La oferta de plazas para la contratación de técnicos y personal de apoyo deberá de
hacerse respetando los principios de libertad de acceso, publicidad y transparencia de los procedimientos, y no discriminación e igualdad de trato entre los candidatos.
b) Costes de equipamiento y material inventariable necesario para el desarrollo de las
actividades para la realización de las actividades descritas. Estos costes no podrán
aplicarse a la realización de obra civil, ni adquisición de mobiliario, terrenos o edificios. En caso de que el equipamiento, el instrumental y el material referidos en
este apartado no se utilicen en toda su vida útil para las actividades objeto de la
subvención, únicamente se considerarán subvencionables los costes de amortización correspondientes al tiempo que sean dedicados a dichas actividades, calculados según buenas prácticas de contabilidad. Podrán financiarse también gastos de
servicios informáticos, licencias y programas o aplicaciones de ordenador de carácter técnico, así como la creación y mantenimiento de bases de datos científicas
y tecnológicas abiertas, en la medida y durante el período en que se utilicen para
las actividades subvencionadas.
c) Otros costes directos. Se considerarán subvencionables los gastos relacionados con:
1.o Viajes y dietas. Se considerarán elegibles aquellos gastos de dietas y viajes
del personal de la entidad beneficiaria exclusivamente relacionados con la
ejecución de las actividades subvencionadas. Podrán imputarse asimismo
gastos de viaje derivado de la colaboración en las actividades, ocasionado por
destinatarios finales, colaboradores asociados, empresas y otras entidades,
necesario de manera indubitada para la ejecución de las actividades debidamente justificados.
2.o Gastos correspondientes a las actividades de difusión y visibilización de las
actividades objeto de la subvención, entre otros, participación en foros, conferencias, seminarios, etc. internacionales, nacionales y regionales, organización de conferencias y eventos, estudios al respecto, difusión, publicidad, preparación de material formativo, internacionalización del ecosistema de
ciencia y tecnología de la Comunidad de Madrid, presentación de proyectos
europeos, congresos, mesas redondas u otras acciones similares destinadas al
desarrollo y ejecución de las actividades objeto de la ayuda.
3.o Otros gastos correspondientes a servicios externos, colaboraciones de expertos y otros de naturaleza análoga condicionados a que deriven directamente
de la actuación y sean necesarios para su ejecución. Entre ellos, se incluyen
las compensaciones del personal no vinculado a las entidades beneficiarias
que imparta actividades formativas o realice otras acciones necesarias para la

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Conceptos subvencionables