Villalbilla (BOCM-20221028-104)
Urbanismo. Plan parcial Sector R-5, El Mirador de Villalbilla
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BOCM
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
B.O.C.M. Núm. 257
VIERNES 28 DE OCTUBRE DE 2022
Pág. 543
los servicios urbanísticos. Todos los Planos con representación en planta tienen la
base topográfica si bien en algunos casos, para mayor claridad, solo se reflejan las
curvas directoras cada 5 metros.
C. Las Ordenanzas que regulan tanto a nivel general como en cada una de las zonas
de ordenanza las condiciones de aprovechamiento, ordenación, usos, ejecución de
la edificación, urbanización, etc.
D. En general, si se dieran contradicciones gráficas entre planos de diferente escala,
se estará a lo que indiquen los de mayor escala (menor denominador). Si fuesen
contradicciones entre mediciones sobre plano y sobre la realidad, prevalecerán estas últimas. Y si se diesen entre determinaciones de coeficientes y porcentajes prevalecerán estos últimos en su aplicación a la realidad concreta.
Capítulo 2
Régimen general del suelo
Art. 2.1. Ordenación pormenorizada. Zonificación.—1. A efectos de lo previsto en
la legislación vigente el Plan Parcial establece la asignación de los usos pormenorizados y
sus niveles de intensidad, mediante la técnica de la zonificación reflejándose en el Plano del
mismo nombre a escala 1:2000, y las Áreas de aplicación de cada una de las Ordenanzas y
Grados que regulan cada ámbito de aplicación en el Plano de Ordenación a escala 1:1.000.
2. El Plan califica como usos lucrativos los suelos destinados a la calificación de residencial unifamiliar en sus diversas tipologías.
3. Los terrenos destinados a reservas dotacionales satisfacen los módulos de reserva
establecidos en el Reglamento de Planeamiento, con las condiciones especiales para las Zonas Verdes y Espacios Libres definidas en la Ficha de las NN. SS. teniendo forma y tamaño para ubicar los centros según los módulos mínimos establecidos por este. Se precisan
pormenorizadamente tanto los Educativos y Deportivos como los Sociales y Comerciales.
4. De conformidad con las tipologías de edificación adoptadas para cada uso el Plan
parcial considera los siguientes usos pormenorizados:
Residencial Unifamiliar
RU
Con sus cuatro Grados y Tipologías
-
RU- 1
RU- 2
RU- 3
RU- 4
Dotacional Educacional
Diferenciado:
DE
Guardería
EGB
DE- 1
DE- 2
-
Deportivo
DD
-
Comercial
C
-
Social
S
Diferenciado
Sanitario
Administrativo
Cultural
SS
SA
SC
-
Sistema General de Espacios Libres
SGEL
-
Viario Sistema General
SGV
-
Sistema de espacios libres y zonas verdes locales
ZV
Diferenciando las zonas de juegos de niños
-
Viario de Sistema Local
ZVJ
VL
BOCM-20221028-104
-
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
B.O.C.M. Núm. 257
VIERNES 28 DE OCTUBRE DE 2022
Pág. 543
los servicios urbanísticos. Todos los Planos con representación en planta tienen la
base topográfica si bien en algunos casos, para mayor claridad, solo se reflejan las
curvas directoras cada 5 metros.
C. Las Ordenanzas que regulan tanto a nivel general como en cada una de las zonas
de ordenanza las condiciones de aprovechamiento, ordenación, usos, ejecución de
la edificación, urbanización, etc.
D. En general, si se dieran contradicciones gráficas entre planos de diferente escala,
se estará a lo que indiquen los de mayor escala (menor denominador). Si fuesen
contradicciones entre mediciones sobre plano y sobre la realidad, prevalecerán estas últimas. Y si se diesen entre determinaciones de coeficientes y porcentajes prevalecerán estos últimos en su aplicación a la realidad concreta.
Capítulo 2
Régimen general del suelo
Art. 2.1. Ordenación pormenorizada. Zonificación.—1. A efectos de lo previsto en
la legislación vigente el Plan Parcial establece la asignación de los usos pormenorizados y
sus niveles de intensidad, mediante la técnica de la zonificación reflejándose en el Plano del
mismo nombre a escala 1:2000, y las Áreas de aplicación de cada una de las Ordenanzas y
Grados que regulan cada ámbito de aplicación en el Plano de Ordenación a escala 1:1.000.
2. El Plan califica como usos lucrativos los suelos destinados a la calificación de residencial unifamiliar en sus diversas tipologías.
3. Los terrenos destinados a reservas dotacionales satisfacen los módulos de reserva
establecidos en el Reglamento de Planeamiento, con las condiciones especiales para las Zonas Verdes y Espacios Libres definidas en la Ficha de las NN. SS. teniendo forma y tamaño para ubicar los centros según los módulos mínimos establecidos por este. Se precisan
pormenorizadamente tanto los Educativos y Deportivos como los Sociales y Comerciales.
4. De conformidad con las tipologías de edificación adoptadas para cada uso el Plan
parcial considera los siguientes usos pormenorizados:
Residencial Unifamiliar
RU
Con sus cuatro Grados y Tipologías
-
RU- 1
RU- 2
RU- 3
RU- 4
Dotacional Educacional
Diferenciado:
DE
Guardería
EGB
DE- 1
DE- 2
-
Deportivo
DD
-
Comercial
C
-
Social
S
Diferenciado
Sanitario
Administrativo
Cultural
SS
SA
SC
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Sistema General de Espacios Libres
SGEL
-
Viario Sistema General
SGV
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Sistema de espacios libres y zonas verdes locales
ZV
Diferenciando las zonas de juegos de niños
-
Viario de Sistema Local
ZVJ
VL
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