Villalbilla (BOCM-20221028-104)
Urbanismo. Plan parcial Sector R-5, El Mirador de Villalbilla
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Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOCM
VIERNES 28 DE OCTUBRE DE 2022
Pág. 583
2. Se garantizará un consumo interno de agua potable correspondiente a las dotaciones y coeficientes establecidos por el Canal de Isabel II. A estos efectos la demanda de agua se establece con los siguientes datos sobre:
CONSUMOS MEDIOS (CAUDAL MEDIO)
VIVIENDA UNIFAMILIAR
SUPERFICIE PARCELA
2
CONSUMO
3
M /VIV/DÍA
< 200m
1,2
120 < 400m2
1,6
SUPERFICIE DE PARCELA
2
400 < 600m
CONSUMO
3
M /VIV/DÍA
2,0
600 < 800m2
2,5
800 < 1000m2
3,0
>1000m2
3,0
CAUDAL PUNTA
1,8 x Caudal Medio + Caudal Medio 3 CM
Se preverá en la red que se proyecte una presión residual mínima en la entrada de
las parcelas de 15 m.c.a.
3. La red de abastecimiento se diseñará para garantizar en el punto más desfavorable
una presión mínima en metros de columna de agua equivalente a la altura de la
edificación más alta posible según Ordenanzas aumentada en 7 m. La presión estática máxima nunca será superior a 60 m de columna de agua.
4. La disposición de la red será en general mallada permitiéndose únicamente ramales ramificados donde no sea posible continuar la red de distribución.
Las tuberías discurrirán siguiendo el trazado viario o por espacios públicos no edificables, mediante tramos y con recubrimiento mínimo de 1,0 m sobre la generatriz superior.
En el Proyecto de Urbanización se contemplarán los elementos de la red que son
necesarios para garantizar el suministro, incluso si hubieran de salir de su ámbito
espacial estricto, siendo propio del mismo la determinación de obras y costes adicionales que en instalaciones, servidumbres y elementos accesorios suponga, garantizando su conservación en caso de que el Ayuntamiento no los reconozca y reciba como propios de la red municipal.
5. En cuanto a materiales, secciones, calidades y piezas especiales se estará a lo dispuesto en las Normas del Canal de Isabel II.
— Los materiales constitutivos de la red podrán ser de los sancionados como
adecuados por la práctica, pudiendo utilizarse entre otros la fundición dúctil
o gris, el acero, el fibrocemento de presión, el policloruro de vinilo (PVC) y
el polietileno de alta y baja densidad. Para la red principal se restringirá el uso
a la fundición y al fibrocemento de presión.
— En cualquier caso, los materiales de las tuberías deberán acreditar el cumplimiento de la normativa de calidad, teniendo una resistencia suficiente a la presión interior y una estanqueidad adecuadas. Los materiales cumplirán las condiciones requeridas por el Pliego de Condiciones Técnicas Generales para
tuberías de abastecimiento de agua (MOPU 1974).
— La velocidad de circulación del agua por las tuberías que forman la red de distribución será lo suficientemente elevada como para evitar en los puntos más
desfavorables la desaparición del cloro residual por estancamiento. Además,
se limitará su valor máximo para evitar una sobrepresión excesiva por golpe
de ariete, corrosión por erosión o ruido. A título orientativo, no se deberán sobrepasar los valores de 0,6 metros por segundo como velocidad mínima de
circulación y 2,50 metros por segundo como velocidad máxima, pudiendo admitirse en tramos cortos velocidades algo superiores y siempre en las conducciones de mayor nivel jerárquico.
— Las acometidas domiciliarias deberán contar con llave de paso registrable según modelo dictado por el Canal Y II.
— El diámetro mínimo de la red será de 100 mm en general y 150 mm en zona
industrial.
BOCM-20221028-104
B.O.C.M. Núm. 257
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
VIERNES 28 DE OCTUBRE DE 2022
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2. Se garantizará un consumo interno de agua potable correspondiente a las dotaciones y coeficientes establecidos por el Canal de Isabel II. A estos efectos la demanda de agua se establece con los siguientes datos sobre:
CONSUMOS MEDIOS (CAUDAL MEDIO)
VIVIENDA UNIFAMILIAR
SUPERFICIE PARCELA
2
CONSUMO
3
M /VIV/DÍA
< 200m
1,2
120 < 400m2
1,6
SUPERFICIE DE PARCELA
2
400 < 600m
CONSUMO
3
M /VIV/DÍA
2,0
600 < 800m2
2,5
800 < 1000m2
3,0
>1000m2
3,0
CAUDAL PUNTA
1,8 x Caudal Medio + Caudal Medio 3 CM
Se preverá en la red que se proyecte una presión residual mínima en la entrada de
las parcelas de 15 m.c.a.
3. La red de abastecimiento se diseñará para garantizar en el punto más desfavorable
una presión mínima en metros de columna de agua equivalente a la altura de la
edificación más alta posible según Ordenanzas aumentada en 7 m. La presión estática máxima nunca será superior a 60 m de columna de agua.
4. La disposición de la red será en general mallada permitiéndose únicamente ramales ramificados donde no sea posible continuar la red de distribución.
Las tuberías discurrirán siguiendo el trazado viario o por espacios públicos no edificables, mediante tramos y con recubrimiento mínimo de 1,0 m sobre la generatriz superior.
En el Proyecto de Urbanización se contemplarán los elementos de la red que son
necesarios para garantizar el suministro, incluso si hubieran de salir de su ámbito
espacial estricto, siendo propio del mismo la determinación de obras y costes adicionales que en instalaciones, servidumbres y elementos accesorios suponga, garantizando su conservación en caso de que el Ayuntamiento no los reconozca y reciba como propios de la red municipal.
5. En cuanto a materiales, secciones, calidades y piezas especiales se estará a lo dispuesto en las Normas del Canal de Isabel II.
— Los materiales constitutivos de la red podrán ser de los sancionados como
adecuados por la práctica, pudiendo utilizarse entre otros la fundición dúctil
o gris, el acero, el fibrocemento de presión, el policloruro de vinilo (PVC) y
el polietileno de alta y baja densidad. Para la red principal se restringirá el uso
a la fundición y al fibrocemento de presión.
— En cualquier caso, los materiales de las tuberías deberán acreditar el cumplimiento de la normativa de calidad, teniendo una resistencia suficiente a la presión interior y una estanqueidad adecuadas. Los materiales cumplirán las condiciones requeridas por el Pliego de Condiciones Técnicas Generales para
tuberías de abastecimiento de agua (MOPU 1974).
— La velocidad de circulación del agua por las tuberías que forman la red de distribución será lo suficientemente elevada como para evitar en los puntos más
desfavorables la desaparición del cloro residual por estancamiento. Además,
se limitará su valor máximo para evitar una sobrepresión excesiva por golpe
de ariete, corrosión por erosión o ruido. A título orientativo, no se deberán sobrepasar los valores de 0,6 metros por segundo como velocidad mínima de
circulación y 2,50 metros por segundo como velocidad máxima, pudiendo admitirse en tramos cortos velocidades algo superiores y siempre en las conducciones de mayor nivel jerárquico.
— Las acometidas domiciliarias deberán contar con llave de paso registrable según modelo dictado por el Canal Y II.
— El diámetro mínimo de la red será de 100 mm en general y 150 mm en zona
industrial.
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B.O.C.M. Núm. 257
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