B) Autoridades y Personal - Consejería de Presidencia, Justicia e Interior (BOCM-20221026-2)
Instituto de Medicina Legal –  Resolución de 18 de octubre de 2022, de la Dirección General de Recursos Humanos y Relaciones con la Administración de Justicia, por la que se aprueba en los partidos judiciales de Madrid el sistema de guardia para el Instituto de Medicina Legal y Ciencias Forenses de la Comunidad de Madrid
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BOCM
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BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MIÉRCOLES 26 DE OCTUBRE DE 2022

B.O.C.M. Núm. 255

3. Corresponderá al Director del Instituto de Medicina Legal y Ciencias Forenses, a
propuesta del Consejo de Dirección, organizar los turnos de guardia de los Médicos Forenses, los criterios funcionales y la inclusión o no de las diferentes áreas funcionales o puestos singularizados a los efectos de la prestación del servicio de guardia.
Las incidencias que pudieran surgir durante la prestación del servicio de guardia serán
resueltas por el Director del Instituto de Medicina Legal y Ciencias Forenses de Madrid.
Cuarto
Guardia de 24 horas en los partidos judiciales de Madrid región
Se acuerda establecer una guardia de veinticuatro horas, con arreglo al siguiente sistema organizativo por sectores y subsectores:
a) Sectores y subsectores de guardia:
— Sector 1: Alcobendas, Colmenar Viejo y Torrelaguna. Partido de cabecera Alcobendas.
• Subsector 1: Colmenar Viejo y Torrelaguna.
• Subsector 2: Alcobendas.
— Sector 2: Collado Villalba y San Lorenzo de El Escorial. Partido de cabecera
Collado Villalba.
— Sector 3: Majadahonda y Pozuelo de Alarcón. Partido de cabecera Majadahonda.
— Sector 4: Móstoles.
— Sector 5: Leganés y Alcorcón. Partido de cabecera Leganés.
— Sector 6: Fuenlabrada y Navalcarnero. Partido de cabecera Fuenlabrada.
— Sector 7: Parla y Getafe. Partido de cabecera Parla.
— Sector 8: Arganda del Rey, Valdemoro y Aranjuez. Partido de cabecera Arganda del Rey.
• Subsector 1: Arganda del Rey.
• Subsector 2: Valdemoro y Aranjuez.
— Sector 9: Torrejón de Ardoz y Coslada. Partido de cabecera Torrejón de Ardoz.
— Sector 10: Alcalá de Henares.
b) Médicos forenses que prestarán el servicio de guardia en cada sector y subsector:
— El servicio se prestará con 10 médicos forenses los días laborables y con 12 médicos forenses los sábados, domingos y festivos, según se especifica.
— En cada sector, a excepción de los sectores 1 y 8, habrá un médico forense todos los días de la semana.
— En los sectores 1 y 8 habrá un médico forense los días laborables y, los sábados, domingos y festivos, 2 médicos forenses (1 en cada subsector).
— Los festivos se establecen en función del partido judicial de cabecera.
Todos los médicos forenses deberán corresponsabilizarse del buen funcionamiento del
sistema de guardias, por lo que, según las instrucciones que se establezcan desde la dirección del Instituto, en caso de necesidad y como apoyo a las guardias, el resto de médicos
forenses, dentro de la jornada ordinaria, asumirán las actuaciones de la guardia que no exijan salidas.
Quinto
Las guardias de 24 horas en el partido judicial de Madrid se prestarán conforme al siguiente horario:
— Guardia ordinaria de 24 horas. Se prestará de nueve horas de la mañana a nueve
horas del día siguiente, de las que serán de permanencia, de nueve a veintiuna horas y el resto de disponibilidad.
— Guardia de permanencia para el enjuiciamiento inmediato de faltas. Se prestará de
nueve a veintiuna horas en régimen de permanencia.

BOCM-20221026-2

Turnos de guardia de los médicos forenses