C) Otras Disposiciones - CONSEJERÍA DE ECONOMÍA, HACIENDA Y EMPLEO (BOCM-20221108-17)
Convenio colectivo – Resolución de 11 de octubre de 2022, de la Dirección General de Trabajo de la Consejería de Economía, Hacienda y Empleo, sobre registro, depósito y publicación del Convenio Colectivo de la Empresa Compañía Europea de Cospeles, S. A. (código número 28100212012012)
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOCM
Pág. 90
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MARTES 8 DE NOVIEMBRE DE 2022
B.O.C.M. Núm. 266
El trabajador pondrá en conocimiento del Departamento de RRHH y de su superior inmediato, el
número de días a abonarle antes del 15 de noviembre, con el fin de que estos sean incluidos en la
nómina del mes de diciembre.
Art. 41º.- Lavandería.
Durante los años 2022-2026, todo el personal de fábrica disfrutará del servicio de lavandería para la
ropa de trabajo.
Art. 42º.- Reunión semestral de Gerencia con la plantilla.
Con la finalidad de ofrecer información a la plantilla, se realizarán unas reuniones semestralmente.
Aquellos que no puedan participar en dicha reunión, podrán consultar la información resumida en el
tablón de la empresa.
Art. 43º.- Jornada de Puertas Abiertas.
Será un sábado o domingo, sin interrumpir el 5º. Turno, en caso de que se estuviese implantado. Se
haría la visita a la fábrica en grupos pequeños y de manera ordenada.
Art. 44º.- Sistema de Reclamaciones.
Funcionará como el Sistema de Sugerencias, ya implantado en la empresa. No podrán ser
anónimas, deberán ser nominativas.
Deberá haberse tratado el tema anteriormente con el responsable del departamento. Se harán por
escrito, y deberá ir firmada por el trabajador.
El Departamento de RRHH será quien las gestione y dará conocimiento de estas a Gerencia.
Se dará respuesta al trabajador en un plazo razonable, pero sin marcar un número de días cerrado,
ya que cada Reclamación podrá requerir un plazo diferente. Las Reclamaciones, en ningún caso
podrán ser utilizadas de manera malintencionada.
Art. 45º.- Subvención cursos de formación.
Mediante esta alternativa, CECO,S.A, ofrece a sus trabajadores fijos en plantilla la posibilidad de
realizar cursos de formación subvencionados por la empresa, relacionados con el puesto de trabajo
desempeñado, para su capacitación o reciclaje profesional, con el objeto de que éstos puedan
mejorar continuamente en sus conocimientos, sirviendo a la vez para su actualización como
profesionales de la compañía.
El coste máximo anual por trabajador a dedicar a acciones formativas subvencionadas por la
empresa será de 100 €uros, incluyendo la bonificación. En caso de que el importe sea superior, la
empresa se reserva el derecho a admitir dicha formación, de manera individual, y conforme a los
beneficios de la empresa. Si esta formación es susceptible de ser financiada con cargo al crédito
asignado a las empresas para la formación de sus trabajadores de la Fundación Tripartita, será
necesario además de la aprobación de la empresa, el visto bueno del comité de empresa.
En caso de que el curso solicitado se imparta en modalidad presencial, cuando el trabajador esté
adscrito al sistema de turnos rotativos implantado en la empresa, este deberá de intentar realizar
cambios de turno con sus compañeros de departamento/sección que le permitan la asistencia al
mismo, y solo cuando
BOCM-20221108-17
Los cursos de formación deberán ser aprobados por su responsable, teniendo en cuenta las
necesidades de su departamento, así como por el Dpto. de RRHH, para lo que deberá facilitar a la
compañía toda la información referente al curso (horario de realización, coste, datos de contacto del
proveedor de la formación...).
Pág. 90
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MARTES 8 DE NOVIEMBRE DE 2022
B.O.C.M. Núm. 266
El trabajador pondrá en conocimiento del Departamento de RRHH y de su superior inmediato, el
número de días a abonarle antes del 15 de noviembre, con el fin de que estos sean incluidos en la
nómina del mes de diciembre.
Art. 41º.- Lavandería.
Durante los años 2022-2026, todo el personal de fábrica disfrutará del servicio de lavandería para la
ropa de trabajo.
Art. 42º.- Reunión semestral de Gerencia con la plantilla.
Con la finalidad de ofrecer información a la plantilla, se realizarán unas reuniones semestralmente.
Aquellos que no puedan participar en dicha reunión, podrán consultar la información resumida en el
tablón de la empresa.
Art. 43º.- Jornada de Puertas Abiertas.
Será un sábado o domingo, sin interrumpir el 5º. Turno, en caso de que se estuviese implantado. Se
haría la visita a la fábrica en grupos pequeños y de manera ordenada.
Art. 44º.- Sistema de Reclamaciones.
Funcionará como el Sistema de Sugerencias, ya implantado en la empresa. No podrán ser
anónimas, deberán ser nominativas.
Deberá haberse tratado el tema anteriormente con el responsable del departamento. Se harán por
escrito, y deberá ir firmada por el trabajador.
El Departamento de RRHH será quien las gestione y dará conocimiento de estas a Gerencia.
Se dará respuesta al trabajador en un plazo razonable, pero sin marcar un número de días cerrado,
ya que cada Reclamación podrá requerir un plazo diferente. Las Reclamaciones, en ningún caso
podrán ser utilizadas de manera malintencionada.
Art. 45º.- Subvención cursos de formación.
Mediante esta alternativa, CECO,S.A, ofrece a sus trabajadores fijos en plantilla la posibilidad de
realizar cursos de formación subvencionados por la empresa, relacionados con el puesto de trabajo
desempeñado, para su capacitación o reciclaje profesional, con el objeto de que éstos puedan
mejorar continuamente en sus conocimientos, sirviendo a la vez para su actualización como
profesionales de la compañía.
El coste máximo anual por trabajador a dedicar a acciones formativas subvencionadas por la
empresa será de 100 €uros, incluyendo la bonificación. En caso de que el importe sea superior, la
empresa se reserva el derecho a admitir dicha formación, de manera individual, y conforme a los
beneficios de la empresa. Si esta formación es susceptible de ser financiada con cargo al crédito
asignado a las empresas para la formación de sus trabajadores de la Fundación Tripartita, será
necesario además de la aprobación de la empresa, el visto bueno del comité de empresa.
En caso de que el curso solicitado se imparta en modalidad presencial, cuando el trabajador esté
adscrito al sistema de turnos rotativos implantado en la empresa, este deberá de intentar realizar
cambios de turno con sus compañeros de departamento/sección que le permitan la asistencia al
mismo, y solo cuando
BOCM-20221108-17
Los cursos de formación deberán ser aprobados por su responsable, teniendo en cuenta las
necesidades de su departamento, así como por el Dpto. de RRHH, para lo que deberá facilitar a la
compañía toda la información referente al curso (horario de realización, coste, datos de contacto del
proveedor de la formación...).