Alcalá de Henares (BOCM-20221028-70)
Organización y funcionamiento. Ordenanza servicio del taxi
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 257

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
VIERNES 28 DE OCTUBRE DE 2022

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hubiese sido sancionado en firme en vía administrativa por la comisión de tres infracciones graves por incumplimiento del régimen tarifario, del régimen de descanso y duración máxima de prestación del servicio y de itinerarios, en el plazo
de dos años.
b) Si afectara a los requisitos físicos y psicofísicos exigidos, sometiéndose a las
pruebas de aptitud psicofísica que procedan ante los servicios sanitarios que se
indique por el Ayuntamiento.
c) Si afectara a la validez del permiso de conducción de la clase B, aportando el
permiso de conducción, sin perjuicio de las comprobaciones que proceda realizar de oficio.
6. El titular del permiso municipal podrá someterse a las pruebas establecidas en el
apartado 5 a) y b) hasta un máximo de cinco veces en el plazo de cinco meses a contar desde la finalización del plazo de presentación de alegaciones.
7. En cualquier momento del procedimiento anterior al trámite de audiencia, el interesado podrá aportar los documentos que estime pertinente en su defensa y tomar vista del
expediente.
8. Transcurrido el plazo para acreditar el cumplimiento de los requisitos exigidos, el
Ayuntamiento dictará resolución en los siguientes términos:
a) Cuando el interesado acredite el cumplimiento de los requisitos exigidos, se acordará el sobreseimiento del procedimiento y el levantamiento, en su caso, de la
medida de suspensión cautelar e intervención del permiso, y adquirirá de nuevo
eficacia el permiso municipal de conductor de autotaxi.
b) El Ayuntamiento dictará resolución motivada declarando la extinción del permiso
municipal cuando concurra alguna de las siguientes causas:
1.a El resultado de la prueba exigida fuera desfavorable en la segunda ocasión en
que se realiza.
a
2. Tratándose de una prueba para explorar las aptitudes físicas y psicofísicas se
comprobase que el impedimento es irreversible.
3.a Su titular no acredite los requisitos en los plazos exigidos.

a) Cuando la extinción se haya declarado por desaparición de los conocimientos
previstos en la letra 5 a), el interesado deberá superar la prueba de control de conocimientos.
b) Cuando la extinción se haya acordado por la desaparición del requisito establecido
en el artículo 25.b) 1, el Ayuntamiento podrá requerir la aportación de informes
médicos y el sometimiento a pruebas médicas que en función de las circunstancias
concurrentes estime oportunas.
Art. 26. Prestación del servicio sin mediar permiso municipal de aptitud para el
ejercicio de la actividad de conductor de taxi.—1. Independientemente de las demás medidas legales procedentes conforme a esta ordenanza, cuando los agentes encargados de la
inspección o vigilancia del servicio de taxi comprueben que el conductor de una licencia no dispone, en el momento de la inspección de permiso municipal de aptitud para la
conducción de taxi, podrá ordenarse de inmediato la paralización del vehículo en tanto
no desaparezcan o sean subsanados los motivos determinantes de la infracción.

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9. El plazo máximo en el que deberá dictarse la resolución expresa del procedimiento y su notificación será de seis meses, contados desde la fecha del acuerdo de iniciación.
El plazo para resolver el procedimiento y notificar la resolución se suspenderá en los casos
y con los límites que se establecen en la normativa reguladora del procedimiento administrativo común. En todo caso, cuando deba requerirse a cualquier interesado para la subsanación de deficiencias y la aportación de documentos y otros elementos de juicio necesarios, se suspenderá por el tiempo que medie entre la notificación del requerimiento de
acreditación de requisitos y su efectivo cumplimiento por el destinatario o, en su defecto,
por el transcurso del plazo concedido.
10. Transcurrido el plazo máximo sin que se haya dictado y notificado la resolución
expresa se producirá la caducidad del procedimiento. La resolución que declare la caducidad ordenará el archivo de las actuaciones.
11. El titular de un permiso municipal cuya extinción haya sido declarada podrá obtener un nuevo permiso acreditando los requisitos establecidos en el artículo 24. Además,
se estará a lo siguiente: