Collado Villalba (BOCM-20221028-81)
Organización y funcionamiento. Ordenanza movilidad, tráfico y circulación
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BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
VIERNES 28 DE OCTUBRE DE 2022

B.O.C.M. Núm. 257

Art. 149. Documentación.—Podrán solicitar la autorización de estacionamiento los
titulares de las actividades sanitarias o asistenciales. Para la tramitación de las autorizaciones de establecimiento de estas reservas de estacionamiento, el solicitante deberá presentar, en el formato y a través del sistema que el Ayuntamiento de Collado Villalba establezca, la siguiente documentación:
a) Solicitud en modelo oficial debidamente cumplimentado, en la que se especificará
la localización con indicación de la calle y número, dimensión expresada en metros lineales, número de plazas y horario de la reserva.
b) Acreditación del pago de las tasas que, en su caso, corresponda abonar relacionadas con el documento administrativo autorizante.
c) Plano de situación donde se indique el emplazamiento exacto.
d) Declaración, bajo su responsabilidad, de que conoce las condiciones de uso de estas reservas, especialmente la obligación de utilizarla exclusivamente con vehículos del propio centro o ajenos al mismo destinados a proporcionar el desplazamiento y traslado de pacientes, enfermos y personas asistidas y no por vehículos
privados del personal al servicio de tales entidades ni por vehículos de las personas que acuden a dichos centros o reciben asistencia en ellos.
Art. 150. Disposiciones técnicas.—En el establecimiento de las reservas de estacionamiento para centros sanitarios o asistenciales habrán de tenerse en consideración, además
de las disposiciones generales establecidas en esta ordenanza, aquellas otras de naturaleza
técnica que se recogen a continuación:
a) Emplazamiento. Se habilitarán lo más próximo posible a las instalaciones del centro, en zonas de estacionamiento permitido, preferentemente en línea.
b) Dimensión de la reserva. El espacio reservado para cada centro que lo solicite no
podrá exceder del equivalente a dos plazas, salvo petición debidamente justificada y apreciada por los servicios municipales competentes.
c) Limitaciones horarias. La utilización de estas reservas podrá autorizarse con carácter permanente, para todos los días de la semana, o podrá limitarse, en función
de la naturaleza del centro.
Art. 151. Uso.—Los centros sanitarios o asistenciales a quienes se otorgue la pertinente autorización de establecimiento serán los beneficiarios de las reservas de estacionamiento.
Una vez se autorice el establecimiento de la reserva, el centro sanitario o asistencial
deberá solicitar la tarjeta de estacionamiento mediante registro, en el formato y a través del
sistema que el Ayuntamiento de Collado Villalba establezca, al órgano competente y acompañando copia de la autorización de establecimiento.
La tarjeta de estacionamiento se expedirá a favor del titular de la autorización de establecimiento de la reserva, y, deberá ser colocada en el interior del vehículo, de forma totalmente visible.
Las reservas de estacionamiento sólo podrán ser utilizadas por los vehículos que cuenten con la correspondiente tarjeta de estacionamiento, documento sin el cual no podrá hacerse uso de la mencionada reserva, aunque esté señalizada.
Art. 152. Reservas para establecimientos hoteleros.—El objeto de estas reservas es
habilitar espacios en la vía pública que faciliten, ante los establecimientos hoteleros, la parada y el estacionamiento de vehículos por el tiempo indispensable para las operaciones de
subida y bajada de huéspedes, siempre que quien conduzca esté presente, y de vehículos comerciales e industriales para las operaciones de carga y descarga de mercancías al servicio
de dicha actividad, sin que en ningún caso pueda utilizarse por vehículos privados del personal al servicio de tales entidades.
Art. 153. Documentación.—Podrán solicitar la autorización de establecimiento los
titulares de las actividades hoteleras para las que se necesite la reserva. Para la tramitación
de las autorizaciones de establecimiento de estas reservas de estacionamiento, el solicitante deberá presentar, en el formato y a través del sistema que el Ayuntamiento de Collado
Villalba establezca, la siguiente documentación:
a) Solicitud en modelo oficial debidamente cumplimentada, en la que se especificará
la localización exacta con indicación de la calle y número, dimensión expresada
en metros lineales y número de plazas.
b) Acreditación del pago de las tasas que, en su caso, corresponda abonar relacionadas con el documento administrativo autorizante.
c) Plano de situación donde se indique el emplazamiento exacto.

BOCM-20221028-81

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