D) Anuncios - CONSEJERÍA DE ECONOMÍA, HACIENDA Y EMPLEO (BOCM-20221105-4)
Convenio – Convenio de 12 de octubre de 2022, entre la Comunidad de Madrid y la Agencia de Colocación Ayuntamiento Hoyo de Manzanares, para la información, orientación y apoyo en la inscripción en el procedimiento de evaluación y acreditación de competencias profesionales adquiridas a través de la experiencia laboral y/o vías no formales de formación en el ámbito de la Comunidad de Madrid, en el marco del componente 20 “Plan estratégico de impulso de la formación profesional”, del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, financiado por la Unión Europea-NextGenerationEU
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 264
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
SÁBADO 5 DE NOVIEMBRE DE 2022
Pág. 67
CLÁUSULAS
Primera
Objeto y finalidad
El presente convenio tiene por objeto establecer el marco de colaboración entre la Comunidad de Madrid, a través de la Consejería de Economía, Hacienda y Empleo y el Ayuntamiento de Hoyo de Manzanares para informar, orientar y apoyar en la inscripción de candidatos,
ocupados y desempleados, en el procedimiento de evaluación y acreditación de las competencias profesionales adquiridas por la experiencia laboral y la formación no formal.
La finalidad última que se persigue con la suscripción de este convenio es facilitar la
participación en el procedimiento de evaluación y acreditación de las competencias profesionales adquiridas por la experiencia laboral y la formación no formal como un elemento
esencial para la mejora de la cualificación de la población activa de la Comunidad de
Madrid y, especialmente, aquella que se encuentra en situación de desempleo esté o no percibiendo una prestación económica.
Segunda
Para garantizar el cumplimiento del objeto de este convenio, el Ayuntamiento de Hoyo
de Manzanares se compromete a llevar a cabo las siguientes actuaciones:
a) Informar a los ciudadanos sobre la existencia del procedimiento permanente de
evaluación y acreditación de las competencias profesionales adquiridas por la experiencia laboral y la formación no formal.
b) Aportar los medios materiales, medios personales de su plantilla, infraestructura,
espacios adecuados y necesarios para la consecución de los fines recogidos en el
presente convenio, en relación con las tareas de información, orientación y ayuda
a la inscripción del número de personas previstas en el convenio.
c) Orientar a las personas interesadas acerca de los requisitos exigibles para presentar una solicitud de participación en el procedimiento, las fases del procedimiento, cómo se desarrollan, sus derechos y obligaciones, las acreditaciones oficiales
que pueden obtener y los efectos de las mismas.
d) Facilitar modelos y ejemplos de la documentación necesaria para presentar la solicitud de inscripción.
e) Revisar la documentación de las personas interesadas que desean presentar una
solicitud de inscripción en el procedimiento.
f) Ayudar en su inscripción en el procedimiento, a través de medios electrónicos o de
cualquier otro medio previsto en la normativa vigente.
g) Informar sobre los puntos en que se desarrolla el procedimiento, en función de
cada especialidad profesional.
h) Justificar la realización de la actividad y el número de candidatos informados y
orientados inscritos en el procedimiento, conforme a las Instrucciones relativas a
la justificación económica y técnica del Plan de Modernización de la Formación
Profesional “PCT Extraordinario” Mecanismo de Recuperación y Resiliencia reparto de créditos realizado por Acuerdo del Consejo de Ministros de fecha 8 de junio
de 2021 facilitadas por la Consejería de Economía, Hacienda y Empleo de la Comunidad de Madrid, en todo aquello que le resulte aplicable en su ámbito de actuación.
i) Cumplir con las obligaciones relativas a la prevención de conflictos de intereses,
del fraude, de la corrupción y de la doble financiación, previstas en el Reglamento (UE) 2021/241 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 12 de febrero de 2021,
por el que se establece el Mecanismo de Recuperación y Resiliencia y la Orden
HFP/1030/2021, de 29 de septiembre, por la que se configura el sistema de gestión del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia.
