C) Otras Disposiciones - CONSEJERÍA DE ECONOMÍA, HACIENDA Y EMPLEO (BOCM-20221029-2)
Convenio colectivo –  Resolución de 11 de octubre de 2022, de la Dirección General de Trabajo de la Consejería de Economía, Hacienda y Empleo, sobre registro, depósito y publicación del Convenio Colectivo del Sector de Servicios de Educación Ambiental de la Comunidad de Madrid, suscrito por Asociación Madrileña de Empresas de Servicios de Educación Ambiental (AMEDEA), la Asociación Madrileña de Empresas de Enseñanza, Formación y Animación Sociocultural (AMESOC) y la Asociación de Empresas de Educación, Cultura y Tiempo Libre de la Comunidad de Madrid (Educatia Madrid) y por la representación Sindical UGT Servicios Públicos Madrid y la Federación de Enseñanza de Comisiones Obreras de Madrid (código número 28100035012012)
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BOCM

SÁBADO 29 DE OCTUBRE DE 2022

B.O.C.M. Núm. 258

Para ser contratado con esta Categoría se requiere estar en posesión de un Título Oficial correspondiente a Estudios Universitarios Oficiales o experiencia acreditada de al menos cuatro años
como Jefe de Servicio o coordinador de proyecto, o en el ejercicio de funciones análogas a la de
esta categoría.
Educador/a Ambiental: Es la persona trabajadora que poseyendo la titulación adecuada o acreditando experiencia suficiente para el ejercicio de las funciones propias de esta categoría, realiza la
labor concreta para la que ha sido contratada en programas de educación ambiental. Realiza labores de diseño, ejecución y evaluación planes, programas, campañas y proyectos de educación
ambiental, etc. Elabora recursos didácticos y los ejecuta. Es el encargado/a de guiar y dinamiza
grupos de usuarios con los recursos didácticos existentes.
Se le podrán encomendar tareas de apoyo a la organización de equipos de trabajo, incluida la
supervisión de documentación y revisión de documentación y recursos técnicos. En este caso se
devengará un plus denominado de apoyo, en los términos del artículo 45 del presente convenio.
Para ser contratado/a en esta categoría se requiere estar en posesión de un Título Oficial correspondiente a Estudios Universitarios Oficiales o experiencia acreditada de al menos cuatro años
como educador ambiental.
Informador Ambiental: Es aquella persona trabajadora que realiza funciones de atención e información a usuarios en las especialidades propias de la educación ambiental y que han sido reseñadas en el ámbito funcional del presente convenio. Igualmente realiza funciones de atención e
información general sobre educación ambiental a todas aquellas personas que requieran los servicios contratados a la empresa.
Para ser contratado con esta Categoría se requiere estar en posesión de un Título Oficial correspondiente a un módulo del ciclo formativo de grado medio –F.P.-, o experiencia acreditada de al
menos dos años como antiguo auxiliar de servicio.
Grupo II; Personal de Administración y Servicios Generales:
Jefe/a Administrativo: Es aquella persona trabajadora que tiene a su cargo la dirección administrativa y/o secretaria de la empresa, o de algún departamento concreto de su administración, pudiendo desarrollar labores administrativas propias de dicho ámbito.
Para ser contratado con esta Categoría se requiere estar en posesión de un Título Oficial correspondiente a Estudios Universitarios Oficiales o tener experiencia acreditada de al menos cuatro
años como oficial administrativo.
Oficial Administrativo: Es aquella persona trabajadora que con conocimientos de un área administrativa concreta, desempeña con plena autonomía su actividad administrativa únicamente bajo
la supervisión de un Jefe/a Administrativo.
Para ser contratado con esta Categoría se requiere estar en posesión de un Título Oficial correspondiente a Bachillerato o a un ciclo formativo de grado superior –F.P.-, o experiencia acreditada
de al menos tres años como auxiliar administrativo.
Auxiliar Administrativo: Es aquella persona trabajadora que ejerce funciones administrativas,
burocráticas, mecanización de datos, biblioteca, atención al teléfono, organización de agendas,
recepción y demás servicios auxiliares relacionados con la Administración y Dirección de la empresa.
Para ser contratado con esta Categoría se requiere estar en posesión de un Título Oficial correspondiente a un módulo del ciclo formativo de grado medio –F.P.- o experiencia acreditada de al
menos de dos años como auxiliar administrativo.
Grupo III.- Personal de Oficios Varios:
Encargado/a: Es aquella persona trabajadora que tiene a su cargo el correcto funcionamiento de
todos o de alguno de los servicios generales de la empresa y no estén encuadrados en los servicios administrativos.
A título de ejemplo, se encargará de los servicios de mantenimiento de las diferentes instalaciones,
mobiliario, almacén y zonas verdes.
Para ser contratado con esta Categoría se requiere estar en posesión de un Título Oficial correspondiente a Bachillerato o a un módulo del ciclo formativo de grado medio –F.P, o experiencia
acreditada de al menos tres años como oficial de oficio.
Oficial de Oficio: Es aquella persona trabajadora que con conocimiento directo de un oficio concreto, es contratado en función de la titulación o conocimientos que tenga para el desarrollo de

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