Fuenlabrada (BOCM-20221104-75)
Ofertas de empleo. Convocatoria proceso selectivo
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BOCM

VIERNES 4 DE NOVIEMBRE DE 2022

B.O.C.M. Núm. 263

Solo podrán valorarse aquellos méritos obtenidos antes de la fecha en que termine el
plazo de admisión de instancias.
3.o Documentos referidos a la acreditación de los requisitos exigidos:
a) Acreditación de la condición de funcionario de carrera correspondiente al grupo A, subgrupo A1, así como fecha del nombramiento mediante copia de la toma
de posesión.
b) Acreditación de la titulación mediante autorización expresa en la instancia de participación para la comprobación de los requisitos y títulos oficiales a través de la
plataforma de intermediación de datos.
4.o Documentación que justifique los méritos alegados ordenada según las bases de
convocatoria, y en concreto, conforme a las siguientes consideraciones:
i. La experiencia profesional se justificará con Anexo I de servicios prestados, salvo
que haya sido obtenida en el Ayuntamiento de Fuenlabrada o sus Organismos Autónomos en cuyo caso será aportada por el departamento de Recursos Humanos.
ii. La formación referida a postgrados, especialistas, expertos o cursos de formación
organizados e impartidos por organismos públicos o privados relacionados con el
puesto se justificará presentando copia del diploma, del certificado o de los títulos
acreditativos o de la solicitud de los mismos junto con el justificante de abono. Lo
anterior la formación realizada o promovida por el Ayuntamiento de Fuenlabrada o
sus Organismos Autónomos en cuyo caso será aportada por el departamento de Recursos Humanos, o la de otras diplomaturas, grado, licenciatura, máster oficial o
doctorado que será acreditado mediante autorización expresa en la instancia de participación para la comprobación de los requisitos y títulos oficiales a través de la plataforma de intermediación de datos.
Para acreditar el mérito de las acciones formativas en las que no se observe una relación clara con los conocimientos, deberá acompañarse además su contenido o programa,
para posibilitar a la Comisión de Selección la puntuación de estas.
6.3. La Administración podrá requerir en cualquier momento del procedimiento a
cualquiera de los/as aspirantes la debida acreditación de la documentación referida a los requisitos de carácter general o específico para su participación en el proceso selectivo, o la
subsanación de la documentación aportada para acreditar los méritos alegados. El o la aspirante deberá aportar dicha documentación en el plazo máximo de diez días desde la notificación del requerimiento.
La falta de presentación o la imposibilidad de acreditar los requisitos de participación
supondrá la exclusión del procedimiento. La falta de subsanación del requerimiento referido a la documentación aportada para acreditar los méritos alegados supondrá la no valoración de los mismos.
7. Relación de admitidos y excluidos
7.1. Expirado el plazo de presentación de instancias, declarando aprobada la relación
provisional de aspirantes admitidos/as y excluidos/as, así como los miembros del tribunal,
que será publicada en el tablón de anuncios del Ayuntamiento y en la página web municipal www.ayto-fuenlabrada.es
Asimismo, en dicha resolución constará la identidad de los/as aspirantes excluidos/as,
con indicación de las causas de exclusión.
Los/as aspirantes dispondrán de un plazo de diez días hábiles, contados a partir del siguiente a la publicación de dicha resolución, a fin de subsanar el defecto que haya motivado su exclusión o su no inclusión expresa.
7.2. Una vez finalizado el plazo de subsanación, se dictará resolución aprobatoria de
la relación definitiva de aspirantes admitidos/as y excluidos/as, que se hará pública en el tablón de anuncios municipal y en la página web municipal www.ayto-fuenlabrada.es
Si en el plazo de subsanación no se han formulado alegaciones, la relación de admitidos/as y excluidos/as provisional adquirirá el carácter de lista definitiva sin necesidad de
resolución expresa.
8. Acreditación de requisitos y méritos
Solo podrán ser objeto de valoración por la Comisión de Valoración los méritos alegados por los aspirantes admitidos al procedimiento en el momento de presentación de la
instancia.

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