j) Cumplir con lo establecido en el artículo 17.b, del Real Decreto 1796/2010, de 30 de
diciembre, debiendo comunicar las incidencias que se produzcan en relación con
las obligaciones de las personas trabajadoras y de las personas solicitantes y beneficiarias de prestaciones por desempleo, previstas en el artículo 299 del texto
refundido de la Ley General de la Seguridad Social, aprobado por Real Decreto
Legislativo 8/2015, de 30 de octubre. Tal comunicación se realizará a los efectos
de la valoración, por parte de los servicios públicos de empleo, de los posibles in-
BOCM-20221105-4
Obligaciones del Ayuntamiento de Hoyo de Manzanares
B.O.C.M. Núm. 264
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
SÁBADO 5 DE NOVIEMBRE DE 2022
Pág. 67
CLÁUSULAS
Primera
Objeto y finalidad
El presente convenio tiene por objeto establecer el marco de colaboración entre la Comunidad de Madrid, a través de la Consejería de Economía, Hacienda y Empleo y el Ayuntamiento de Hoyo de Manzanares para informar, orientar y apoyar en la inscripción de candidatos,
ocupados y desempleados, en el procedimiento de evaluación y acreditación de las competencias profesionales adquiridas por la experiencia laboral y la formación no formal.
La finalidad última que se persigue con la suscripción de este convenio es facilitar la
participación en el procedimiento de evaluación y acreditación de las competencias profesionales adquiridas por la experiencia laboral y la formación no formal como un elemento
esencial para la mejora de la cualificación de la población activa de la Comunidad de
Madrid y, especialmente, aquella que se encuentra en situación de desempleo esté o no percibiendo una prestación económica.
Segunda
Para garantizar el cumplimiento del objeto de este convenio, el Ayuntamiento de Hoyo
de Manzanares se compromete a llevar a cabo las siguientes actuaciones:
a) Informar a los ciudadanos sobre la existencia del procedimiento permanente de
evaluación y acreditación de las competencias profesionales adquiridas por la experiencia laboral y la formación no formal.
b) Aportar los medios materiales, medios personales de su plantilla, infraestructura,
espacios adecuados y necesarios para la consecución de los fines recogidos en el
presente convenio, en relación con las tareas de información, orientación y ayuda
a la inscripción del número de personas previstas en el convenio.
c) Orientar a las personas interesadas acerca de los requisitos exigibles para presentar una solicitud de participación en el procedimiento, las fases del procedimiento, cómo se desarrollan, sus derechos y obligaciones, las acreditaciones oficiales
que pueden obtener y los efectos de las mismas.
d) Facilitar modelos y ejemplos de la documentación necesaria para presentar la solicitud de inscripción.
e) Revisar la documentación de las personas interesadas que desean presentar una
solicitud de inscripción en el procedimiento.
f) Ayudar en su inscripción en el procedimiento, a través de medios electrónicos o de
cualquier otro medio previsto en la normativa vigente.
g) Informar sobre los puntos en que se desarrolla el procedimiento, en función de
cada especialidad profesional.
h) Justificar la realización de la actividad y el número de candidatos informados y
orientados inscritos en el procedimiento, conforme a las Instrucciones relativas a
la justificación económica y técnica del Plan de Modernización de la Formación
Profesional “PCT Extraordinario” Mecanismo de Recuperación y Resiliencia reparto de créditos realizado por Acuerdo del Consejo de Ministros de fecha 8 de junio
de 2021 facilitadas por la Consejería de Economía, Hacienda y Empleo de la Comunidad de Madrid, en todo aquello que le resulte aplicable en su ámbito de actuación.
i) Cumplir con las obligaciones relativas a la prevención de conflictos de intereses,
del fraude, de la corrupción y de la doble financiación, previstas en el Reglamento (UE) 2021/241 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 12 de febrero de 2021,
por el que se establece el Mecanismo de Recuperación y Resiliencia y la Orden
HFP/1030/2021, de 29 de septiembre, por la que se configura el sistema de gestión del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia.
j) Cumplir con lo establecido en el artículo 17.b, del Real Decreto 1796/2010, de 30 de
diciembre, debiendo comunicar las incidencias que se produzcan en relación con
las obligaciones de las personas trabajadoras y de las personas solicitantes y beneficiarias de prestaciones por desempleo, previstas en el artículo 299 del texto
refundido de la Ley General de la Seguridad Social, aprobado por Real Decreto
Legislativo 8/2015, de 30 de octubre. Tal comunicación se realizará a los efectos
de la valoración, por parte de los servicios públicos de empleo, de los posibles in-
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Obligaciones del Ayuntamiento de Hoyo de Manzanares